CONVOCATORIA Y BASES PARTICULARES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, EN EL ÁMBITO DE LA CULTURA PARA EL EJERCICIO 2026.
LOCAL · HOSPITALET DE LLOBREGAT, L' · AYUNTAMIENTO DE HOSPITALET DE LLOBREGAT, L'
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES511 - Barcelona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
15/06/2026
Publicación en diario oficial
17/06/2026
Texto oficial de apertura: Al dia siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP Barcelona
Texto oficial de cierre: Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto en el BOPB
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios.Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones:Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que desarrollen programas, proyectos o actividades que correspondan con las líneas de subvención y los objetivos estratégicos establecidos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2026-2027 indicados en el apartado 1 de esta convocatoria.Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de comunidad económica o patrimonio separado sin ánimo de lucro que, aunque no tengan personalidad jurídica, acrediten disponer de un número de identificación fiscal, además de desarrollar programas, proyectos o actividades que correspondan con las líneas de subvención y los objetivos estratégicos2 indicados en el apartado 1 de esta convocatoria.Los requisitos para la solicitud y la forma de acreditarlos están recogidos en las bases particulares de la convocatoria.Segundo. Objeto.El objeto de esta convocatoria es coadyuvar al desarrollo de programas, proyectos y actividades de las entidades ciudadanas que fomenten una actividad de utilidad pública, de interés social o de promoción de la consecución de un fin público, cuya finalidad se corresponda con los objetivos estratégicos siguientes establecidos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2026-2027, la/las, en el servicio gestor que se indica a continuaciónObjetivo estratégico: OE4 “ Potenciar la educación y la cultura en los barrios, motores del cambio social y de una ciudad transformadora”Línea de subvención: OE4-01 “Promoción de actividades e iniciativas culturales que fomenten una cultura de calidad, diversa y comunitaria”Área de gestión: Ciudad TransformadoraServicio gestor: CulturaTercero. Bases reguladoras.Bases particulares aprobadas por la Junta de Gobierno Local en fecha 29 de abril de 2026 y publicadas en el BOPB número CVE 202610084260 de fecha 5 de mayo de 2026 y en el DOGC de fecha 5 de mayo de 2026.Cuarto. Cuantía.El importe de esta convocatoria se fija en la cantidad de 229.200,00 €, que se imputará a las siguientes aplicaciones presupuestarias del presupuesto municipal del ejercicio 2026: Aplicación presupuestaria: 05 3340 24890000Denominación de la aplicación: TRANSFERENCIAS A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN ANIMO DE LUCROCrédito inicial: 84.200,00 €Aplicación presupuestaria: 05 3342 24890002Denominación de la aplicación: TRANSFERENCIAS A FAMILIAS E INST SIN ANIMO LUCRO. ENTIDADES CULTURAL POPULAR Y TRADICIONALCrédito inicial: 145.000,00 €Como regla general, las subvenciones no excederán del 50% del presupuesto total del proyecto, programa o actividad. Sin embargo, la Comisión Calificadora podrá proponer que se supere este porcentaje o se subvencione hasta el 100 % de dicho presupuesto, previa justificación de las circunstancias de interés público local por parte del instructor/a que lo avalen. En ningún caso, la cantidad propuesta podrá superar la cantidad solicitada por la persona beneficiaria.Quinto. Plazo por la presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona.Cualquier documentación relacionada con estas Bases (solicitudes, formularios, alegaciones, etc.), que deba presentarse, se hará en formato electrónico en la Sede electrónica del Ayuntamiento. Sexto. Otros datos.Modalidades de subvención de las basesLa presente convocatoria prevé las modalidades de subvención siguientes:Subvenciones generales, cuando tengan por finalidad otorgar ayudas económicas para la financiación global de la actividad que la persona beneficiaria desarrolla desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.Subvenciones puntuales, cuando tengan por finalidad otorgar ayudas económicas para la financiación de una actividad o proyecto concreto que se desarrolle durante el año 2026 , excepto que en el acuerdo de concesión se fije un período de ejecución diferente, el cual nunca puede ser superior a 12 meses y siempre debe iniciarse dentro de este año. No se podrá solicitar una subvención puntual para una actividad que ya este incluida en el proyecto para el cual se solicita la subvención general.Modalidades de justificación de las basesDe acuerdo con los artículos 72 y 74 RGS, la justificación del cumplimiento de las condiciones y de los objetivos que se determinan en el acto de concesión de la subvención se acreditará de la siguiente forma:Mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, cuando el importe del proyecto sea igual o inferior a 40.000,00 €.Mediante cuenta justificativa con aportación de informe auditor, cuando el importe del proyecto sea superior a 40.000,00 €.Plazos de justificación de las basesCuando se trate de la modalidad de justificación con cuenta justificativa con aportación de justificante de gasto:Plazo de presentación: Salvo que en el acuerdo de concesión de la subvención se fije un plazo diferente dado el período de ejecución del proyecto subvencionado o dada la fecha de la propuesta de resolución, la justificación debe presentarse dentro del plazo que va desde la fecha de finalización de la actividad hasta el 15 de marzo de 2027. Cuando se trate de la modalidad de justificación con cuenta justificativa con aportación de informe auditor:Plazo de presentación: Salvo que en el acuerdo de concesión de la subvención se fije un plazo diferente dado el período de ejecución del proyecto subvencionado o dada la fecha de la propuesta de resolución, la justificación debe presentarse dentro del plazo que va desde la fecha de finalización de la actividad hasta el 15 de marzo de 2027.