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Plazo no verificadoBDNS 912822

Resolución de 11 de junio de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de razas autóctonas españolas

AUTONOMICA · PRINCIPADO DE ASTURIAS · CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 01:45 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES120 - Asturias

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
12/06/2026
Publicación en diario oficial
22/06/2026

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de publicación del e

Texto oficial de cierre: 20 días contados a partir del día siguiente al de

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Extracto publicado

Por Resolución de 11 de junio de 2026, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, se aprueba la convocatoria de ayudas al fomento de las razas autóctonas españolas para el año 2026, cuyo objeto era la concesión de subvenciones, por importe global de 30.000 € (TREINTA MIL EUROS), destinadas a contribuir a la financiación de actuaciones que persigan el fomento de dichas razas en el Principado de Asturias. (Extracto publicado en el BOPA de 22/06/2026)Por Resolución de 28 de septiembre de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, se resuelve ampliar con un importe adicional de 60.000 ,00 € con cargo al ejercicio 2026 y al concepto presupuestario 19.02-712F-483.085 (código de proyecto 2026/000429), el gasto autorizado para la concesión de ayudas destinadas al fomento de razas autóctonas españolas.Como consecuencia de ello, el Apartado Cuarto, "Importe" del extracto de la citada Resolución de 11 de junio pasa a tener la siguiente redacción:Cuarto.-Importe:El importe de la ayuda por beneficiario será calculado en función de las disponibilidades presupuestarias para el año 2026 (90.000,00 €) y el número de beneficiarios de la ayuda.La presente resolución no implica la apertura de nuevo plazo de presentación de nuevas solicitudes

Primero.-Beneficiarios:Ser organización o asociación de ganaderos reconocida por la comunidad autónoma del Principado de Asturias para la llevanza del Libro Genealógico de la raza.Segundo.-Finalidad:Contribuir a financiar los gastos ocasionados por la realización de alguna de las actividades enmarcadas en las siguientes líneas de actuación:-,,Línea a) Creación o mantenimiento de libros genealógicos.-,,Línea b) Actividades que se deriven del desarrollo del programa de mejora oficialmente reconocido para la raza.Tercero.-Bases reguladoras:El Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas (BOE 08/12/2011), modificado por Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo (BOE 14/03/2015), por Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE 01/03/20219) y por Real Decreto 663/2023, de 18 de julio (BOE 20/07/2023).El Real Decreto 1133/2025, de 10 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas (BOE de 12/12/2025) deroga al Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, si bien establece en su Disposición Final Tercera "El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", si bien surtirá efectos a partir de la primera convocatoria que se publique para el ejercicio 2027".Cuarto.-Importe:El importe de la ayuda por beneficiario será calculado en función de las disponibilidades presupuestarias para el año 2026 (30.000,00 €) y el número de beneficiarios de la ayuda.Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes:20 días, contados a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del presente extracto.Sexto.-Otros datos:En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0155T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.Plazo de justificación: El plazo de justificación del gasto finaliza el día 5 de noviembre de 2026.

Bases y documentación

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