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Plazo no verificadoBDNS 909544

Subvenciones para acciones humanitarias de emergencia

LOCAL · ORDIZIA · AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 00:30 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

XXXX - TODO EL MUNDO

Finalidad

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/10/2026
Registro en BDNS
01/06/2026
Publicación en diario oficial
12/06/2026

Texto oficial de apertura: El día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOG

Texto oficial de cierre: 31/10/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

PRIMERO - Objeto, condiciones y finalidad de la subvenciónEsta ayuda se concederá para realizar acciones humanitarias de emergencia orientadas a personas y comunidades afectadas por situaciones de emergencia o desastre, causadas por catástrofes naturales, conflictos armados u otras circunstancias comparables. SEGUNDO - Créditos y partida presupuestaria a los que se imputa la subvenciónEl importe total de las ayudas convocadas a través del presente programa asciende a la cantidad de 6.000 € para el ejercicio presupuestario de 2026 y será financiado con cargo a la partida presupuestaria 481.01.230.20.0103 2026. TERCERO - Procedimiento de concesión de la subvenciónEl procedimiento de concesión de la ayuda será: Un procedimiento de concurrencia sucesiva, abierto de forma permanente, para proyectos de acción humanitaria, que se adjudicará siguiendo el orden de presentación de solicitudes. El agotamiento del crédito presupuestario constituirá motivo de desestimación de las solicitudes presentadas cuando estas se hayan presentado antes de la publicación oficial del mismo. Tras esta publicación, se inadmitirán las nuevas solicitudes. Se procederá según lo establecido en la Sección 1ª del Título II de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ordizia. CUARTO - Requisitos que deben reunir las personas beneficiarias para la obtención de la subvención y forma de acreditarlos Los requisitos Generales a cumplir por las personas beneficiarias son los siguientes: - Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social, Hacienda y el Ayuntamiento de Ordizia. - No encontrarse en cualquiera de los supuestos señalados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. - No estar incurso en sanción administrativa o penal por incurrir en discriminación por violencia de género (durante el período impuesto en la correspondiente sanción)  - Presentar con detalle el proyecto que se quiere desarrollar (objetivo, acciones que se van a realizar,…). Los requisitos Específicos a cumplir por las personas beneficiarias son los siguientes: Que tengan su sede central o delegación permanente en la CAPV.QUINTO - Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesiónLa instrucción del procedimiento se llevará a cabo por el departamento de Bienestar Social del Ayuntamiento de Ordizia. El órgano competente para la ordenación y resolución del procedimiento de concesión es la Alcaldía, sin perjuicio de las delegaciones que pueda efectuar. SEXTO. - Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta el 31 de octubre de 2026.SÉPTIMO. - Plazo de resolución y notificaciónEl plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva es de seis meses a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria. La resolución definitiva dará fin a la vía administrativa. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución. OCTAVO - Documentos e informaciones que deben acompañarse a la peticiónImpreso de solicitud específico (disponible en la página web del Ayuntamiento) acompañado de una memoria expositiva del cumplimiento de los criterios de valoración. Descripción detallada del proyecto. NOVENO - RecursosEste acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación.  No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente. DÉCIMO - Medio de notificación o publicaciónLas notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga constar a tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Bases y documentación

SOLICITUDPublicado 01/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSBASES ESPECIFICASPublicado 01/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 01/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 01/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSSubvenciones para acciones humanitarias de emergenciaPublicado 12/06/2026Ordiziako Udaleko dirulaguntzak emateko ordenantza