Abierta (plazo verificado)BDNS 911292
Ayudas de "Euskera y Multiculturalidad" en el tiempo libre (2026)
LOCAL · ESKORIATZA · AYUNTAMIENTO DE ESKORIATZA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 01:06 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES212 - Gipuzkoa
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 08/06/2026
- Fin de solicitudes
- 13/12/2026
- Registro en BDNS
- 08/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 10/09/2026
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Extracto publicado
Bases para la concesión de subvenciones en el programa“Euskara eta Kulturartekotasuna”,destinadas a financiar actividades de ocio y tiempo libre en euskeraMARCO LEGALLa Ley 10/1982, de 24 de noviembre, Básica de Normalización del Uso del Euskeraestablece en su artículo 5 los derechos fundamentales de que gozan toda laciudadanía de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia lingüística, y, acontinuación, en los capítulos segundo, tercero, cuarto y quinto hace extensivosdichos derechos a todos los ámbitos de la vida social. La ley, así ́ mismo, dispone laobligación de todas las administraciones públicas a respetar, dentro de lascompetencias de cada institución, la política lingüística hacia la ciudadanía ypromover, entre otras cosas, el uso del euskera en todos los ámbitos de la vida social.La Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi, establece en suartículo 7.2 que corresponde a los ayuntamientos la competencia para promover elconocimiento y dinamizar el uso del euskera en su ámbito territorial, organizandodirectamente los servicios y actividades para ello y colaborando en la financiación delas actividades que otras personas o entidades lleven a cabo para la promoción ydinamización del euskera.Por su parte, la Ley 2/2024 de Infancia y Adolescencia, cuyo objetivo es la protecciónintegral de los derechos de la infancia y la adolescencia, incide en varios puntosimportantes en materia de derechos. Entre ellos, también habla expresamente delderecho al ocio y al juego y apoya actividades que persiguen la adhesión positiva, eldesarrollo integral y el bienestar de las personas menores de edad. Indica que losniños y las niñas deben poder participar en actividades de ocio adaptadas a la edadpara fomentar su desarrollo personal, social y emocional. Además, subraya el derechoa vivir el tiempo libre en entornos seguros, saludables e inclusivos. La ley recoge laobligación de las administraciones públicas de garantizar una oferta de ocio amplia,variada y accesible para todos los niños y las niñas. Para ello deben impulsaractividades fuera del horario lectivo, teniendo en cuenta la coeducación, la diversidadcultural, la sostenibilidad y la igualdad.Con fecha 21 de diciembre de 2023 quedó aprobado el Plan Estratégico deSubvenciones del Ayuntamiento de Eskoriatza 2024-2027. En dicho Plan se recogenlas diferentes líneas estratégicas, siendo la quinta la denominada “euskera”. La acciónB “Euskara eta Kulturartekotasuna” de esta línea son las subvenciones que tienencomo objeto “ofrecer recursos en el tiempo libre que ayuden a promover la inclusiónsociocultural de la infancia”.ANTECEDENTESEn los últimos 15 años se ha ofrecido en la ludoteca Tortolis un refuerzo lingüístico aaquellos eskoriatzarras matriculados en educación infantil y educación primaria queno tenían el nivel de euskera correspondiente a su edad. El acceso al servicio derefuerzo se ha garantizado mediante subvención municipal en especie.En 2024, el Ayuntamiento de Eskoriatza y la facultad Huhezi iniciaron en colaboraciónel proyecto Euskara eta kulturartekotasuna, e invitaron a los centros escolares y otrosagentes de la localidad a participar en el proyecto.El recorrido realizado hasta ahora ha sido fructífero, y se han puesto bases sólidaspara construir un ecosistema en el que los fundamentos sean el euskera y lainterculturalidad.Por todo ello, y con el fin de garantizar el cumplimiento del interés público perseguidocon la concesión de la subvención municipal y de los principios que deben regir lasactividades subvencionales del Ayuntamiento, tales como la publicidad, latransparencia, la concurrencia, la objetividad, la igualdad, la no discriminación, laeficiencia y la eficacia, se elaboran las presentes bases para determinar el marcojurídico que regula los derechos y obligaciones de los órganos municipalesparticipantes y de las personas que pudieran resultar beneficiarias de lassubvenciones. Se dará la publicidad necesaria al documento para conocimiento detodas las partes implicadas.BASES1.- Objeto.Es objeto de estas bases regular las condiciones de subvención para hacer frente alcosto de la matrícula y/o cuota de actividades de tiempo libre organizadas en euskerapor grupos y/o asociaciones del municipio, que permitan a los niños y las niñasincrementar el conocimiento del euskera y facilitar su integración sociocultural.2.- Órgano competente.El órgano competente para la aprobación de las presentes bases es el alcalde (deconformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,reguladora de las Bases de Régimen Local).3. - Normativa aplicable.La concesión de estas ayudas y la relación jurídica entre la persona beneficiaria y laentidad otorgante se regirá por las presentes bases y demás normativas vigentes enel momento de su concesión.En todo lo no previsto en las presentes bases, será de aplicación: Ordenanza General reguladora del régimen de subvenciones delAyuntamiento de Eskoriatza (BOG nº85, del 10 de mayo de 2021) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones públicas. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficialdel Estado 18-11-2003) y el Reglamento General de subvenciones aprobadopor Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.4.- Régimen.El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen deconcurrencia competitiva. La concesión de la subvención se realizará teniendo encuenta los criterios de valoración establecidos en el art. 10.5.- Asignación económica.La dotación presupuestaria es de 4.000 euros, y se financiará con cargo a la aplicaciónpresupuestaria 0400.480.335.40.01 del año 2026.Si la dotación presupuestaria no alcanzara a cubrir el total de solicitudes con derechoa ayuda, se podrá proceder a su correspondiente ampliación a través de losmecanismos de modificación de crédito previstos en las bases de ejecución delpresupuesto municipal.La ampliación del crédito presupuestario y el aumento de la dotación inicial norequerirá de nueva publicación de la convocatoria.6.- Actividades subvencionables.Se subvencionarán al 100% los gastos de matrícula y cuota, de un curso de lasactividades de tiempo libre que se ofertan en euskera en Eskoriatza.Las actividades subvencionadas son las siguientes:1. Tortolis ludoteka2. Euskal dantza.3. Bertso eskola.4. Buztingintza. (Taller de trabajos con arcilla)5. LEK (Leintz Eskola Kirola).6. Natación.7. Natación + LEK.8. Natación + Tortolis Ludoteka.9. Pelota.Cada menor solo podrá elegir una actividad subvencionada.Salvo excepciones, no serán subvencionables otros gastos a realizar por las personasbeneficiarias por la realización de la actividad, tales como materiales, ropa, gastos detransporte...7.- Cuantía de la subvención.Se subvencionará a cada persona beneficiaria el 100% del gasto de matrícula y cuotadel curso académico.Si por el volumen de solicitudes recibidas y admitidas no se puede cubrir el 100% delgasto de la matrícula y cuota de todas las solicitudes que cumplan los requisitosexigidos, se podrá proceder de alguna de estas dos maneras:a) Ampliar la dotación presupuestaria a través de los mecanismos demodificación de créditos previstos en las bases de ejecución del presupuestomunicipal, sin que ello requiera nueva publicación de la convocatoria.b) Atender las solicitudes en función de la puntuación obtenida según los criteriosde valoración y hasta agotar el crédito presupuestario disponible.8.- Personas beneficiarias y requisitos.Personas beneficiarias: personas que ejerzan la tutoría de personas menoresmatriculadas en primaria y 1er curso de la ESO en el curso escolar 2026-2027 en uncentro escolar de Eskoriatza.Requisitos: En la fecha de finalización de presentación de solicitudes tanto el/la menorcomo las personas que ejerzan la tutoría deberán de estar empadronadas enel municipio de Eskoriatza, o el/la menor deberá estar matriculada en uncentro escolar de Eskoriatza. Todas las personas de la unidad convivencial de la persona menor deberánestar al día en el pago de tasas, sanciones e impuestos municipales. La persona menor deberá estar matriculada en el curso 2026-2027, en algúncentro de enseñanza del municipio de Eskoriatza, en cualquier curso deprimaria (LH1-LH6) o si el año anterior fue beneficiaria de esta línea desubvención en 1er curso de la ESO. Además, deberá ser identificada por elcentro escolar como posible beneficiaria de esta ayuda. La persona menor que haya sido beneficiaria de esta línea de subvención elaño 2025, ha tenido que cumplir con una asistencia mínima del 75%, parapoder ser beneficiaria también este año. La persona menor beneficiaria este año, deberá participar en la actividadsubvencionada durante el curso completo en la fecha y hora en que se ofrecela actividad. Durante el curso deberá completar una asistencia mínima del75%. El incumplimiento de la asistencia dará lugar a la pérdida de laposibilidad de obtener la condición de beneficiaria de subvenciones de igualo similar naturaleza. Cumplir con los requisitos establecidos en el art. 13 de la Ley 38/2023,General de Subvenciones, tanto el/la menor como sus tutores o tutoras.9.- Forma y plazo de presentación de las solicitudes de subvención.Las solicitudes, junto con la documentación correspondiente, podrán presentarse deforma presencial o telemática, firmadas y según modelo normalizado.De forma presencial de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas en el Servicio H@ZIdel ayuntamiento.De forma telemática las 24 horas del día, los 7 días de la semana, en la sedeelectrónica del Ayuntamiento de Eskoriatza, www.eskoriatza.eus, en el apartado“Trámites”. (https://udal.egoitza.gipuzkoa.eus/home.do?De=CA034128397).Habrá 2 plazos para presentar las solicitudes: El primero se iniciará al día siguiente de la publicación del anuncio en elBoletín Oficial de Gipuzkoa y finalizará el 31 de septiembre de 2026. Esteplazo estará dirigido al alumnado que esté matriculado en un centro educativode Eskoriatza antes del 31 de septiembre en el curso 2026-2027. La segunda, del 1 de octubre al 13 de diciembre de 2026. Este plazo estarádirigido al alumnado matriculado en un centro de Eskoriatza con posterioridadal 31 de septiembre.Para la solicitud será necesario presentar impreso de solicitud con declaración expresade los siguientes términos: Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No hallarse incurso en ningún proceso de devolución económica ante laadministración. No haber solicitado otra subvención para la misma actividad. En caso dehaberla solicitado, deberá presentar documentación específica al respecto. No haber recibido sanción administrativa o penal por discriminación sexual opor infringir la normativa vigente y aplicable en materia de igualdad entrehombres y mujeres. Que sus fines y objetivos no son contrarios al principio de igualdad entremujeres y hombres. Que no está incurso en ninguna de las causas de prohibición de los artículos13.2. y 13.3 de la Ley 38/2003.Se informa a la persona solicitante que el Ayuntamiento de Eskoriatza comprobarádirectamente los datos de los requisitos establecidos desde la plataforma deintermediación de datos y otras administraciones. También accederá directamente alos datos relativos a los criterios de valoración poniéndose en contacto con el centroescolar donde está matriculado el menor. No obstante, la persona solicitante podrárenuncias a dicha acreditación. En este caso, deberá presentar la documentación queacredite las obligaciones y los criterios de baremación establecidos en los artículos 8y 10 respectivamente10.- Baremación de las solicitudes recibidas.Para la baremación de las solicitudes el Ayuntamiento constituirá con cada centroescolar una mesa de trabajo, que será la encargada de valorar las solicitudes yordenarlas por orden de puntuación en base a los criterios establecidos.Los criterios de baremación serán los siguientes:BAREMACIÓNSi es de familia numerosa, 0,5 puntos más en cada baremo1er CRITERIO:periodo deempadronamientodel menor enEskoriatzaNacidos enEskoriatzaNo ha nacido enEskoriatza, peroel periodo deempadronamientoes de 3 cursos omásNo ha nacido enEskoriatza, peroel periodo deempadronamientoes de 2 cursos omásHa llegadoeste curso aEskoriatza1 PUNTO 2 PUNTOS 3 PUNTOS 4 PUNTOS2º CRITERIO:Conocimiento deleuskeraEntiendeeuskera y poseecapacidadcomunicativa,pero seconsideraconvenienteseguirreforzandoloEntiende euskera,pero tienedificultades en lacapacidadcomunicativaHa comenzado aentender eleuskera, perotodavía no lohablaNo sabeeuskera osolo hablaalgunaspalabrassueltas1 PUNTO 2 PUNTOS 3 PUNTOS 4 PUNTOS3er CRITERIO:Necesidad desocializaciónTiene grupo deamistad, pero levendrá bienparticipar enactividadesextraescolaresTiene grupo deamistad, peroapenas participaen actividadesextraescolaresTiene un grupomuy reducido deamistad y noparticipa enactividadesextraescolaresNo tienegrupo deamistad y nose relacionacasi nadacon losdemás1 PUNTO 2 PUNTOS 3 PUNTOS 4 PUNTOS4º CRITERIO:Conocimiento delas costumbres deEskoriatza yLa familia tieneconocimientosobre lasactividadesculturales ysociales deLa familia conocelas actividadesculturales ysociales deEskoriatza, perola persona menorLa familia noconoce lasactividadesculturales ysociales deEskoriatza, yLa familia noconoce lasactividadesculturales ysociales deEskoriatza, yparticipación enlas mismasEskoriatza, y lapersona menorparticipaocasionalmenteen ellasparticipa pocasveces o noparticipa nuncaen ellasparticipa poco enla vida delmunicipiono participaen la vida delpueblo1 PUNTO 2 PUNTOS 3 PUNTOS 4 PUNTOS5º CRITERIO:CapacidadeconómicaNo recibeningunasubvenciónRecibe ayudas delcentro escolar olas ha solicitadoen alguna ocasiónRecibe beca delGobierno VascoSonpersonasusuarias deServiciosSociales0 PUNTOS 2 PUNTOS 3 PUNTOS 4 PUNTOSUna vez realizada la baremación, cada solicitante obtendrá una puntuación quedeterminará el orden de prioridad en la concesión de la subvención, teniendoprioridad las de mayor puntuación.En caso de empate en la puntuación, se priorizará el que tenga mayor puntuaciónsegún el orden de los criterios (el criterio 1 es el de mayor prioridad).Para ser beneficiario de la subvención será necesario obtener un mínimo de 4 puntos.11.- Compatibilidad con otras ayudas.Dado que esta ayuda cubrirá el 100% del coste de la actividad, no será compatiblecon otras subvenciones para la misma finalidad.Si el Ayuntamiento tuviera conocimiento de la obtención de otras subvenciones oayudas para la misma finalidad, iniciará el procedimiento de reintegro de la ayudaconcedida.12.- Procedimiento de concesión.El procedimiento de concesión se iniciará de oficio, mediante convocatoria aprobadapor Resolución de la Alcaldía publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen deconcurrencia competitiva. La concesión de la subvención se realizará teniendo encuenta los criterios de valoración establecidos en el artículo 10.La resolución se dictará en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de entradade la solicitud en el registro del Ayuntamiento.Transcurrido dicho plazo sin que el Ayuntamiento haya dictado resolución alguna, seentenderá desestimada la solicitud.13.- Protección de datos.Dada la especial naturaleza de la subvención, no será necesaria la publicidad de lamisma por parte de los beneficiarios.La publicación de las subvenciones previstas en la presente convocatoria puedeimplicar la falta de respeto o protección del honor, intimidad personal y familiar oimagen personal de las personas físicas, por lo que, en cumplimiento de loestablecido en la Ley 1/1982, de 5 de mayo, sobre Protección Civil del Honor, laIntimidad y la Imagen de las Personas, no se dará publicidad a las subvencionesconcedidas.En el momento de presentar la solicitud de subvención, el solicitante declara cumplirtodos y cada uno de los requisitos establecidos en la convocatoria y aceptaíntegramente la misma. Asimismo, declara que los Datos Personales recogidos en lasolicitud han sido recogidos con su consentimiento, aceptando que dichos datossean objeto de tratamiento automatizado e inclusión en diversos ficheros delAyuntamiento de Eskoriatza debidamente autorizados, aceptando que dichos datossean utilizados exclusivamente para las gestiones del Ayuntamiento. Estos datospodrán ser cedidos o comunicados a otras Administraciones Públicas o a terceros enlos supuestos previstos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protecciónde Datos de Carácter Personal y de Garantía de Derechos Digitales.El Ayuntamiento facilitará a la entidad que vaya a impartir la actividad los datos decontacto recogidos en la solicitud, con la finalidad de facilitar la relación y lacomunicación entre la persona beneficiaria y la entidad prestadora del servicio. Lapersona solicitante de la subvención podrá oponerse expresamente a esta cesión dedatos. En tal caso, será la propia persona solicitante quien deba ponerse en contactocon la entidad que imparta la actividad seleccionada, a fin de poder acceder alservicio.14.- Subsanación de defectos y documentación complementaria.Si las solicitudes fueran defectuosas o incompletas, se requerirá al interesado paraque en el plazo de diez días subsane los defectos observados, de conformidad conel artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Y se le advertirá que transcurridodicho plazo sin que lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, en lostérminos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.Podrá requerirse cuanta documentación e información complementaria se considerenecesaria para la adecuada evaluación y resolución de la solicitud presentada.15.- Órganos competentes para la ordenación e instrucción del procedimiento.1. La convocatoria de las ayudas corresponderá al Alcalde-Presidentemediante Resolución publicada en el Boletín Oficial del Gipuzkoa.2. La instrucción del procedimiento de concesión de subvencionescorresponde a la técnico municipal de euskera, quien realizará de oficiocuantas actuaciones estime necesarias para la determinación,conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debeformularse la propuesta de resolución.3. La fase de instrucción se iniciará con la preevaluación que realicen lasmesas de trabajo constituídas con cada centro escolar (mencionadas en elartículo 10), en base a los criterios de baremación establecidos.4. Una vez realizada la valoración, informe técnico de la técnico de euskeracon respecto a las solicitudes y propuesta de resolución.5. La propuesta del instructor será presentada a la comisión informativacorrespondiente, que elevará propuesta de resolución al órganocorrespondiente, que será el alcalde.6. Resolución de Alcaldía.16.- Resolución de concesión.El Alcalde será el órgano competente para resolver la concesión de las subvencionescontempladas en estas bases.Con carácter general, el plazo máximo para dictar y publicar o notificar la resoluciónque corresponda será de tres meses. El plazo se computará desde el día siguientea la presentación de la solicitud.En todo caso, transcurrido el correspondiente plazo sin haberse notificado opublicado la resolución, se entenderán desestimada la solicitud por silencioadministrativo.La resolución pone fin a la vía administrativa.La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de conformidad conlo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y su práctica seajustará a las disposiciones contenidas en el artículo 41 de la citada ley. Todo ello sinperjuicio de la publicación de las subvenciones concedidas en la página web delAyuntamiento de Eskoriatza, respetando siempre el principio de anonimidad recogidoen el punto 13 de estas bases.17.- Obligaciones del beneficiario.La persona menor deberá tener una asistencia mínima del 75% en las actividadessubvencionadas. En caso contrario, podrá perder el derecho a obtener la condiciónde beneficiario de subvenciones de igual o similar naturaleza.18.- Pago de las subvenciones.Con el objetivo de facilitar el pago de la matrícula, se establece el pago a través dela siguiente fórmula de endoso:1. Presentación: las personas beneficiarias deberán cursar solicitud deEndoso junto con la solicitud de subvención. En este documento, la personabeneficiaria (endosante) cede su derecho al cobro de la subvención a laEntidad Formativa (endosatario).2. Aceptación: la Entidad Formativa, mediante la firma del endoso, acepta lacesión y asume la responsabilidad de justificar la matricula del alumno oalumna.3. Realizado el curso, la entidad formativa deberá presentar un certificado finalde aprovechamiento o asistencia de la alumna o el alumno dentro del plazoacordado con el ayuntamiento, en el que se hará constar como mínimo:nombre y apellidos de la persona menor, actividad realizada,aprovechamiento de la participación y coste de la matrícula.4. Pago: una vez justificada la realización de la actividad, el pago de lasubvención se emitirá a favor de la entidad formativa.5. Efecto: el pago al endosatario libera a la administración de la deuda con elbeneficiario original.19.- Interpretación de las Bases.Cualquier duda que pudiera surgir en la interpretación, aplicación y efectos de laspresentes Bases, será resuelta por la Alcaldía, previo informe, en su caso, de laComisión Informativa de cultura, euskera, juventud y educación.20.- Desarrollo y ejecución.Se faculta al Alcalde-presidente para dictar cuantos acuerdos sean necesarios parala ejecución de estas Bases.21.- Entrada en vigor.Estas bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficialde Gipuzkoa.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 04/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 04/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSBases para la concesión de subvenciones en el programa “Euskara eta Kulturartekotasuna”, destinadas a financiar actividades de ocio y tiempo libre en euskeraPublicado 10/09/2026Bases para la concesión de subvenciones en el programa “Euskara eta Kulturartekotasuna”, destinadas a financiar actividades de ocio y tiempo libre en euskeraInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.