Acuerdo del Consejo Ejecutivo, en sesión de carácter ordinario de día 11 de mayo de 2026, relativo a la convocatoria y bases de las becas para la realización de estudios fuera de Menorca curso 2025/2026
LOCAL · CONSEJO INSULAR DE MENORCA · CONSELL INSULAR DE MENORCA
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES533 - Menorca
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
12/06/2026
Fin de solicitudes
13/07/2026
Registro en BDNS
03/06/2026
Publicación en diario oficial
09/06/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB
Texto oficial de cierre: 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. BeneficiariosPueden ser beneficiarios los estudiantes que a lo largo del curso académico 2025-2026 lleven a cabo estudios que cumplan los requisitos que se especifican en las bases de la convocatoria.En todo caso, para poder obtener las ayudas previstas en esta convocatoria, se deben cumplir los requisitos generales siguientes:a) Tener la nacionalidad española o de algún estado miembro de la Unión Europea. Las personas extranjeras no comunitarias deben acreditar la condición de residentes. Quedan excluidas de concurrir las que se encuentren en situación de estancia.b) Tener el domicilio familiar en Menorca. A tal efecto, se entiende que tienen el domicilio familiar en Menorca las personas que tienen vecindad administrativa (empadronamiento) en cualquiera de los municipios de la isla.El cumplimiento del requisito de vecindad administrativa se tiene que mantener de forma continuada durante todo el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de junio de 2026.Restarán excluidos como beneficiarios los estudiantes que hayan iniciado estudios fuera de la isla y posteriormente los hayan abandonado.Segundo. ObjetoEl objeto de estas ayudas es la concesión de becas para la realización de estudios fuera de Menorca para el curso 2025-2026, para compensar parte del coste que supone el desplazamiento del alumnado de las Illes Balears empadronado en Menorca que, dado el hecho insular, debe desplazarse y residir fuera de la isla donde se encuentra su domicilio familiar para cursar los estudios comprendidos en la línea 1 y la línea 2 de la base tercera de las bases de la convocatoria.Tercero. Bases reguladorasLa convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de día 11 de mayo de 2026.Cuarto. CuantíaEl importe global máximo de la convocatoria es de 713.442 € (setecientos trece mil cuatrocientos cuarenta y dos euros), de acuerdo con el siguiente desglose: Cuantía máximaLínea 1. Ayudas de desplazamiento para estudiantes universitarios fuera de Menorca 333.442 €Línea 2. Becas para la realización de estudios fuera de Menorca 380.000 €Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas es de 30 días naturales a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.Sexto. Otros datosEl período subvencionable correspondiente al curso 2025/2026 comprende desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 30 de junio de 2026.Los umbrales relativos a los requisitos económicos para la obtención de las becas correspondientes a la línea 2 son:Nímero de miembros Umbral IPREMFamilia de un miembro 25.200,00 € IPREM X 3Familia de dos miembros 37.800,00 € IPREM X 4,5Familia de tres miembros 48.300,00 € IPREM X 5,75Familia de cuatro miembros 56.700,00 € IPREM X 6,75Familia de cinco miembros 63.000,00 € IPREM X 7,5Familia de seis miembros 67.200,00 € IPREM X 8Familia de siete miembros 69.300,00 € IPREM X 8,25Familia de más de siete miembros se incrementará un 0,25 por cada miembroLa cuantía máxima que podrá recibir cada solicitante es de dos mil euros (2.000 €) para la línea de ayudas 1 y de dos mil quinientos euros (2.500 €) para la línea de ayudas 2, en la forma que queda establecida en las bases para cada una de las dos líneas.