Plazo no verificadoBDNS 911980
CONCURSO DE FOTOGRAFÍA OTOÑO EN CHAMBERÍ DEL DISTRITO DE CHAMBERÍ 2026
LOCAL · MADRID · DISTRITO DE CHAMBERÍ
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 01:24 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES300 - Madrid
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 10/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 28/09/2026
Texto oficial de apertura: DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: 10 DIAS HABILES
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto del Decreto de 9 de junio de 2026, del Concejal Presidente del Distrito de Chamberí, por el que se aprueba la convocatoria del Concurso de fotografía “otoño en Chamberí” del Distrito de Chamberí 2026.BDNS (Identif.): ______De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).Objeto y ámbito de la convocatoria.El Distrito de Chamberí convoca el concurso de fotografía “otoño en Chamberí” del Distrito de Chamberí 2026, dirigido a todas las personas con habilidades e intereses fotográficos, que deseen participar en el certamen.Régimen jurídico aplicable.El concurso se regirá por lo establecido en la presente convocatoria y en la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de fecha 30 de octubre de 2013, modificada por la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 296.En su defecto, se regulará por lo dispuesto en la citada Ordenanza, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 6 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de estas subvenciones, no resulte aplicable.Crédito presupuestario e importe del premio.El importe de los premios de este concurso asciende a 2.000 euros imputables a la aplicación presupuestaria 001/207/334.01/482.03 “Actividades culturales/premios”.Se establecen tres premios monetarios para los tres primeros clasificados:- Primer clasificado: un premio de 1.000 euros.- Segundo clasificado: un premio de 700 euros.- Tercer clasificado: un premio de 300 euros.La cuantía de cada uno de estos premios no podrá ser dividida en modo alguno.El jurado podrá determinar que cualquiera de los premios quede desierto.Requisitos de participación.Podrán participar todas las personas mayores de edad, de nacionalidad española y extranjeros, residentes en España.No podrán participar en la convocatoria las personas que, cumpliendo los requisitos específicos, estén incursos en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.La solicitud conlleva la autorización para que el órgano instructor pueda obtener la información de consulta y verificación de los datos de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), la Agencia Tributaria de Madrid y la Seguridad Social.En el supuesto de que la persona solicitante no autorice la verificación de los datos mencionados, deberá aportar la correspondiente certificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.No obstante, tratándose de un importe que no supera los 3.000 euros, dichas certificaciones podrán ser sustituidas por una declaración responsable.La solicitud incluirá la declaración por parte de la persona solicitante de que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Público, así como de no estar incursos en alguna de las causas señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 27 del reglamento que la desarrolla.En caso de resultar premiado, deberá haber autorizado la consulta o aportar los certificados referidos.En todo caso, no se podrá exigir la presentación de documentos o la aportación de datos que ya estén en poder de las Administraciones Públicas. A estos efectos, el solicitante deberá declarar en qué administración, institución pública u órgano administrativo consta el dato o la documentación original.Lugar, condiciones y plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes de participación debidamente cumplimentadas, según el modelo que se obtendrá a través de la sede electrónica (https://sede.madrid.es) se dirigirán al Departamento de Cultura y Deportes del Distrito de Chamberí y se presentarán junto con el resto de la documentación exigida, en el Registro del Ayuntamiento de Madrid durante el plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, por alguna de las siguientes vías:a) Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://sede.madrid.es). En ese caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid. Deberán aportarse dos archivos independientes uno de ellos con los datos del participante y otro con la fotografía.b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Deberán aportarse dos documentos independientes uno de ellos con los datos del participante y otro como adjunto con la fotografía.Asimismo, la solicitud incorporará una declaración responsable mediante la que el autor asegura, en su caso, que la obra presentada es original e inédita y que no ha sido presentada, publicada ni premiada en otro certamen o concurso antes del envío de la obra a esta convocatoria.En caso de no formular dicha declaración no será admitido al concurso.Por otro lado, también se incluirá un apartado mediante el que el interesado manifieste, en su caso, su conformidad para la publicación de su identidad en orden a la eventual exposición o publicación de las obras.El resultado del concurso se hará público, sin perjuicio de su posterior publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) antes del día 29 de noviembre de 2026.Las fotografías ganadoras de los tres premios, así como los derechos de publicación y reproducción de estas, pasarán a ser propiedad de la Junta Municipal y podrán ser posteriormente expuestas en el lugar, fecha y espacio pendiente por determinar.Las fechas tienen carácter orientativo, pudiendo estar sometidas a posibles modificaciones, en función de las necesidades organizativas que se planteen. En todo caso, las mismas serán debidamente comunicadas a todos los participantes.Composición de las obras y criterios de valoración.Cada participante podrá concurrir con una obra. Las obras deberán ser originales y no podrán haber sido premiadas en ningún otro certamen.Las fotografías podrán ser en color o en blanco y negro.El tamaño de la obra será libre, en formato vertical u horizontal.La temática versará en torno al Distrito de Chamberí y a sus gentes, así como al entorno, calles, plazas, fuentes, parques, monumentos, etc.Las obras que no cumplan con los criterios anteriores no serán admitidas.El jurado valorará las obras según los siguientes criterios y puntuaciones (máximo 50 puntos):- Originalidad e innovación (hasta 15 puntos).- Creatividad (hasta 15 puntos).- Calidad artística (hasta 15 puntos).- Ajuste a temática (hasta 5 puntos).El jurado elegirá seis obras, establecido una prelación, siendo premiadas las tres primeras y quedando como reserva las restantes.Una vez emitido el fallo del jurado, el Distrito de Chamberí se quedará con la propiedad de los trabajos ganadores del concurso, pudiendo publicarlos, adecuarlos, así como reproducirlos siempre de acuerdo con los fines municipales para los que se creó la obra.No se admitirá la inclusión en las obras de contenidos ofensivos, que hieran la sensibilidad o inciten a conductas discriminatorias o violentas, reservándose la organización el derecho a excluir a los artistas participantes que, según su criterio, no cumplan con las condiciones exigidas en el concurso.En Madrid, a 9 de junio de 2026.El Concejal-Presidente del Distrito de Chamberí, Jaime GonzálezTaboada.
Bases y documentación
Modificación de la convocatoriaPublicado 18/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 18/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la CONCURSO DE FOTOGRAFÍA OTOÑO EN CHAMBERÍ DEL DISTRITO DE CHAMBERÍ 2026Publicado 28/09/2026ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OPInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.