Plazo no verificadoBDNS 909494
SGBA- BECAS FP GRADO D MEDIO Y SUPERIOR CENTROS PRIVADOS 2026/2027
AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 00:30 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES3 - COMUNIDAD DE MADRID
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 19/06/2026
- Fin de solicitudes
- 09/07/2026
- Registro en BDNS
- 01/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 18/06/2026
Texto oficial de apertura: DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: 15 DIAS HABILES A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOCM
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Extracto publicado
BDNS: XXXXXXXXDe conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) y en la página web institucionalde la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid).Primero. Objeto.Becas para el estudio de algún curso de un ciclo formativo de formación profesional deGrado D de grado medio o grado superior, del sistema educativo español, para el curso2026-2027, en la modalidad presencial, semipresencial o virtual, en centros docentesprivados autorizados para estas enseñanzas por la consejería competente en materia deEducación, así como en los centros indicados en la disposición adicional única de lasbases reguladoras, situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.Segundo. Beneficiarios.Serán destinatarios de las ayudas los alumnos que a la fecha de finalización del plazo depresentación de solicitudes reúnan los requisitos previstos en el artículo 4 de las basesreguladoras:a) Estar matriculado o tener reserva de plaza en el curso 2026-2027, en alguno de loscentros previstos en el artículo 3 las bases reguladoras.b) Estar matriculado o tener reserva de plaza del curso completo.c) No ser alumno repetidor del curso para el que se solicite la beca.d) No superar la edad de 35 años en el caso de los solicitantes de beca para el primercurso de formación profesional de Grado D, de ciclo formativo de grado medio o cicloformativo de grado superior, no superar la edad de 36 años en el caso de los solicitantesde beca para el segundo curso, y no superar la edad de 37 años en el caso de tercer cursode las dobles titulaciones.e) No superar el límite de renta per cápita familiar de 35.913 euros.f) Ser residente en la Comunidad de Madrid, tanto para la modalidad presencial,semipresencial, como virtual. Para la modalidad semipresencial y la modalidad virtual seránecesario haber residido en la Comunidad de Madrid, como mínimo, los cinco años anterioresa la solicitud de la beca.Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el curso escolar 2026-2027.Tercero. Bases reguladoras.Las bases reguladoras de la presente convocatoria se recogen en la Orden 1958/2025, de 30de mayo de 2025, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que seaprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de enseñanzas deformación profesional del Grado D de ciclos formativos de grado medio y grado superior,del sistema educativo español, en centros docentes privados autorizados ubicados en elterritorio de la Comunidad de Madrid (BOCM de 4 de junio de 2025).Cuarto. Criterios de baremación.Las becas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, en función de la renta percápita familiar hasta agotar la totalidad del crédito destinado a la convocatoria.Quinto. Cuantía de la beca.1. El presupuesto destinado a financiar la convocatoria de estas becas ascenderá a30.583.014 euros.2. La cuantía de la beca anual para los alumnos que cursen ciclos formativos de gradomedio de formación profesional del Grado D de se establecerá en función de la renta percápita familiar de la siguiente manera:Tramo de renta per cápita familiar Cuantía de la beca para primer y segundo cursoHasta 6.455 euros 2.765 €De 6.455,01 a 15.000 euros 2.212 €Más de 15.000,01 euros 1.659 €En el caso de beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción, la cuantía de la beca será de3.000 € euros anuales y el centro no podrá cobrar otras cantidades en concepto deescolaridad. Estas mismas condiciones se aplicarán también en casos excepcionales, cuandose constate mediante informe de los Servicios Sociales municipales la especial situaciónsocioeconómica de una familia o se haya acreditado la condición de proteccióninternacional en cualquiera de sus modalidades.En caso de beneficiarios de Ingreso Mínimo Vital, igualmente la cuantía de la beca será de3.000 € anuales.3. La cuantía de la beca anual para los alumnos que cursen ciclos formativos de gradosuperior de formación profesional del Grado D de se establecerá en función de la renta percápita familiar de la siguiente manera:Tramo de renta per cápita familiar Cuantía para el primer curso Cuantía para el segundo curso Cuantía para el tercer curso (dobleGrado)Hasta 6.455 euros 3.250 € 2.525 € 2.525 €De 6.455,01 a 15.000 euros 2.875 € 2.225 € 2.225 €Más de 15.000,01 euros 2.500 € 1.925 € 1.925 €En el caso de beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción, la cuantía de la beca será de3.500 € anuales para los alumnos que realicen el primer curso y de 2.800 € anuales paralos alumnos que realicen el segundo curso y el tercer curso. El centro no podrá cobrarotras cantidades en concepto de escolaridad. Estas mismas condiciones se aplicarán tambiénen casos excepcionales, cuando se constate mediante informe de los Servicios Socialesmunicipales la especial situación socioeconómica de una familia o se haya acreditado lacondición de protección internacional en todas sus modalidades.En caso de beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, igualmente la cuantía de la beca seráde 3.500 € euros anuales para los alumnos que realicen el primer curso y de 2.800 €anuales para los alumnos que realicen el segundo curso y el tercer curso.4. En el caso de que el coste del curso o cuota anual de la formación subvencionada seainferior a la cuantía de la beca concedida, según los apartados 1 y 2 del presenteapartado, el importe de la beca se reducirá hasta el límite de dicha cuota anual. Elprocedimiento para que los centros informen las cuotas anuales de los ciclos formativosserá el que determine la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas alEstudio mediante las correspondientes instrucciones.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el díasiguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.
Bases y documentación
Otros documentosPublicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden 1788/2026, de 18 de mayo, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de las becas para el estudio de enseñanzas de formación profesional del Grado D de ciclos formativos de grado medio y grado superior, del sistema educativo español, en centros docentes privados autorizados ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid correspondiente al curso 2026-2027Publicado 18/06/2026ORDEN 1958/2025, DE 30 DE MAYO, DE LA CONSEJERÍA EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL ESTUDIO DE ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL GRADO D DE CICLOS FORMATIVOSInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.