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Plazo no verificadoBDNS 910730

Ayudas municipales para iniciativas Locales de Empleo. Ayudas al Inicio de Actividad

LOCAL · AVILÉS · AYUNTAMIENTO DE AVILÉS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 00:54 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Fomento del Empleo

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
04/06/2026
Publicación en diario oficial
12/06/2026

Texto oficial de apertura: DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL ANUNCIO DEL EXTRACTO EN EL BOPA

Texto oficial de cierre: 15 DE JULIO DE 2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Extracto de la Resolución AYT/DEC/4308/2026 de fecha 3 de junio de la Concejalía de Desarrollo Urbano y Económico por la que se convocan las Iniciativas Locales de Empleo: Ayudas al Inicio de Actividad, año 2026.Primero: Beneficiarios.Las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:a) Será requisito imprescindible de las personas beneficiarias estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias ni de la Hacienda Municipal por deudas vencidas, líquidas y exigibles.b) Que no concurra ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 6.3 de la OGMS que impide la condición de beneficiario.c) Disponer de Licencia de Apertura/Declaración Responsable de inicio de actividad, según proceda, en un local comercial situado en el concejo de Avilés.d) Haber iniciado una actividad empresarial entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Se entenderá como fecha de inicio de la actividad la de la correspondiente alta en Hacienda.En el caso de personas físicas integradas en una comunidad de bienes o sociedad civil, cada una de ellas podrá recibir como máximo el porcentaje de ayuda que le corresponda, con el tope de 2.000 euros por empresa.Segundo: Objeto.El objeto de la presente convocatoria es incentivar las actividades económicas y el uso de locales comerciales por personas físicas, con el fin de iniciar una actividad por cuenta propia de carácter empresarial, comercial o profesional en el concejo de Avilés. (Como local comercial se entiende aquel ubicado en la planta baja de un inmueble y con acceso directo a la vía pública).Tercero: Bases Reguladoras.La presente Convocatoria se publicará en el Tablón de Edictos municipal accesible desde la sede electrónica del Ayuntamiento de Avilés. Del mismo modo, de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de de la Ley 38/2003, General de Subvenciones se remitirá extracto de la misma a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, para su ulterior publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en los términos establecidos en el artículo 20 de la citada Ley.Cuarto: Cuantía.La cantidad global máxima prevista en la presente convocatoria para esta línea de subvención asciende a 55.000 euros.En el caso en el que se den las circunstancias previstas en el artículo 58.2 del Reglamento de Subvenciones (R.D. 887/2006), se podrá aplicar a la concesión de estas subvenciones, sin necesidad de nueva convocatoria, una cuantía adicional que se fijará dependiendo de las disponibilidades presupuestarias de la partida 171 43310 47001 Prog. Subv. Promoción Empresarial.Se establece una ayuda por un importe máximo de 2.000 euros para cada persona física que deberán de ser destinados a sufragar gastos derivados del inicio de la actividad como son el pago del alquiler del local comercial, así como los certificados de seguridad correspondientes u otros similares que haya que obtener por la naturaleza de la actividad, seguros del local comercial en el que se realiza la actividad o de responsabilidad civil, alta en suministros imprescindibles para el inicio de la actividad y sus primeras facturas como el suministro eléctrico, combustible y servicios de telecomunicaciones (telefonía, internet) y la compra de las mercaderías y existencias necesarias para el desarrollo de la actividad. No serán subvencionables las inversiones realizadas en activos fijos o en la reforma del local.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOPA y finalizará el 15 de julio de 2026

Bases y documentación

Bases de la convocatoriaPublicado 04/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 04/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSAyudas municipales para iniciativas Locales de Empleo. Ayudas al Inicio de ActividadPublicado 12/06/2026CONCURRENCIA COMPETITIVA