Plazo no verificadoBDNS 911095
Convocatoria subvenciones deportivas 2026
LOCAL · VALLGORGUINA · AYUNTAMIENTO DE VALLGORGUINA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 01:00 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES511 - Barcelona
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 05/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 18/06/2026
Texto oficial de apertura: 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOP
Texto oficial de cierre: 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1. Bases reguladorasPor acuerdo del Pleno de fecha 19 de diciembre de 2018 fueron aprobadas inicialmente las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades deportivas y fueron publicadas definitivamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el día 11 de abril de 2019. 2. Créditos presupuestariosLas aplicaciones presupuestarias a las que se imputarán las subvenciones son la 4.3410.480014 Subvenciones asociaciones deportivas con una consignación de 17.500,00 euros, y la 4.3410.480017 Ayudas deportistas individuales, con una consignación de 1.500,00 euros.No podrán otorgarse subvenciones por importe superior al mencionado. 3. Objeto, condiciones y finalidad de la subvenciónLas subvenciones deberán fomentar proyectos y/o actividades de interés público o social que tengan por finalidad la promoción de la práctica del deporte para la infancia y la juventud, la participación en competiciones oficiales, así como la realización de eventos deportivos especiales según se detallan en el punto 2 de las bases reguladoras.Los gastos que se consideren subvencionables y no subvencionables constan en el punto 16 de las Bases Reguladoras aprobadas por el Pleno de la corporación, disponibles en la sede electrónica del ayuntamiento.4. Procedimiento de concesiónEl procedimiento de concesión de las subvenciones objeto de esta convocatoria será el de concurrencia competitiva.5. Requisitos de las personas beneficiariasPodrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones cualquier persona física o jurídica legalmente constituida, que realice alguna de las actividades subvencionables, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y además, reúnan las siguientes condiciones:- Las entidades, federaciones, clubes y fundaciones deportivas deberán tener su sede en Vallgorguina.- Los deportistas individuales deberán ser residentes y empadronados en Vallgorguina y disponer de la licencia federativa en vigor de la modalidad deportiva correspondiente.Aparte estas personas jurídicas deberán estar dadas de alta en el Registro Municipal de Entidades y Asociaciones del Ayuntamiento de Vallgorguina, y disponer del certificado digital a nombre de la entidad.6. Documentación que debe acompañarse a la solicitudLa solicitud de subvención debe ir acompañada de los siguientes documentos:- Formulario de solicitud disponible en la Sede electrónica del ayuntamiento.- Datos bancarios de la entidad solicitante (certificado de titularidad de la cuenta).- Ficha descriptiva del proyecto o actividad a realizar por la que se solicita la subvención, de acuerdo con el modelo normalizado.- Relación de actos y/o actividades que se prevén realizar durante el período de ejecución de la subvención, que incluya: fecha prevista, equipamiento o espació municipal necesario y material.- Presupuesto previsto para el proyecto por el que se solicita la subvención, de acuerdo con el modelo normalizado (deberán figurar ingresos previstos y gastos).- Declaración responsable de la concurrencia de los requisitos para poder obtener la condición de beneficiario/a y de compromiso del cumplimiento de las condiciones impuestas para el otorgamiento de la subvención, de acuerdo con el modelo normalizado.- Declaración responsable de que los entrenadores/as disponen de certificado de inexistencia de antecedentes por delitos sexuales, en caso de que se trate de actividades destinadas a menores.Dicha documentación deberá presentarse en cualquiera de las lenguas cooficiales en Catalunya, irá debidamente firmada por el presidente de la entidad.Los actos relacionados en la solicitud supondrán la reserva del espacio y deberán complementarse con una instancia al Ayuntamiento con un plazo de antelación de 5 días hábiles al de la celebración del acto, para concretar las cantidades de material necesario.7. Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.Las solicitudes deberán presentarse mediante el trámite específico disponible en la Sede electrónica, y deberá acompañarse de los documentos exigidos en el punto 6 de esta convocatória.8. Rectificación de defectos u omisiones en la documentaciónEn caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, se requerirá al beneficiario, para que, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación, proceda a su rectificación o a las enmiendas necesarias, con indicación de que si no lo hace así se entenderá desistido de su solicitud.9. Órgano competente para la instrucción y resoluciónEl órgano competente para la instrucción del expediente es la concejalía de Deportes.El órgano competente para aprobar la convocatoria y resolver es la Junta de Gobierno en virtud del Decreto de la Alcaldía de fecha 19 de diciembre de 2023.10. Plazo de resolución y de notificaciónSe examinarán conjuntamente, en un solo procedimiento todas las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido, y se resolverá en un único acto administrativo.El plazo para el otorgamiento de las subvenciones será, como máximo, de tres meses a contar desde la fecha de cierre del período de presentación de solicitudes.La falta de resolución dentro del plazo indicado tendrá efectos desestimatorios.11. Régimen de recursosLa resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa, y contra la misma puede interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.12. Criterios de valoración de solicitudesLas subvenciones se otorgarán a aquellos solicitantes que obtengan mejor valoración una vez aplicados los criterios objetivos que constan en el punto 9 de las Bases Reguladoras. 13. Medios de notificación o publicaciónUna vez acordada la concesión de las subvenciones, éstas serán notificadas electrónicamente a las personas jurídicas y en formato papel a las personas físicas, en un plazo máximo de 10 días desde la fecha de aprobación de la resolución.14. Periodo de ejecuciónLas subvenciones concedidas al amparo de estas bases tendrán que destinarse a financiar proyectos y actividades deportivas, competiciones y entrenamientos desarrollados durante el período de competiciones, y pueden no coincidir con el año natural.Este período de ejecución será del 1 de junio del año en curso hasta el 30 de junio del año siguiente.15. Plazo y forma de justificaciónLas subvenciones otorgadas tendrán que justificarse antes del 30 de junio del año 2027.Esta justificación se presentará mediante el trámite específico disponible en la Sede electrónica, y deberá ir acompañado de los documentos y/o justificantes siguientes:1. Anexo 1. Memoria de las actividades desarrolladas y resultados obtenidos.2. Anexo 2. Memoria económica de la actividad realizada:- Relación detallada de los gastos que incluya el concepto y el importe.- Relación detallada de ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad, con indicación de su importe y procedencia. En su caso, la carta de pago del reintegro de remanente no aplicado, así como de los intereses que se deriven.3. Anexo 3. Relación de facturas justificativas, donde conste la fecha de emisión, concepto, proveedor, importe y fecha de pago.4. Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados, a nombre de la persona beneficiaria y en formato pdf.5. Declaración jurada de la aplicación de la subvención a la finalidad para la que fue concedida.6. Material impreso como carteles, dípticos, ...de las actividades organizadas en la que figure la colaboración del ayuntamiento con el logotipo oficial.En la confección de la memoria económica se deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:- Se deberá justificar un gasto por un importe igual o superior al 100% de la subvención otorgada.- Se deberá indicar el coste total de la actividad.- Los documentos justificativos que presentar serán facturas, minutas u otros documentos con valor acreditativo equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, y se acompañarán al modelo normalizado de justificación disponible en la sede electrónica. Estos documentos deberán reunir todos los requisitos legales exigibles y en ellos se describirá con claridad la actividad a que se refieren.El ayuntamiento, si así lo estima, podrá requerir a la persona o entidad beneficiaria la presentación de los documentos justificativos originales.Para la aceptación de las justificaciones, será necesario que el gasto haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 05/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 05/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria subvenciones deportivas 2026Publicado 18/06/2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.