Plazo no verificadoBDNS 911748
Extracto de la convocatoria de las tarjetas monedero del Ayuntamiento de Torroella de Montgrí para la adquisición de alimentos de primera necesidad y/o productos de higiene personal, doméstica y medicamentos con prescripción médica del año 2026.
LOCAL · TORROELLA DE MONTGRÍ · AYUNTAMIENTO DE TORROELLA DE MONTGRÍ
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 01:18 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 10/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 15/06/2026
Texto oficial de apertura: Publicación al BOP
Texto oficial de cierre: 31/12/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Descripción de la convocatoria:Resolución de la Junta de Gobierno Local del día 12 de marzo de 2026 y del decreto 1995/2026, al otorgamiento de tarjetas monedero para la adquisición de alimentos de primera necesidad y/o productos de higiene personal, doméstica y medicamentos con prescripción médica del año 2026 para las personas beneficiarias. Se trata de un instrumento con el fin de vehicular las ayudas económicas de primera necesidad, tanto de alimentación como las de primera necesidad, con el fin de permitir a la persona usuaria, con perfil de vulnerabilidad y con recursos muy limitados, la compra y adquisición de los mismos. La tarjeta monedero debe permitir adquirir alimentos, productos de higiene personal, doméstica y medicamentos con prescripción médica.Beneficiarios:Tienen derecho a solicitar la subvención las personas empadronadas que reúnen los siguientes requisitos:- Empadronadas en el municipio de Torroella de Montgrí y L'Estartit y los municipios que conforman el V sector (Gualta y Serra de Daró).- Ser mayor de 18 años o en situaciones excepcionales de menores que estén emancipados, que acrediten la situación y vivan independizados de la familia.- No superar unos Ingresos netos igual o inferiores al 40% de la Renta Garantizada de Ciudadanía:Miembros familiaresRenda Garantida de Ciudadanía/ IngresosIngresos nets igual o inferiores al 40% de la Renda Garantida de Ciudadanía1 membre778,49 €311,40 €2 membres1.167,74 €467,10 €3 membres1.284,51 €513,80 €4 membres1.401,29 €560,52 €5 o más membres1.416,86 €566,74 €Para calcular este importe se suma todos los ingresos netos: nóminas, prestaciones, pensión de alimentos, becas, ayudas alquiler, entre otros y se descuenta los gastos de: hipoteca o alquiler, y los suministros según criterio establecido: (150€/mensuales para familias numerosas y monoparentales y 130€ para el resto de familias y gastos de medicación prescritos en tratamiento médico público ajustados a cada caso).a) No se podrá ser beneficiario de las tarjetas monedero sino se cumple el límite de ingresos definido en el apartado a del punto 2.2. en caso de superar a todas las personas y/o unidades familiares quedarán excluidas.b) No se podrá acceder cuando el solicitante y los miembros de la unidad de convivencia dispongan de otros bienes inmuebles que no sea la vivienda habitual.c) Las personas con situación administrativa irregular podrán optar aquellas con menores a cargo y/o con dificultades de salud acreditadas por el sistema público sanitario. d) En las unidades de convivencia donde uno de los miembros tenga reconocida una situación de discapacidad y/o dependencia, a efectos de cálculo se contabilizará como un miembro más. (Ejemplo: unidad familiar de un matrimonio que uno de ellos tiene reconocida dependencia, se aplicará el baremo de tres miembros)e) Aquellas personas que el profesional de los servicios sociales básicos detecta y valora que existe una situación de riesgo o desamparo para la persona o núcleo familiar, en especial aquellos que hay niños en riesgo, violencia y/o personas mayores en riesgo.Las personas deberán cumplir las siguientes obligaciones: a) Comunicar al área de servicios sociales del Ayuntamiento la obtención de otras ayudas para la misma finalidad. Será a valoración del SBAS esta compatibilidad. b) Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación de los tickets de compra, facilitando toda la información requerida, con la finalidad de verificar el correcto destino del gasto. c) Informar a la técnica referente con un mínimo de 15 días de antelación, si el beneficiario tiene que marcharse fuera del municipio y la duración superior a 15 días, con el fin de dar de baja la recarga de la tarjeta monedero. d) Acreditar los requisitos exigidos para tener acceso a la tarjeta monedero y/o comunicar cualquier modificación de las circunstancias que han determinado la concesión de la tarjeta monedero y en cualquier caso facilitarán toda la documentación que requiera. e) La tarjeta es personal e intransferible, por este motivo sólo podrá ser utilizada por el titular de la tarjeta.f) Firmar y cumplir con el plan de trabajo establecido por la técnica de referencia del área de servicios sociales del Ayuntamiento de Torroella de M. El plan de trabajo es un acuerdo con la técnica y la persona y/o unidad familiar con el fin de mejorar su situación, en casos de personas y miembros de la unidad familiar en edad laboral y con posibilidades de trabajar deberán estar inscritas en el SOC como personas en situación de demandante de empleo y mantener esta inscripción vigente y participar en los itinerarios laborales que se les ha derivado.g) Cumplir con artículo 13 y siguientes de la ley 38/2003, de 17 de noviembre general de subvenciones.h) Firmar la hoja de compromiso en la que consta: normativa de la tarjeta monedero.i) Las tarjetas tienen una duración de entre 1 mes y 1 mes, esta duración será renovable si siguen cumpliendo los requisitos. Pasado el tiempo de validación de la tarjeta, si no se dice lo contrario, la tarjeta monedero se dará de baja automáticamente. La persona que quiera volver a tener acceso, deberá iniciar el procedimiento de solicitud.Objeto:El objeto de esta convocatoria es conceder el otorgamiento de ayudas mediante el uso de tarjetas monedero que sirven para la cobertura de necesidades básicas esenciales y promueven la autonomía, la autogestión económica y fomentan la responsabilidad para las personas con situación de vulnerabilidad económica empadronadas en Torroella de Montgrí, L'Estartit y los municipios que configuran el V sector (Gualta y Serra de Daró).El procedimiento de la presente subvención será a través de concurrencia competitiva.Bases Reguladoras:Las bases reguladoras para la concesión de tarjetas monedero del Ayuntamiento de Torroella de Montgrí para la adquisición de alimentos de primera necesidad y/o productos de higiene personal, doméstica y medicamentos con prescripción médica del año 2026, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia el día 09/04/2026.Cuantía:Los importes económicos que se cargan en las tarjetas no superarán los siguientes importes:• Persona sola: 90€/mensuales• Unidad familiar de 2 miembros: 120€/mensuales• Unidad familiar de 3 miembros: 150€/mensuales• Unidad familiar de 4 o más miembros: 180€/mensualesEl ayuntamiento dispone de la partida 2026.41.23101.48000 Ayudas con tarjetas monedero. Una vez agotada la dotación, a pesar de tener derecho, las personas beneficiarias no podrán acceder a la subvención.El Ayuntamiento limitará el número máximo de tarjetas no siendo superior a 350 por año.Presentación de solicitudes:La convocatoria será abierta. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP hasta el 31 de diciembre de 2026. Se admitirán las instancias presentadas con anterioridad por tratarse de urgencias sociales.Las solicitudes deberán dirigirse al Ayuntamiento de Torroella de Montgrí y/o EMD de L'Estartit, con el modelo de instancia oficial que se podrá obtener en el Registro de Entrada del Ayuntamiento y/o EMD.DocumentaciónLa presentación de la instancia de solicitud de la subvención presupone automáticamente el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.Las solicitudes se efectuarán según modelo de instancia por el Ayuntamiento, adjuntando la siguiente documentación:1. Instancia de la subvención2. DNI/NIE/PASAPORTE de los solicitantes y de los demás miembros de la unidad familiar. O en su caso, documentación que acredite la condición de representante legal de la persona solicitante.3. Movimientos bancarios de los últimos 6 meses y ficha cliente de todas las personas de la unidad familiar mayor de 18 años (en caso de que en los movimientos bancarios queden reflejados el gasto de alquiler-hipoteca, pensiones, nóminas, pensión de alimentos u otros ingresos, NO será necesario presentar la documentación que justifique estos baremos)4. Declaración jurada de otros ingresos y/o declaración jurada que argumente la falta de documentación presentada.5. Vida laboral actualizada y de los miembros de la unidad familiar.6. Otra documentación en su caso:- Certificado de prestaciones/o certificado negativo, de todos los miembros mayores de 18 años.7. Otra documentación en caso de que sea necesario:- Certificado de pensiones jubilación, viudedad, orfandad, invalidez (INSS/ Departamento de derechos sociales)- Certificados de pensiones de otros países (si es el caso)- Convenio de separación (si es el caso)- Gasto de vivienda habitual (alquiler, hipoteca y/u otros justificantes)8. Otra documentación que la técnica considera necesaria para justificar la situación. Potestativamente se podrá interponer instancia en caso de que la persona/familia no esté de acuerdo con la valoración hecha por el equipo técnico de valoraciones, en el plazo de un mes tendrá respuesta con la nueva valoración. Si transcurrido el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de la instancia, sin que haya sido dictada y notificada la resolución expresa, el recurso de reposición se entenderá desestimado. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o reclamación que considere conveniente interponer. El no cumplimiento de las bases en el momento del control, seguimiento y evaluación se detiene la obtención de la tarjeta monedero, hasta proceder a cumplir con la normativa de las bases. En el caso de que los documentos acreditativos de la justificación de la tarjeta monedero fueran incorrectos o incompletos, los servicios administrativos del Ayuntamiento podrán requerir al interesado la corrección de las anomalías detectadas. Si el solicitante no enmienda dichas anomalías en el plazo máximo de 10 días hábiles, se procederá a la revocación de la tarjeta monedero. En caso de que se acredite y se verifica que ha habido intención y voluntad de presentar justificantes falsificados se procederá a la revocación de la tarjeta monedero y la persona beneficiaria y/o unidad familiar no se podrá tramitar ninguna otra ayuda de urgencia del ayuntamiento de Torroella de Montgrí. Productos básicosLos productos a comprar con la tarjeta monedero deben ser:- Alimentos de primera necesidad y/o productos de higiene personal, doméstica y farmacia, (bebidas alcohólicas quedan excluidas).- Medicamentos con prescripción médica.Criterios para la concesiónLos establecidos en el artículo 2 de la presente convocatoria y los criterios determinados en las bases reguladoras de las tarjetas monedero aprobadas por el pleno de la corporación.ExclusionesAdemás de las causas establecidas por la Ley general de subvenciones (38/2003 de 17 de noviembre), no podrán obtener la subvención aquellos solicitantes que en la fecha de presentación de la instancia no se encuentren al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Torroella de Montgrí o hayan formalizado un pacto de pago y se cumplan sus condiciones, así como aquellos que no cumplan los baremos económicos establecidos en la presente convocatoria.Instrucción del pagoEl procedimiento para la concesión de las tarjetas monedero previstas en estas bases será el de concesión en régimen de concurrencia competitiva. La gestión de las solicitudes se hará desde el área de servicios sociales de Torroella de Montgrí.Los servicios de apoyo administrativo del área de servicios sociales informan de los requisitos, deberes y obligaciones de las tarjetas monedero, en el curso de cumplirlos, solicitando la gestión y valoración de la tarjeta mediante registro de entrada adjuntando la documentación requerida. La valoración y gestión de los expedientes de la tarjeta monedero está encomendada a la unidad de servicios sociales. Una vez hecha la valoración, en caso de que cumpla con los requisitos y tenga aprobada la tarjeta, la persona solicitante tendrá entrevista con la técnica referente con el fin de firmar la hoja de compromiso y el plan de trabajo a seguir.En el caso de que los documentos adjuntados en la solicitud fueran incorrectos o incompletos, los servicios administrativos de la unidad de servicios sociales podrán requerir al interesado la corrección de las anomalías detectadas. Si el solicitante no enmienda dichas anomalías en el plazo máximo de 10 días hábiles, se procederá a la revocación de la solicitud de la tarjeta de alimentos.La técnica de servicios sociales emitirá informe propuesta que se valorará conjuntamente con la coordinadora que se cumplan los requisitos establecidos en estas bases. Posteriormente se realizará un decreto de alcaldía o concejal/a delegado/a para la aprobación del otorgamiento de la tarjeta. Se notificará en todos los casos al interesado/a la resolución del recurso sea favorable o no favorable.El Alcalde o concejal/a delegado/a ordenará el pago y la Tesorera efectuará las transferencias al número de cuenta habilitado por las tarjetas monedero.La notificación de la resolución se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.Si en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente de la solicitud de la subvención no se ha notificado la resolución, ésta se entenderá desestimada por silencio administrativo negativo.PagoEl pago de la subvención se efectuará mediante transferencia bancaria a la tarjeta monedero entregada al interesado/a.Infracciones y sancionesLas personas beneficiarias deberán llevar al área de servicios sociales durante los 15 a 30 días posteriores a la recarga económica de la tarjeta monedero los tiquets de las compras realizadas, y se podrán someter a las actuaciones de comprobación y seguimiento del gasto realizado con la finalidad de verificar la correcta utilización de la tarjeta monedero y que sigan cumpliendo los requisitos de estas bases.Serán causas de suspensión automática de la tarjeta monedero.1. No cumplimiento de las bases en el momento del control, seguimiento y evaluación.2. Dejar de residir en Torroella de Montgrí y L'Estartit, y los municipios que configuran el V sector (Gualta y Serra de Daró).3. Dejar de atender injustificadamente un requerimiento que el ente o el órgano gestor haya llevado a cabo para comprobar la continuidad de los requisitos de acceso a la tarjeta monedero.4. No informar al área de servicios sociales del/de los cambio/s (social/s, familiar/s, económico/s, sanitario/s) que se produzcan en relación con la unidad de convivencia, y que puedan afectar al mantenimiento del derecho a la percepción de la tarjeta monedero.5. El engaño en la acreditación de los requisitos.Serán causas de valoración por la suspensión de la tarjeta monedero.A) La venta o hacer un mal uso de los alimentos adquiridos con la tarjeta monedero.B) La no adquisición de los productos que se consideran básicos (según capítulo 7 determinante en las bases reguladoras) y sea sin causa justificada, no se podrá hacer renovación de la ayuda hasta una nueva valoración del SBAS.C) En caso de que durante una vez no se adquieran los productos básicos (según capítulo 7 determinado en las bases reguladoras) y sea sin causa justificada, no se podrá hacer renovación de la ayuda hasta una nueva valoración del SBAS.D) En caso de estancias fuera del municipio, sin previo aviso a la técnica referente, no se podrá hacer renovación de la ayuda hasta una nueva valoración del SBAS. Para estancias fuera del municipio se deberá informar al área de servicios sociales y la recarga económica de la tarjeta monedero quedará paralizada, hasta que la persona vuelva al municipio y avise de su retorno, y se valore la continuidad de la misma.E) La no presentación de los tickets justificantes de la compra, sin causa justificada, comporta la no recarga de la siguiente mensualidad.La recarga económica de las tarjetas monedero será mensual (hasta fecha de caducidad establecida en el plan de trabajo) y desde el momento que se aprueba por decreto siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en estas bases.La sanción que corresponda, se procederá durante el mes siguiente de haber comprobado la infracción.Régimen jurídicoPor lo no previsto en las bases reguladoras aprobadas y publicadas, resultará de aplicación supletoria, la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma, la legislación en materia de Régimen local, el Decreto Legislativo 2/2003, de 20 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña y las bases de ejecución del Ayuntamiento de Torroella de Montgrí, (la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas) así como todas aquellas normas de carácter general o procedimental que resulten de aplicación.La presentación de la solicitud implica la plena aceptación y conocimiento de las presentes bases.Potestativamente se puede interponer previamente recurso de reposición, ante el órgano que haya dictado el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de esta notificación. Si transcurre el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de interposición del recurso de reposición, sin que haya sido dictada y notificada la resolución expresa, el recurso de reposición entenderá desestimado, y en este caso, el recurso contencioso administrativo podrá interponerse en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la fecha en que presuntamente se haya desestimado el recurso de reposición. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o reclamación que considere conveniente interponer.PublicidadSe garantizan los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. Anualmente se suministra a la Base de Datos Nacional de Subvenciones un edicto de la convocatoria específica de estas bases, así como un extracto para su publicación en el BOP de Girona. Sin embargo, se anunciará en el e-tablero y en los medios de comunicación.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 10/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 10/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la convocatoria de las tarjetas monedero del Ayuntamiento de Torroella de Montgrí para la adquisición de alimentos de primera necesidad y/o productos de higiene personal, doméstica y medicamentos con prescripción médica del año 2026.Publicado 15/06/2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.