¿A quién se dirige?
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 10/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 15/06/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente desde su publicación en el DOE
Texto oficial de cierre: Un mes desde la publicación en el DOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en elartículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de laconvocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de DatosNacional de Subvencioneshttps://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio y en el presente DOE.Primero. Objeto.La disposición adicional del Decreto 91/2026, de 12 de mayo, por el quese aprueban las bases reguladoras tiene por objeto efectuar la primeraconvocatoria de las subvenciones para el fomento de la integracióncooperativa en el sector agroalimentario de la Comunidad Autónoma deExtremadura, financiando los gastos derivados de los procesos deintegración previstos en el citado decreto.Las actuaciones subvencionables se describen en los capítulos I, II,III, IV y V del Decreto de bases reguladoras, y consistirán en:- Línea 1: Fusión de cooperativas.- Línea 2: Constitución de cooperativas de segundo grado o gruposcooperativos.- Línea 3: Incorporación a cooperativas de segundo grado o gruposcooperativos o a entidades asociativas inscritas.- Línea 4: Celebración de acuerdos intercooperativos.- Línea 5: Reconocimiento como Entidad Agroalimentaria Prioritaria.Segundo. Beneficiarias.Podrán ser beneficiarias las sociedades cooperativas agroalimentarias yde explotación comunitaria de la tierra, las sociedades agrarias detransformación y las entidades agroalimentarias prioritarias que cumplanlos requisitos establecidos en el artículo 5 del Decreto 91/2026, de 12de mayo.Tercero. Bases Reguladoras.La convocatoria se rige por el Decreto 91/2026, de 12 de mayo, por elque se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para elfomento de la integración cooperativa en el sector agroalimentario de laComunidad Autónoma de ExtremaduraCuarto. Cuantía.El importe total del crédito destinado a esta convocatoria será de500.000,00 euros y se financiará con cargo a los Presupuestos Generalesde la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2026, imputándose a laaplicación presupuestaria 120100000 G/325A/47000 CAG0000001 y código deproyecto 20160363 “Fomento de la integración cooperativa”, siendo lafuente de financiación los fondos propios de la Comunidad Autónoma, conel siguiente desglose por anualidad:- Anualidad 2026: 500.000,00 €Asimismo, el importe máximo individual de las subvenciones a concederpor cada línea de actuaciónserá el siguiente:· Línea 1. Fusión de cooperativas:- Modalidad 1 (Fusión): hasta el 75 % de los gastos subvencionables, conun límite máximo de 25.000,00 euros por entidad beneficiaria.- Modalidad 2 (Consolidación de la fusión): hasta el 75 % de los gastossubvencionables, con un límite máximo de 125.000,00 euros por entidadbeneficiaria.· Línea 2. Constitución de cooperativas de segundo grado o de gruposcooperativos: Hasta el 100 % de los gastos subvencionables, con unlímite máximo de 100.000,00 euros por entidad beneficiaria.· Línea 3. Incorporación a cooperativas, grupos cooperativos o entidadesasociativas de cooperativas agroalimentarias:- Para la incorporación a cooperativas o grupos cooperativos: hasta el100 % de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 75.000,00euros por entidad beneficiaria.- Para la incorporación a entidades asociativas de cooperativasagroalimentarias: hasta el 100 % de los gastos subvencionables, con unlímite máximo de 10.000,00 euros por entidad beneficiaria.· Línea 4. Celebración de acuerdos intercooperativos: Hasta el 75 % delos gastos subvencionables, con un límite máximo de 12.500,00 euros poracuerdo, pudiendo concederse hasta dos subvenciones por entidadbeneficiaria y convocatoria, siempre que los acuerdos no se suscribanentre las mismas partes.· Línea 5. Reconocimiento como Entidad Agroalimentaria Prioritaria deExtremadura: Hasta el 75 % de los gastos subvencionables, con un límitemáximo de 10.000,00 euros por entidad beneficiaria.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el díasiguiente al de la publicación de la convocatoria y la de su extracto enel Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es.Sexto. Otros datos.Las solicitudes, así como la información referente a la tramitaciónconcreta del procedimiento, se efectuarán a través de Sede ElectrónicaAsociada mediante el acceso a través del Punto de Acceso GeneralElectrónico, utilizando el modelo de solicitud disponible en lasiguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/5542