encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 911830

Resolución 08/06/2026 del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de

AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 01:21 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Fomento del Empleo

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
16/06/2026
Fin de solicitudes
15/07/2026
Registro en BDNS
10/06/2026
Publicación en diario oficial
15/06/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias.

Primero. Entidades Beneficiarias.
1. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:
a) las entidades locales de la Comunitat Valenciana o las entidades sujetas a derecho público dependientes o vinculadas a éstas que vinieran ejerciendo competencias en materia de Empleo.
b) las entidades sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, en cuyos estatutos figure expresamente el desarrollo de programas de empleo con apoyo dirigidos a la inserción laboral de las personas con discapacidad.
2. En todo caso, las entidades a que hace referencia el apartado 1 deberán acreditar una experiencia de al menos 2 años en el desarrollo de proyectos de empleo con apoyo dirigidos a personas con discapacidad en empresas del mercado ordinario de trabajo.

Segundo. Objeto
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a fomentar los proyectos de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Tercero. Bases reguladoras
Orden 21/2016, de 20 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo (DOGV 25.10.2016), modificada por la Orden 14/2018, de 20 de septiembre de 2018 (DOGV 24.09.2018)

Cuarto. Cuantía.
1. Las subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 600.000 euros, fondos procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal, pudiendo incrementarse si concurre alguno de los supuestos previstos en el artículo 11.2 del Decreto 77/2019, de 7 de junio, del Consell, de regulación del procedimiento de gestión del presupuesto de la Generalitat. En todo caso, dicho incremento queda condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito, que deberá ser publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

2. El importe de la subvención se calculará en función del periodo en que se efectúe el apoyo, a contar desde el inicio del desempeño del puesto de trabajo por la persona atendida:
a) Durante los 6 primeros meses: 500 euros mensuales por persona atendida.
b) Entre los meses 7 a 12: 400 euros mensuales por persona atendida.
c) Entre los meses 13 a 18: 200 euros mensuales por persona atendida.
d) Entre los meses 19 a 24: 75 euros mensuales por persona atendida.
En los contratos fijos discontinuos, para el cálculo de este periodo, se tendrá en cuenta únicamente el tiempo efectivo de trabajo.
3. En uso de la habilitación competencial establecida en la disposición final primera de la Orden 21/2016, se actualiza el importe máximo que se subvencionará por preparador laboral, no pudiendo exceder éste, en cómputo anual, de 38.000 euros.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Orden 21/2016, de 20 de octubre, el importe de la subvención no podrá superar los 150.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará a las 10 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 15 de julio de 2026.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 10/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto firmado valencianoPublicado 10/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto firmadoPublicado 10/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 10/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 8 de junio de 2026, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordinario de trabajo.Publicado 15/06/2026ORDEN 21/2016, de 20 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al programa de empleo con apoyo en empresas del mercado ordi