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Plazo no verificadoBDNS 911063

PROGRAMA BONOS TECNOLÓGICOS 2026. PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA PARA EL IMPULSO Y LA MEJORA COMPETITIVA DE PROYECTOS EMPRESARIALES INNOVADORES DE SAN SEBASTIÁN

LOCAL · DONOSTIA/SAN SEBASTIÁN · FOMENTO DE SAN SEBASTIÁN S.A.- DONOSTIA SUSTAPENA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 01:00 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES212 - Gipuzkoa

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
05/06/2026
Publicación en diario oficial
22/06/2026

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Gipuzkoa

Texto oficial de cierre: 1/12/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.   Personas Beneficiarias.Podrán ser beneficiarias de estas ayudas: Las personas físicas que desarrollen una actividad económica a título lucrativo, las personas jurídicas, así como las agrupaciones de las anteriores sin personalidad jurídica independiente, siempre que estén válidamente constituidas conforme al ordenamiento jurídico. En el caso de ser persona jurídica, o agrupación sin personalidad jurídica o física, deberán cumplir, además, los siguientes requisitos: Que cumpla la condición de pequeña empresa en el momento de la solicitud. Se entenderá como pequeña empresa aquélla que cumpla los requisitos de acuerdo con la regulación que de ello realiza el art. 13 de la norma foral 2/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico Gipuzkoa:          Que lleve a cabo una explotación económica.         Que su activo o su volumen de operaciones, tal y como se define en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, no supere los DIEZ (10) millones de euros.        Que el promedio de su plantilla no alcance las 50 personas empleadas.       Que no se hallen participadas directa o indirectamente en un 25% o más por empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos, excepto que se trate de sociedades o fondos de capital riesgo a los que resulte de aplicación el régimen especial establecido en el Capítulo IV de la citada Norma Foral.Cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades conforme al artículo 42 del Código de Comercio, la magnitud de la plantilla indicada, se referirá al conjunto de entidades pertenecientes a dicho grupo Que esté constituida válidamente en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda y que lleve a cabo una explotación económica dirigida a mercado. Que tenga centro de trabajo en San Sebastián, en el que se desarrollen las actividades subvencionadas. Que presenten proyectos innovadores o de I+D+i y un modelo de negocio escalable. Serán proyectos de empresas tal y como se define a continuación: Empresa innovadora: aquella que pueda demostrar a través de la memoria técnica presentada, que desarrolla o desarrollará en un futuro, productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica en su sector, basados en la tecnología y/o desarrollados a través de la innovación tecnológica, que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial. Empresa de base tecnológica: aquella que tenga la capacidad de generar tecnología, su actividad se base en el conocimiento científico y tecnológico, su actividad esté basada en el trabajo de personal científico y tecnológico altamente cualificado y de personal experto en desarrollo de negocio, que la actividad que desarrolla consista en la explotación económica de tecnologías propias o aquellas desarrollas por agentes del conocimiento y que su actividad empresarial posibilite el desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos para su introducción en el mercado. B) Las personas físicas, promotoras, que estén en proceso de constitución de una empresa y presenten un proyecto innovador o de I+D+i y un modelo de negocio escalable. No podrán ser beneficiarias las Fundaciones o Asociaciones sin ánimo de lucro.  Segundo.   Objeto.El objeto de estas ayudas es promover y desarrollar, en colaboración con Ceit, CICbiomaGUNE, CIC NanoGUNE, IIS BIOGIPUZKOA, Tecnalia, Tecnun y Vicomtech, proyectos con componente tecnológico promovidos por empresas y personas emprendedoras locales, a través de la transferencia tecnológica y del conocimiento desarrollado en los centros de investigación de San Sebastián. Se pretende de esta manera, seguir apoyando los proyectos innovadores locales, tanto para su puesta en marcha, crecimiento y consolidación en el mercado, como para la mejora competitiva y el fortalecimiento en el posicionamiento de las empresas que conforman el tejido económico de la ciudad. Bono tecnológico en colaboración con Ceit (Capítulo 1)Bono tecnológico en colaboración con Tecnun (Capítulo 2)Bono tecnológico en colaboración con Vicomtech (Capítulo 3)Bono tecnológico en colaboración con Tecnalia (Capítulo 4)Bono tecnológico en colaboración con IIS Biodonostia (Capítulo 5)Bono tecnológico en colaboración con CIC NanoGUNE (Capítulo 6)Bono tecnológico en colaboración con CIC BiomaGUNE (Capítulo 7) Tercero.   Bases reguladorasDisponibles en la página web de Fomento de San Sebastián S.A. (https://www.fomentosansebastian.eus) Cuarto.   CuantíaFomento de San Sebastián destinará a este programa la cuantía de CIENTO CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO (105.375) EUROS en colaboración con Ceit: cuantía máxima del bono 12.500€en colaboración con Tecnun: cuantía máxima del bono 8.000€en colaboración con Vicomtech: cuantía máxima del bono 14.500€en colaboración con Tecnalia cuantía máxima del bono 14.500€en colaboración con IIS Biodonostia : cuantía máxima del bono 12.500€en colaboración con CIC NanoGUNE : cuantía máxima del bono 15.500€en colaboración con CIC BiomaGUNE : cuantía máxima del bono 15.500€  Quinto.   Plazo y forma de presentación.Las solicitudes deberán presentarse de forma telemática a través de la web de Fomento de San Sebastián (www.fomentosansebastian.eus) y podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, y hasta agotar los recursos económicos, en cuyo caso, dicho agotamiento se publicará en la web de Fomento de San Sebastián o, en otro caso, hasta el cierre de la convocatoria, que se producirá el 1 de diciembre de 2026. Sexto   Forma y plazos de pago.Una vez finalizada la prestación del servicio y en el plazo máximo de 1 mes desde la finalización del mismo, la entidad beneficiaria procederá a presentar la documentación requerida a continuación y de este modo formalizar la finalización de las prestaciones definidas en el Bono.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 05/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 05/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de las bases reguladoras del Programa Bonos Tecnológicos, programa de ayudas para la transferencia tecnológica, para el impulso y la mejora competitiva de proyectos empresariales innovadores de San Sebastián.Publicado 22/06/2026