Plazo no verificadoBDNS 912043
Subvenciones plurianuales destinadas al desarrollo de la modalidad de prestación de servicio de taxi denominada “Coche de Punto”, consistente en servicios de taxi compartido a varias personas usuarias
LOCAL · PONTEVEDRA · AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 01:25 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES114 - Pontevedra
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Subvenciones al transporte
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 10/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 15/06/2026
Texto oficial de apertura: día siguiente de publicacion BOP
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles desde publicacion BOP
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Extracto publicado
1º. Objeto de la convocatoria.La finalidad de la convocatoria de esta línea de subvenciones de carácter plurianual es el desarrollo de la modalidad de prestación de servicio de taxi denominada “Coche de Punto”, consistente en servicios de taxi compartido a varias personas usuarias, con cobro individual por plaza, en zonas de baja densidad, con trafico débil y/o sin las mínimas condiciones de accesibilidad, del Ayuntamiento de Pontevedra, que permita facilitar y apoyar la prestación, por las personas operadoras de los taxis, de este servicio discrecional de coche de punto, como modalidad de precontratación por plaza con pago individual, destinada a facilitar el desplazamiento de ida y vuelta de las personas entre zonas rurales y periféricas de baja densidad a hospitales, centros de salud, residencias, centros administrativos y, en general, a los servicios, dotaciones y a los polos de atracción de la movilidad.2º. Persona y/o entidad beneficiaria.Podrá ser beneficiaria directa de estas ayudas la persona, física o jurídica, que reúna los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria determinados en la normativa jurídica de aplicación; básicamente en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y en el artículo 8 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, incluidos los reflejados en la base 5ª, cuya actividad esté relacionada con el sector del taxi y que vaya a realizar la actividad que fundamenta el otorgamiento o que se encuentre en situación que legitime su concesión y que resulte elegida en aplicación de los criterios de selección que se establecen. La beneficiaria deberá disponer de la capacidad suficiente para coordinar y gestionar esta modalidad de servicio y para operar una central de reservas de taxis en el término municipal del Ayuntamiento de Pontevedra.3º Bases reguladoras.La concesión de estas ayudas se regirá por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprobó su reglamento, en sus preceptos básicos; por la legislación básica del Estado en materia de régimen local, por la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; por los preceptos no básicos de la Ley 38/2003 y del Real decreto 887/2006, por lo dispuesto en la Ordenanza general reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de Pontevedra; por las bases reguladoras que se contienen en la presente convocatoria, por las Bases de Ejecución de los vigentes presupuestos municipales y por las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.4º Presupuesto, importe máximo de la subvención y gastos subvencionables .Para la financiación de estas subvenciones se destinará una cuantía total máxima de 115.000€ en el período anual subvencionable, cuyo importe para el año 2026 se reduce a la mitad, al comenzar a operar en el segundo semestre del año, por lo que el importe total en el período 2026-2029 será de 402.500€.Los 57.500 € correspondientes a este período anual, se imputarán a la aplicación presupuestaria 10/4412/47200 del presupuesto del Concello del año 2026.El importe total subvencionable en el período total de la convocatoria, de 402.500€, se distribuirá anualmente conforme al siguiente cuadro plurianual:El porcentaje subvencionable cubrirá la diferencia entre los ingresos de cada persona operadora del servicio de taxi sujeto a la tarifa de usuario y el 100% del coste del servicio, calculado con las tarifas de equilibrio correspondientes a esta modalidad, debido a las especiales razones de interés público y social que concurren en la presente ayuda para el desarrollo y continuidad de esta modalidad de servicio, junto con la compensación de los costos o gastos generales de gestión, hasta un importe del 15% del montante total de las tarifas de equilibrio, con un máximo de 15.000 € por año.La cuantía máxima del importe de las tarifas de equilibrio que podrá recibir cada persona operadora adherida no podrá superar los 14.000 euros por período anual subvencionado, aunque podrá ser menor según el reparto de servicios que se realice en condiciones homogéneas y de disponibilidad.No se podrán otorgar subvenciones por cuantía superior a la que se determine en la presente convocatoria.La subvención que se otorgue será incompatible con otras ayudas o subvenciones de entes públicos o privados que tengan el mismo objeto.5ª. Requisitos y compromisos de las personas beneficiarias1º Podrá ser beneficiaria de esta subvención cualquier persona física o jurídica de las referidas en la base 2ª que asuma los compromisos de gestión que se determinan en las presentes bases y en la regulación de la modalidad, incluido el compromiso de gestionar la prestación de la modalidad por los servicios efectivamente realizados por todas aquellas personas operadoras habilitadas, voluntariamente adheridas al servicio de coche de punto diferentes a las que se aporten con la solicitud de subvención, además de cumplir los requisitos que se señalan en el punto siguiente.2° Las personas beneficiarias deberán reunir los siguientes requisitos:a) Disponer de capacidad jurídica y/o de un objeto social o dedicación acorde con las actividades que son objeto de las ayudas.b) Disponer, además, de la capacidad suficiente para coordinar y gestionar esta modalidad de servicio, tanto con los operadores que anexe a su solicitud, que deberá ser como mínimo de 15 licencias, para garantizar la prestación de la modalidad, como para el resto de personas operadoras que se adhieran a la modalidad, así como para poder operar una central de reservas de taxis en este término municipal, a través de una plataforma que proporcionará el Concello de Pontevedra.c) No estar incursas en ninguna de las prohibiciones para recibir subvenciones ni tener pendiente de justificación ninguna subvención con el Concello de Pontevedra. Conforme con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, las beneficiarias deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales con el Concello de Pontevedra, con las haciendas Públicas (estatal y autonómica) y con la Seguridad Social.3° La persona beneficiaria se compromete a:a) Ejecutar la actividad subvencionada para organizar el servicio y hacer llegar a los operadores de esta modalidad de prestación “coche de punto” las tarifas de equilibrio que les correspondan, haciendo posible la aplicación por los operadores habilitados de los descuentos necesarios para el cobro de una tarifa fija a los usuarios.b) Comprobar el cumplimiento y ejecución de la actividad, así como la realización de la finalidad para la que se otorga la subvención, actividades en las que se incluye la gestión de una central de reservas, que se desarrollará a través de la plataforma informática de gestión municipal que le pondrá a disposición el Conccello de Pontevedra para gestionar la subvención y el ulterior control municipal, junto con una central telefónica que deberá operar la persona o entidad beneficiaria, en las condiciones básicas que se derivan del Proyecto de Explotación y del anexo de estas bases.c) Llevar a cabo las actuaciones de apoyo, dirección y control de gestión de la modalidad, con distribución de las tarifas de equilibrio vigentes, una vez descontados los gastos generales de esta gestión del 15%, a las personas operadoras habilitadas para esta prestación, en orden a cubrir los costos de la explotación por la fijación de una tarifa fija de las personas usuarias.d) Rendir la justificación de la subvención en los términos y plazos que se establecen en estas bases.e) Facilitar, si fuere el caso, toda la información que le sea requerida por el Concello de Pontevedra en relación con la ejecución de la subvención, de conformidad con sus funciones de control del destino de la ayuda económica regulada y a comunicar al Concello, si fuere el caso, cualquier alteración en las condiciones tenidas en cuenta para el otorgamiento de la presente subvenciónf) Colaborar con el Concello en las actividades de difusión y promoción de la medida adoptada, a divulgar el funcionamiento de la modalidad de prestación y a utilizar el gallego en la publicidad de la modalidad de prestación, que deberá emplear un lenguaje no sexista.g) A cumplir las obligaciones referidas al tratamiento y a la protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.h) Extender estos compromisos y obligaciones, tanto a las licencias que anexe a su solicitud como a todas aquellas licencias que presenten un formulario de adhesión, según lo regulado en las presentes bases y que se adhieran, por tanto, a esta modalidad de prestación.6ª. Criterios para la puntuación de las solicitudes presentadas.La concesión de las ayudas se realizará a una única beneficiaria, después de la comparación de las solicitudes presentadas, sin perjuicio de que el servicio en esta modalidad estará abierto a todas las licencias adheridas individualmente.Los criterios que servirán para determinar la puntuación y el orden de preferencia de las solicitudes y para elegir a la persona física o jurídica a la que se otorgará la subvención consistirán, en primer lugar, en comparar el número de formularios de adhesión de titulares de licencias que voluntariamente se comprometan a prestar la modalidad de coche de punto y que se aporten con la solicitud, para garantizar el desarrollo de la modalidad.En el caso de empate en el criterio de comparación, el criterio de desempate será el de la antigüedad de la persona o entidad en el desarrollo de su actividad y la disposición de una central de reservas en un ámbito territorial que comprenda al objeto de la prestación7ª. Plazo de presentación de las solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. La solicitud se presentará obligatoriamente por medios electrónicos y a través de la sede electronica municipal http://sede.pontevedra.gal/.
Bases y documentación
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