PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES62 - REGION DE MURCIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
12/06/2026
Publicación en diario oficial
16/06/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a su publicación en el B.O.R.M.
Texto oficial de cierre: Quince días naturales a contar desde el día siguiente a su publicación en el B.O.R.M.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. - BeneficiariosPodrán ser beneficiarios de las subvenciones objeto de las presentes bases los deportistas individuales empadronados en Los Alcázares con una antigüedad mínima de tres años ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, que posean la condición de Deportistas de Élite o de Alto Rendimiento de la Región de Murcia. Segundo. - Objeto Las presentes bases tienen como objeto establecer y regular la concesión, por el Ayuntamiento de Los Alcázares, de las subvenciones a deportistas individuales del municipio, por su participación en competiciones de carácter federativo y los logros deportivos obtenido durante los dos años anteriores, a la convocatoria de la subvención. El procedimiento para la concesión de éstas será el de concurrencia competitiva, estando sujeto a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Tercero. – Bases ReguladorasEstas subvenciones se regirán por lo establecido en las Bases Reguladoras y Procedimiento para la Concesión de Subvenciones a Deportistas Individuales del Municipio de los Alcázares, aprobadas por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria el 2 de marzo de 2026 (BORM, nº80, de 9 de abril de 2026), en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; en la Ordenanza General de Subvenciones, aprobada por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria, celebrada el día 3 de mayo de 2010 y publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia núm. 210, de 10 de septiembre de 2010 y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una relación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria, adjudicando, con el límite fijado en el punto siguiente, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios. Cuarto. – Cuantía y Consignación PresupuestariaLos créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención ascienden a un total de 10.000€, con cargo a la aplicación presupuestaria 2026.341.480.08.El importe de la subvención no podrá superar los 2.500,00 euros por deportista.Quinto. – Plazo de Presentación de solicitudes. El plazo de presentación es de 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) del extracto de la convocatoria.