Plazo no verificadoBDNS 910337
Convocatòria-Bases Publicacions anualitats 2025 i 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LLEIDA · FUNDACIÓ PÚBLICA INSTITUT D'ESTUDIS ILERDENCS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 00:46 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES513 - Lleida
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 03/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 09/06/2026
Texto oficial de apertura: A las 9,00 horas del dia siguiente a la publicación del extracto en el BOP
Texto oficial de cierre: A las 12,00 horas del vigésimo dia natural a contar desde el inicio del plazo
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las presentes bases-convocatoria. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero. BeneficiariosDe acuerdo con el artículo 7, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:? Los ayuntamientos de las comarcas de Lleida. ? Los editores profesionales y las empresas privadas con domicilio fiscal en la provincia de Lleida. ? Las entidades privadas sin ánimo de lucro con sede social o delegación en las comarcas de Lleida que, de acuerdo con sus estatutos, tengan entre sus objetivos la promoción de la cultura. Quedan excluidas de participar en la convocatoria las instituciones con las que exista un convenio específico que regule esta materia, así como las entidades que no presenten la solicitud mediante certificado digital de representación y a través del trámite establecido en la sede electrónica. Segundo. ObjetoEl objeto de esta convocatoria-bases es regular la concesión de ayudas económicas para la publicación de libros y publicaciones periódicas en lengua catalana u occitana correspondientes a las anualidades 2025 y 2026, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.En el caso de los libros, podrán pertenecer a cualquier género literario y deberán tener una temática relacionada o de interés para las comarcas de Lleida o bien estar escritos por personas nacidas o residentes en este territorio.En el caso de las publicaciones periódicas, deberán tener carácter local o comarcal del territorio de Lleida. Tercero. Régimen de concesiónDe acuerdo con el artículo 6, el procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, mediante la valoración y prelación de las solicitudes conforme a los criterios establecidos, con resolución por anualidades en función de la disponibilidad presupuestaria y de la dotación económica prevista en el artículo 5. Cuarto. Normativa reguladoraEsta convocatoria se aprueba mediante el sistema de bases-convocatoria, de acuerdo con el procedimiento de tramitación simultánea previsto en las Bases Generales Reguladoras de la concesión de subvenciones de la Diputación de Lleida y sus organismos autónomos, aprobadas por el Pleno en sesión de 28 de noviembre de 2024 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida núm. 58, de 25 de marzo de 2025.Asimismo, la presente convocatoria incorpora las bases que establecen las regulaciones particulares de este procedimiento de concesión, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (Art. 1) Quinto. Crédito presupuestario y cuantía de las subvencionesEl crédito presupuestario total destinado a esta convocatoria es de 330.000 euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias correspondientes, distribuido entre las anualidades 2025 y 2026 con un importe de 165.000 euros para cada anualidad. (Art. 5)La cuantía de las subvenciones se determinará de acuerdo con la puntuación obtenida por los proyectos y las disponibilidades presupuestarias, sin que pueda superar el 90 % del coste de la actuación. (Art. 8)Se establece un importe máximo de:? 5.000 euros para libros. ? 3.000 euros para revistas o publicaciones periódicas. Sexto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación del formulario de solicitud, junto con la documentación anexa requerida, comenzará a las 9:00 horas del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida y finalizará a las 12:00 horas del vigésimo día natural contado desde el inicio del plazo. (Art. 13) Séptimo. Otros datosI. Ámbito temporal(Art 9) Las actuaciones subvencionables deberán ejecutarse dentro de los siguientes períodos:? Para la anualidad 2025: del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025. ? Para la anualidad 2026: del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026.II. Gastos subvencionables y no subvencionablesDe acuerdo con lo establecido en el artículo 4:Son subvencionables: los gastos relativos a la edición de las publicaciones (retribuciones a los autores, trabajos de diseño gráfico, ilustración, reproducción de fotografías, impresión, maquetación, encuadernación, corrección, etc.), tanto contratados externamente como realizados con personal propio.Quedan excluidos los gastos de mantenimiento, funcionamiento ordinario y personal administrativo, así como las adquisiciones de bienes muebles y bienes de equipo.No son subvencionables: los libros de enseñanza; las obras de lujo, de bibliófilo o con edición limitada y numerada; las obras actualizables, editadas en fascículos o en hojas no encuadernadas; las obras publicadas por editoriales por encargo de entidades públicas o privadas no editoriales; las obras publicadas o financiadas por los propios autores y las obras no venales; las obras editadas por clubes del libro o editoriales accesibles únicamente a sus socios o vendidas a plazos; los álbumes, recortables, libros para colorear o con ejercicios y, en general, publicaciones destinadas a ser trabajadas o libros infantiles sin texto; las obras plurilingües en las que el texto no figure íntegramente en catalán u occitano o que no cumplan la extensión mínima exigida; los catálogos de exposiciones y otros catálogos con contenido literario minoritario; las fotocopias encuadernadas; las obras impresas fuera de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo; las publicaciones con contenidos lingüísticamente discriminatorios u ofensivos; y los folletos, material divulgativo o turístico, planos, mapas, boletines municipales, programas de fiestas, libros de texto y agendas. III. Forma y lugar de presentación de solicitudesLa solicitud deberá presentarse mediante formulario normalizado dirigido a la Presidencia del IEI, disponible en el Catálogo de Trámites de la Sede Electrónica del IEI, que deberá cumplimentarse y tramitarse electrónicamente, junto con la documentación que deba adjuntarse de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.La presentación se realizará a través de la Sede Electrónica del IEI (https://convocatoriapublicacionsiei.diputaciolleida.cat/) y todos los documentos deberán estar debidamente firmados electrónicamente. IV. Criterios de valoración de las solicitudesLas solicitudes se valorarán hasta un máximo de 100 puntos, de acuerdo con criterios de calidad, interés cultural y viabilidad del proyecto en la forma establecida en el artículo 16.En el caso de los libros, se valorarán principalmente la calidad literaria o científica, la originalidad, la vinculación con el territorio de Lleida y otros aspectos como la participación en efemérides, el plan de cesión de las publicaciones y los criterios de sostenibilidad.En el caso de las revistas o publicaciones periódicas, se valorarán el contenido cultural, las características de la edición, la viabilidad económica y, asimismo, el plan de cesión y los criterios de sostenibilidad.Para poder obtener subvención será necesario alcanzar una puntuación mínima de 60 puntos. V. Plazo de resolución y notificaciónEl plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión será de seis meses contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (art. 17).La notificación no se realizará de forma individual, sino a través del Boletín Oficial de la Provincia y de la página web del IEI. VI. Publicación de los acuerdos de concesión de las subvencionesLas subvenciones concedidas se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida, en la Sede Electrónica y en el Portal de Transparencia de la Diputación de Lleida, así como en la página web del IEI, de acuerdo con la normativa vigente en materia de publicidad y transparencia (art. 19). VII. Justificación de la ejecución de la actuación: documentación y plazoLas actuaciones subvencionadas deberán justificarse mediante la presentación de la documentación justificativa a través de la Sede Electrónica del IEI, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24:A) Administraciones públicas: La justificación se realizará mediante certificación de funcionario público, que incluirá una memoria de la actuación (actividades realizadas, objetivos y resultados) y una memoria económica con la relación de gastos y la financiación de la actuación.B) Entidades: La justificación se realizará mediante cuenta justificativa simplificada, que incluirá una memoria explicativa de la actuación y una memoria económica con el coste total, la financiación y la relación detallada de gastos o facturas, así como, en su caso, la imputación de costes.Plazo de justificación:? Para la anualidad 2025: dos meses desde la notificación de la concesión. ? Para la anualidad 2026: hasta el 31 de marzo de 2027. (art. 23) VIII. Medio de publicidadLa convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida en forma de extracto mediante la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, así como en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Diputación de Lleida (art. 11).?
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 03/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 03/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo del Consejo Rector del Institut d¿Estudis Ilerdencs de la Diputación de Lleida, núm. 4/26, de 21 de mayo de 2026, por el que se convocan las subvenciones para publicaciones de interés local y comarcal de la provincia de Lleida correspondientes a las anualidades 2025 y 2026.Publicado 09/06/2026Bases generals reguladores de l`atorgament de subvencions de la Diputació de Lleida i els seus organismes autònoms (CONCURRÈNCIA COMPETITIVA)Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.