PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES51 - CATALUÑA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
13/06/2026
Fin de solicitudes
13/07/2026
Registro en BDNS
10/06/2026
Publicación en diario oficial
12/06/2026
Texto oficial de apertura: El día siguiente de la publicación en el BOPT
Texto oficial de cierre: Al cabo de un mes desde la fecha de publicación
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS:De conformidad con lo que establecen los artículos 17.3b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la sede electrónica de la Diputación de Tarragona:DIPUTACIÓN DE TARRAGONAÁrea de Promoción Social y CulturalCultura La Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona, en sesión de 9 de junio de 2026, ha aprobado la siguiente convocatoria.Primero. Beneficiarios Personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro de la demarcación de Tarragona.Los beneficiarios de estas subvenciones deben tener el domicilio fiscal en la demarcación de Tarragona. En el caso de solicitar actuaciones de reforma, mejora o conservación, deben tener la propiedad de los equipamientos o elementos patrimoniales, o tener la cesión o un contrato de alquiler por un mínimo de 10 años.Quedan excluidos los centros educativos, las asociaciones que están vinculadas, las asociaciones de familias y las asociaciones de madres y padres y sus federaciones, las parroquias, las asociaciones de vecinos y sus federaciones y las asociaciones de propietarios. Así mismo, las personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro, sin domicilio fiscal en la demarcación, aunque tengan la sede social.Segundo. FinalidadFinanciar pequeñas reformas de equipamientos culturales o de interés ciudadano y de valor cultural y/o patrimonial, para la compra de bienes inventariables y para la conservación en elementos patrimoniales.Tercero. Actividades subvencionadas y plazo de ejecuciónCon carácter general, se consideran susceptibles de subvención las tres tipologías de actuaciones siguientes:1. Obras de reforma y mejora de equipamientos culturales o ciudadanos destinados preferentemente a usos culturales, cívicos y sociales que pueden corresponder a proyectos completos o a fases de un proyecto mayor, con un presupuesto máximo de ejecución de 15.000 euros (sin IVA). Si se supera este importe la solicitud se desestima.2. Adquisición de mobiliario, equipamiento informático, otros bienes muebles y otros elementos que, dentro del concepto de bienes muebles, contribuyan a la mejora de las condiciones de la actividad propia de las personas jurídicas privadas sin ánimo de lucro y/o de los equipamientos culturales, deportivos, de interés ciudadano o de valor cultural que gestionan. El presupuesto máximo de adquisición es de 10.000 euros (sin IVA). Si se supera este importe la solicitud se desestima.3. Intervenciones de conservación en elementos patrimoniales culturales, como por ejemplo vestuario patrimonial de entidades, elementos tradicionales, etc. El presupuesto máximo para esta tipología es de 15.000 euros (sin IVA). Si se supera este importe la solicitud se desestima.El plazo para ejecutar las actuaciones subvencionadas se inicia el 1 de enero de 2026 y finaliza el 30 de junio de 2027.Cuarto. Bases reguladoras Bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona publicadas en el BOP de Tarragona de 27 de febrero de 2019. Quinto. Crédito presupuestario e importe total máximo La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas tiene carácter estimado y es de 1.750.000 euros, a cargo de la aplicación presupuestaria 2010-330-78900 del presupuesto del año 2027. La concesión de las subvenciones que incluye esta convocatoria está condicionada en la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2027.Sexto. Cuantía individualizada de la subvenciónEl crédito total disponible para la convocatoria se distribuye entre todas las solicitudes recibidas y admitidas a trámite y se subvenciona hasta el 90% del presupuesto elegible y hasta el importe máximo siguiente:- En las tipologías a (obras de reforma i mejora) i c (conservación de elementos patrimoniales): 9.500 euros.- En la tipología b (adquisiciones): 5.000 euros.Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de solicitudes se inicia el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOPT y finaliza en el plazo de un mes desde la fecha de publicación.Octavo. Forma de presentación de solicitudesEs obligatorio presentar la solicitud de subvención y el resto de documentación a través del trámite electrónico específico habilitado en: https://seuelectronica.dipta.cat, sede electrónica de la Diputación de Tarragona. Se puede presentar una única solicitud por entidad y NIF. La solicitud debe corresponder a una única tipología de actuación (de acuerdo con el punto 2 de la convocatoria).