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Plazo no verificadoBDNS 912139

Orden de 3 de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el apoyo a los centros de información a la mujer (CIM), de forma individual y mediante el siste

AUTONOMICA · GALICIA · CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 01:28 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES11 - GALICIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
13/06/2026
Fin de solicitudes
13/07/2026
Registro en BDNS
11/06/2026
Publicación en diario oficial
12/06/2026

Texto oficial de apertura: Un mes contado a partir do día seguinte ao da publicación da resolución no Diario Oficial de Galicia

Texto oficial de cierre: Un mes contado a partir do día seguinte ao da publicación da resolución no Diario Oficial de Galicia

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS (identif.): 000000.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/convocatoria/xxxx

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en esta orden los ayuntamientos, mediante solicitud individual o mediante solicitud conjunta de agrupación o asociación de ayuntamientos, las mancomunidades de ayuntamientos de Galicia y los consorcios locales de Galicia, constituidos exclusivamente por ayuntamientos, así como las entidades resultantes de una fusión municipal, siempre que reúnan los demás requisitos y condiciones establecidos en las bases reguladoras. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta convocatoria las diputaciones provinciales.

Según. Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto establecer las bases reguladoras y convocar en el año 2026 las subvenciones a las entidades locales de Galicia, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, para el apoyo a los centros de información a la mujer (en adelante, CIM) acreditados según lo establecido en el Decreto 130/2016, de 15 de septiembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento y acreditación de los centros de información a la mujer de titularidad de las entidades locales de Galicia, así como para la modificación y extinción de su reconocimiento (código de procedimiento SI427B).

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 3 de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el apoyo a los centros de información a la mujer (CIM), de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento SI427B).

Cuarto. Importe

1. A las subvenciones objeto de esta convocatoria se destina un crédito por un importe total de cinco millones setenta y cinco mil quinientos ocho euros (5.075.508,00 €) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, distribuidos en dos anualidades y que se imputarán a las aplicaciones presupuestarias siguientes:

AplicaciónCódigo de proyectoImporte 2026 (€)Importe 2027 (€)Total (€)
08.07.313B.460.02015 001443.045.508,001.800.000,004.845.508,00
08.07.313D.460.0230.000,000,00230.000,00
Total3.275.508,001.800.000,005.075.508,00

2. La cuantía total máxima de ayuda es de 52.000,00 euros, en caso de que se trate de una solicitud individual, y de 120.000,00 euros, en caso de que se trate de una solicitud para la gestión compartida o de una entidad resultante de una fusión de ayuntamientos.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo lo correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes del vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

Santiago de Compostela, 3 de junio de 2026
Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social e Igualdad

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 11/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 11/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden de 3 de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el apoyo a los centros de información a la mujer (CIM), de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento SI427B).Publicado 12/06/2026Orden de 3 de junio de 2026_Subvenciones Programa de apoyo a los CIM 2026