Plazo no verificadoBDNS 911957
PLAN 4 LÍNEA 6 2026 SUBVENCIONES REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL
AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IRSST)
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 01:24 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES30 - COMUNIDAD DE MADRID
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 30/09/2026
- Registro en BDNS
- 10/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 18/06/2026
Texto oficial de apertura: DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN EN EL BOCM DEL EXTRACTO
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Extracto publicado
BDNS: XXXXXDe conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvencioneshttps://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias y en la página webinstitucional de la Comunidad de Madrid (https://www.comunidad.madrid ).PrimeroBeneficiariosPersonas físicas o jurídicas, siempre que tengan uno o varios trabajadores por cuentaajena, tengan actividad económica en la Comunidad de Madrid y realicen los gastos oactividades objeto de subvención en centros de trabajo situados dentro del territorio dela Comunidad Autónoma.En caso de trabajadores autónomos, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones den o noocupación a personas trabajadoras por cuenta ajena.SegundoObjetoLa línea 6 tiene por objeto la promoción de la salud en el trabajo, con el fin decontribuir de manera activa a la mejora de la salud y el bienestar general del personaltrabajador y cumplir con la visión de la Red Europea de Promoción de la Salud en elTrabajo (ENWHP): "Trabajadores sanos en empresa saludables" a través de actuacionesencaminadas a la prevención del tabaquismo, alimentación saludable, actividad física yestrés.TerceroBases ReguladorasOrden de 23 de mayo de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, publicada enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de junio de 2023 (Núm. 132).CuartoCuantía y financiación de las ayudasEl presupuesto máximo previsto, para el total de los gastos subvencionables definidos enla convocatoria para la línea 3 asciende a 200.000,00 €.Las ayudas se instrumentarán en forma de subvenciones según los tramos siguientes:a) El tramo del total de los gastos acreditados, desde 1.000,00 hasta 10.000,00 euros:Subvención del 100 por 100 de los mismos. (En consecuencia, el tramo de 0 a 999,99 eurosno es subvencionable).b) El tramo del total de los gastos acreditados superior a 10.000,00 euros: Subvencióndel 60 por 100 de los mismos.Se establecen los siguientes importes máximos:o El máximo total a conceder será de 20.000,00 euros por línea.o El importe máximo a conceder, sumados los importes concedidos en todas las líneas enlas que se solicite ayuda, será de 30.000,00 euros por empresa y convocatoria.No se admite el pago anticipado a los beneficiarios de la subvención concedida.QuintoPlazo de presentación de solicitudesComenzará el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid y concluirá el día 30 de septiembre de 2026.SextoGastos subvencionables.Serán gastos subvencionables los servicios y materiales relacionados con la ejecución deprogramas cuyo fin sea la promoción de la salud de los trabajadores en las empresasrelativos a:• Actuaciones de información sobre alimentación saludable.• Ofrecimiento de comida saludable en comedores empresariales.• Organización de actividades deportivas dentro de la empresa.• Contribución y colaboración en los costes de las actividades físicas ajenas al centrode trabajo.• Estudios de la situación de absentismo laboral de la entidad solicitante, queincluyan recomendaciones en materia preventiva orientadas a la reducción de dichoabsentismo en los centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid.De forma particular, dentro del gasto de contribución y colaboración en los costes de lasactividades físicas ajenas al centro de trabajo, entre otras, se consideransubvencionables sesiones de fisioterapia y osteopatía en puestos de trabajo con riesgospor trastornos musculo esqueléticos.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 10/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden de 1 de junio de 2026 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan para 2026 las subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, referido a la Línea 6: "Gastos para la promoción de la salud en el trabajo”Publicado 18/06/2026ORDEN DE 23 DE MAYO DE 2023, DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO,POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, DURANTE LA VIGENCIA DEL VI PLAN DIRECTOR DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE MInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.