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Plazo no verificadoBDNS 911421

Convocatoria de subvenciones AMPAS/AFAS y entidades que realizan actividades culturales, deportivas, sociales y de salud, medioambientales y festivas de interés público local, para el ejercicio 2026.

LOCAL · SALT · AYUNTAMIENTO DE SALT

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 01:09 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES512 - Girona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
08/06/2026
Publicación en diario oficial
12/06/2026

Texto oficial de apertura: El día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP de Girona.

Texto oficial de cierre: 20 días hábiles

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Objeto Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades realizadas por AMPAS/AFAS y entidades del municipio de Salt, de acuerdo con las ''BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES QUE OTORGA EL AYUNTAMIENTO DE SALT A AMPAS/AFAS Y ENTIDADES QUE REALIZAN ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, SOCIALES Y DE SALUD, MEDIOAMBIENTALES Y FESTIVAS DE INTERÉS PÚBLICO LOCAL", publicadas en el BOP de Girona de 6 de julio de 2021. Criterios de valoración Los criterios de valoración se podrán consultar en el punto 8 de las bases (https://dogc.gencat.cat/ca/document-del-dogc/?documentld=906134)  Beneficiarios Entidades sin ánimo de lucro implantadas en Salt que se encuentren debidamente inscritas en el registro municipal de entidades ciudadanas, con las limitaciones y especificidades descritas en las Bases reguladoras de las subvenciones objeto de la presente convocatoria. Actividades subvencionables Serán subvencionables aquellas actividades que se ejecuten en el período comprendido entre el 1 de octubre del año anterior al de la convocatoria y el 30 de septiembre del año de la convocatoria. Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos Los requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos queda regulado en las Bases reguladoras de las subvenciones objeto de la presente convocatoria.  Periodo de presentación de solicitudes y plazos El plazo para presentar las solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOP de Girona y finalizará transcurridos 20 días hábiles. La documentación e información que debe adjuntarse a la solicitud, se detalla en las Bases reguladoras de las subvenciones objeto de la presente convocatoria. En caso que la documentación presentada sea considerada incorrecta o incompleta, el Ayuntamiento de Salt podrá requerir que el solicitante, en el plazo de 10 días, amplíe o corrija la información aportada en la solicitud o en la justificación. Si transcurrido este plazo no se ha subsanado o se ha aportado la documentación reclamada, se entiende que el interesado ha desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se archivarán las actuaciones sin ningún trámite ulterior. Plazos de resolución y notificación La presente convocatoria tiene carácter de abierta. Las diferentes Áreas del Ayuntamiento de Salt deberán emitir las correspondientes propuestas de otorgamiento de las subvenciones antes del 15 de septiembre de 2026. Una vez transcurrido este plazo sin que se haya y adoptado la resolución, los solicitantes podrán entender desestimada su petición por silencio administrativo. La resolución deberá ser notificada de forma individualizada a todos los solicitantes admitidos en el plazo de diez días a contar desde la fecha en que se haya resuelto. Las notificaciones se harán por cualquier medio que permita al Ayuntamiento tener constancia de que el interesado o su representante legal ha recibido la resolución, así como de la fecha, la identidad y el contenido del acto administrativo, sin perjuicio de la obligación de publicidad de las subvenciones otorgadas, de acuerdo con lo establecido en la normativa general de subvenciones. Los criterios de valoración de las solicitudes solicitudes se detallan en las Bases reguladoras de las subvenciones objeto de la presente convocatoria. Plazo de justificación Las subvenciones concedidas se deberán justificar dentro del plazo que finalizará el 31 de octubre de 2026, mediante la presentación de la cuenta justificativa de acuerdo con los modelos normalizados que estarán al alcance de los interesados en la web del Ayuntamiento de Salt (www.viladesalt.cat). Créditos presupuestarios asignados y cuantía total máxima que se destina: Aplicación             Descripción                                                                                   Importe (€)30.17210.48000    Protección Medio Ambiente - Transferencias entidades                      9.000,0040.32670.48000    Promoción Educativa – Subvenciones AMPAS                                  3.000,0041.33400.48001    Promoción Cultural – Transferencia acción cultural                          10.000,0042.23100.48000    Servicios Sociales – Transferencia acción social                             14.500,0045.34120.48001    Promoción Deportiva – Transferencia acción deportiva entidades     24.000,0047.33801.48000    Fiestas barrios – Subvenciones                                                        5.500,00           Publicidad Esta convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación, en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona y en la web del Ayuntamiento de Salt.  Régimen de recursos Contra la resolución de la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación.  Alternativamente y de forma potestativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 08/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 08/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el año 2026, para el otorgamiento de subvenciones destinadas a AMPAS/AFAS y entidades que realizan actividades culturales, deportivas, sociales y de salud, medioambientales y festivas de interés público localPublicado 12/06/2026BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES QUE OTORGA EL AYUNTAMIENTO DE SALT A AMPAS/AFAS Y ENTIDADES QUE REALIZAN ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, SOCIALES Y DE SALUD, MEDIOAMBIENTALES Y FESTIVAS DE INTERÉS PÚBLICO LOCAL