Plazo no verificadoBDNS 910243
Convocatoria de Subvenciones a Cofradías, Hermandades y Entidades Religiosas de la provincia de Ciudad Real para la rehabilitación, conservación y adquisición de patrimonio cultural.
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CIUDAD REAL · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CIUDAD REAL
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 00:45 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES422 - Ciudad Real
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 03/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 05/06/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de publicación en el BOP hasta un mes natural
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto de la Secretaría General de la Excelentísima Diputación de Ciudad Real, de 02 de junio de 2026, por la que fue aprobada en la sesión Ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno de esta Diputación Provincial del día 02 de junio de 2026, la Convocatoria de Subvenciones a Cofradías, Hermandades y Entidades Religiosas de la provincia de Ciudad Real para la rehabilitación, conservación y adquisición de patrimonio cultural 2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el enlace abajo indicado.
Primero.- Beneficiarios:
Podrán acceder a las subvenciones de esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que estén registradas legalmente como Cofradías, Hermandades, Congregaciones, Entidades Religiosas o Asociaciones Religiosas. En ningún caso se aceptarán Asociaciones Culturales o de otro tipo que no sean Religiosas de manera demostrable.
b) Que acrediten la titularidad del bien patrimonial objeto de rehabilitación o conservación.
c) Que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiarias de subvenciones, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Que su domicilio social radique en la provincia de Ciudad Real.
e) Que presenten proyectos que no hayan sido subvencionados con anterioridad, que sean de nueva creación o en fase de desarrollo iniciados a partir del 01 de enero de 2026. Podrán volver a presentarse los mismos proyectos que, aún habiendo sido subvencionados en las resoluciones publicadas por la Junta de Gobierno en las Convocatorias anteriores, no hayan sido ejecutados.
Segundo.- Objeto:
Constituye el objeto de esta convocatoria poner en valor el patrimonio cultural de las entidades religiosas de Ciudad Real mediante la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de obras de rehabilitación, conservación y adquisición del patrimonio cultural de las Cofradías, Hermandades, Congregaciones, Entidades y Asociaciones Religiosas legalmente constituidas en la provincia de Ciudad Real.
Tercero.- Bases Reguladoras:
Las bases reguladoras se contienen en la Ordenanza General Reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones de la Diputación Provincial de Ciudad Real, aprobada por el Pleno de la Diputación Provincial en sesión de 07 de febrero de 2025, y publicada, tras su aprobación definitiva, en el Boletín Oficial de la Provincia número 67, de 07 de abril de 2025.
Cuarto.- Criterios de adjudicación:
Los contenidos en la propia convocatoria.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo para la presentación de solicitudes será de UN MES natural contado a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Dentro del periodo indicado, y siguiendo el procedimiento telemático, las solicitudes podrán presentarse cualquier día de la semana y a cualquier hora del día.
Sexto.- Otros datos:
Las solicitudes derivadas de esta convocatoria, y el resto de trámites que procedan, se habrán de efectuar únicamente por vía telemática.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el enlace abajo indicado.
Primero.- Beneficiarios:
Podrán acceder a las subvenciones de esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que estén registradas legalmente como Cofradías, Hermandades, Congregaciones, Entidades Religiosas o Asociaciones Religiosas. En ningún caso se aceptarán Asociaciones Culturales o de otro tipo que no sean Religiosas de manera demostrable.
b) Que acrediten la titularidad del bien patrimonial objeto de rehabilitación o conservación.
c) Que no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiarias de subvenciones, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Que su domicilio social radique en la provincia de Ciudad Real.
e) Que presenten proyectos que no hayan sido subvencionados con anterioridad, que sean de nueva creación o en fase de desarrollo iniciados a partir del 01 de enero de 2026. Podrán volver a presentarse los mismos proyectos que, aún habiendo sido subvencionados en las resoluciones publicadas por la Junta de Gobierno en las Convocatorias anteriores, no hayan sido ejecutados.
Segundo.- Objeto:
Constituye el objeto de esta convocatoria poner en valor el patrimonio cultural de las entidades religiosas de Ciudad Real mediante la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de obras de rehabilitación, conservación y adquisición del patrimonio cultural de las Cofradías, Hermandades, Congregaciones, Entidades y Asociaciones Religiosas legalmente constituidas en la provincia de Ciudad Real.
Tercero.- Bases Reguladoras:
Las bases reguladoras se contienen en la Ordenanza General Reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones de la Diputación Provincial de Ciudad Real, aprobada por el Pleno de la Diputación Provincial en sesión de 07 de febrero de 2025, y publicada, tras su aprobación definitiva, en el Boletín Oficial de la Provincia número 67, de 07 de abril de 2025.
Cuarto.- Criterios de adjudicación:
Los contenidos en la propia convocatoria.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo para la presentación de solicitudes será de UN MES natural contado a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Dentro del periodo indicado, y siguiendo el procedimiento telemático, las solicitudes podrán presentarse cualquier día de la semana y a cualquier hora del día.
Sexto.- Otros datos:
Las solicitudes derivadas de esta convocatoria, y el resto de trámites que procedan, se habrán de efectuar únicamente por vía telemática.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 03/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSCULTURA. Convocatoria de Subvenciones a Cofradías, Hermandades y Entidades Religiosas de la provincia de Ciudad Real para la rehabilitación, conservación y adquisición de patrimonio cultural.Publicado 05/06/2026Convocatoria de Subvenciones a Cofradías, Hermandades y Entidades Religiosas de la provincia de Ciudad Real para la rehabilitación, conservación y adquisición de patrimonio cultural.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.