Plazo no verificadoBDNS 913993
Convocatoria ayudas municipios y mancomunidades actuacionesPlan Corresponsables
AUTONOMICA · LA RIOJA · CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 02:06 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES230 - La Rioja
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 18/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 22/06/2026
Texto oficial de apertura: A partir dia siguiente publicacion del extracto en el BOR
Texto oficial de cierre: 10 dias habiles desde dia siguiente publicacion en BOR extracto conv
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.- Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los municipios y mancomunidades que, no incurriendo en las prohibiciones relacionadas en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, habiliten servicios de atención y cuidado profesional dirigidos a la atención de menores de hasta 16 años, de acuerdo con los requisitos establecidos en la orden y en la presente convocatoria. Segundo.- Objeto. Serán objeto de subvención las actividades o proyectos que se ajusten a lo previsto en la orden y en la resolución de convocatoria y que se realicen entre el 15 de octubre de 2026 y el 15 de abril de 2027. Tercero.- Bases reguladoras. Orden IPA/53/2021, de 13 de septiembre por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a municipios y mancomunidades de La Rioja para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables (BOR nº 183 de 15 de septiembre), modificada por Orden IPA 24/2022, de 19 de mayo, (BOR nº 97 de 23 de mayo). Cuarto.- Cuantía de las ayudas. El gasto de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un total de 696.000 euros correspondientes al Presupuesto de Gastos de la Consejería de Salud y Políticas Sociales para el ejercicio 2026. De acuerdo con el reparto y la distribución realizada conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la orden, la financiación establecida para la prestación del servicio, que se concede de forma lineal a los 174 municipios, asciende a un importe de 4.000,00 euros, atendiendo al crédito disponible. De este modo se asegura que la totalidad de los municipios dispongan de la financiación mínima necesaria para la ejecución de, al menos, uno o dos proyectos de conciliación y cuidado durante los periodos vacacionales escolares de Navidad y Semana Santa. Se incorpora a esta segunda convocatoria la cantidad máxima correspondiente a cada municipio. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Sexto.- Otros datos de interés. - Convocatoria. El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24933 - Solicitudes. Se presentarán de forma electrónica a través de la página web del Gobierno de La Rioja https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24933 mediante la cumplimentación del anexo I puesto a disposición en la misma dirección. - Documentación: Junto con la solicitud deberá presentarse la documentación recogida en el artículo 8.3 de la Orden reguladora. A estos efectos se pone a disposición de los solicitantes los anexos II, III y IV. En el caso de que una mancomunidad de municipios formule la solicitud, los municipios que la integren no podrán presentar solicitudes de manera individual, siendo inadmitidas las solicitudes que vulneren esta condición. Podrá solicitarse la financiación para la realización de varios proyectos en una misma solicitud, si bien el importe máximo a conceder a cada municipio o mancomunidad no podrá exceder del establecido conforme al reparto recogido en la presente resolución. - Procedimiento de concesión: La concesión de estas subvenciones se realizará en régimen de concurrencia no competitiva mediante reparto con arreglo a lo establecido en el artículo 7 de la orden. - Justificación: Las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa recogida en el artículo 12 de la Orden IPA/53/2021, de 13 de septiembre, modificada por Orden IPA 24/2022 de 19 de mayo, a medida que vayan finalizando los proyectos subvencionados y como fecha límite el 11 de mayo de 2027. En el caso de proyectos que se ejecuten con medios propios de las entidades locales, mediante la contratación de personal, se establece como fecha límite el 27 de mayo de 2027 a efectos de la presentación de la documentación justificativa acreditativa del abono de los documentos de cotización a la seguridad social.
Primero.- Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas los municipios y mancomunidades que, no incurriendo en las prohibiciones relacionadas en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, habiliten servicios de atención y cuidado profesional dirigidos a la atención de menores de hasta 16 años, de acuerdo con los requisitos establecidos en la orden y en la presente convocatoria. Segundo.- Objeto. Podrá ser objeto de subvención el desarrollo de servicios y actuaciones dirigidos a menores de hasta 16 años (podrán participar personas con discapacidad reconocida siempre que las actividades no se diseñen, orienten o ejecuten con el propósito de atender exclusivamente a estas personas como único grupo beneficiario) que contribuyan a la conciliación de la vida personal familiar y laboral conforme a las demandas y necesidades de cada entidad local, mediante la implementación de alguna o varias de las siguientes actuaciones en desarrollo del Plan Corresponsables: a) Habilitación de servicios de atención y cuidado profesional de calidad de menores, de carácter individual, que puedan prestarse en el domicilio por un número determinado de horas semanales. b) Habilitación de servicios de atención y cuidado profesional de calidad de menores, de carácter colectivo, que puedan prestarse en dependencias públicas convenientemente habilitadas al efecto, cumpliendo con las garantías sanitarias y demás normativa específica aplicable, tales como escuelas, centros municipales, centros multiusos, polideportivos, entre otros. c) Realización de actividades de ocio y tiempo libre y/o educación no formal destinadas a menores, siempre y cuando se desarrollen en horarios no escolares, épocas no lectivas o época estival, no siendo estas conceptualizadas como actividades extraescolares con carácter ordinario y priorizando los criterios de acceso establecidos en el marco del Plan Corresponsables. Serán objeto de subvención las actividades o proyectos que se ajusten a lo previsto en la orden y en la resolución de convocatoria y que se realicen entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de octubre de 2026.Podrán subvencionarse los siguientes proyectos siempre y cuando cumplan los requisitos previstos en la orden reguladora y en la resolución de convocatoria: Proyectos ya finalizados a fecha de la publicación de la resolución de convocatoria.Proyectos en ejecución no finalizados, iniciados antes de la publicación de la resolución de convocatoria.Proyectos no iniciados a fecha de la publicación de la resolución de convocatoria. Tercero.- Bases reguladoras. Orden IPA/53/2021, de 13 de septiembre por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a municipios y mancomunidades de La Rioja para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables (BOR nº 183 de 15 de septiembre), modificada por Orden IPA 24/2022, de 19 de mayo, (BOR nº 97 de 23 de mayo). Cuarto.- Cuantía total de las subvenciones. El gasto de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un total de 1.893.896 euros correspondientes al Presupuesto de Gastos de la Consejería de Salud y Políticas Sociales para el ejercicio 2026. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Sexto.- Otros datos de interés. - Convocatoria. El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24933 - Solicitudes. Se presentarán de forma electrónica a través de la página web del Gobierno de La Rioja https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24933 mediante la cumplimentación del anexo I puesto a disposición en la misma dirección. - Documentación: Junto con la solicitud deberá presentarse la documentación recogida en el artículo 8.3 de la Orden reguladora. A estos efectos se pone a disposición de los solicitantes los anexos II, anexo III y anexo IV. En el caso de proyectos ya finalizados a fecha de la publicación de la resolución de convocatoria, deberá presentarse el anexo I de solicitud, la documentación a la que se refiere el artículo 8.3 e) de la orden (anexos II y IV), y en el caso de mancomunidades, además, instrumento jurídico que acredite que tienen atribuidas, entre sus funciones, las de ejecutar actuaciones destinadas a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, y documentación justificativa del gasto a la que se refiere el artículo 12 de la orden (anexos V.0, VI.0 y VII.0). - Procedimiento de concesión: Se tramitará conforme a lo previsto en el artículo 7 y siguientes de la Orden IPA/53/2021, de 13 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a municipios y mancomunidades de La Rioja para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables (BOR nº 183 de 15 de septiembre), modificada por Orden IPA 24/2022, de 19 de mayo, (BOR nº 97 de 23 de mayo). - Justificación: Las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa recogida en el artículo 12 de la Orden IPA/53/2021, de 13 de septiembre, modificada IPA 24/2022 de 19 de mayo, a medida que vayan finalizando los proyectos subvencionados y como fecha límite el 11 de noviembre de 2026. En el caso de proyectos que se ejecuten con medios propios de las entidades locales, mediante la contratación de personal, se establece como fecha límite el 27 de noviembre de 2026 a efectos de la presentación de la documentación justificativa acreditativa del abono de los documentos de cotización a la seguridad social. En el caso de proyectos ya finalizados a fecha de la publicación del extracto de la presente resolución de convocatoria se atenderá a lo dispuesto en el punto noveno de la misma.
Primero.- Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas los municipios y mancomunidades que, no incurriendo en las prohibiciones relacionadas en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, habiliten servicios de atención y cuidado profesional dirigidos a la atención de menores de hasta 16 años, de acuerdo con los requisitos establecidos en la orden y en la presente convocatoria. Segundo.- Objeto. Podrá ser objeto de subvención el desarrollo de servicios y actuaciones dirigidos a menores de hasta 16 años (podrán participar personas con discapacidad reconocida siempre que las actividades no se diseñen, orienten o ejecuten con el propósito de atender exclusivamente a estas personas como único grupo beneficiario) que contribuyan a la conciliación de la vida personal familiar y laboral conforme a las demandas y necesidades de cada entidad local, mediante la implementación de alguna o varias de las siguientes actuaciones en desarrollo del Plan Corresponsables: a) Habilitación de servicios de atención y cuidado profesional de calidad de menores, de carácter individual, que puedan prestarse en el domicilio por un número determinado de horas semanales. b) Habilitación de servicios de atención y cuidado profesional de calidad de menores, de carácter colectivo, que puedan prestarse en dependencias públicas convenientemente habilitadas al efecto, cumpliendo con las garantías sanitarias y demás normativa específica aplicable, tales como escuelas, centros municipales, centros multiusos, polideportivos, entre otros. c) Realización de actividades de ocio y tiempo libre y/o educación no formal destinadas a menores, siempre y cuando se desarrollen en horarios no escolares, épocas no lectivas o época estival, no siendo estas conceptualizadas como actividades extraescolares con carácter ordinario y priorizando los criterios de acceso establecidos en el marco del Plan Corresponsables. Serán objeto de subvención las actividades o proyectos que se ajusten a lo previsto en la orden y en la resolución de convocatoria y que se realicen entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de octubre de 2026.Podrán subvencionarse los siguientes proyectos siempre y cuando cumplan los requisitos previstos en la orden reguladora y en la resolución de convocatoria: Proyectos ya finalizados a fecha de la publicación de la resolución de convocatoria.Proyectos en ejecución no finalizados, iniciados antes de la publicación de la resolución de convocatoria.Proyectos no iniciados a fecha de la publicación de la resolución de convocatoria. Tercero.- Bases reguladoras. Orden IPA/53/2021, de 13 de septiembre por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a municipios y mancomunidades de La Rioja para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables (BOR nº 183 de 15 de septiembre), modificada por Orden IPA 24/2022, de 19 de mayo, (BOR nº 97 de 23 de mayo). Cuarto.- Cuantía total de las subvenciones. El gasto de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un total de 1.893.896 euros correspondientes al Presupuesto de Gastos de la Consejería de Salud y Políticas Sociales para el ejercicio 2026. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Sexto.- Otros datos de interés. - Convocatoria. El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24933 - Solicitudes. Se presentarán de forma electrónica a través de la página web del Gobierno de La Rioja https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24933 mediante la cumplimentación del anexo I puesto a disposición en la misma dirección. - Documentación: Junto con la solicitud deberá presentarse la documentación recogida en el artículo 8.3 de la Orden reguladora. A estos efectos se pone a disposición de los solicitantes los anexos II, anexo III y anexo IV. En el caso de proyectos ya finalizados a fecha de la publicación de la resolución de convocatoria, deberá presentarse el anexo I de solicitud, la documentación a la que se refiere el artículo 8.3 e) de la orden (anexos II y IV), y en el caso de mancomunidades, además, instrumento jurídico que acredite que tienen atribuidas, entre sus funciones, las de ejecutar actuaciones destinadas a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, y documentación justificativa del gasto a la que se refiere el artículo 12 de la orden (anexos V.0, VI.0 y VII.0). - Procedimiento de concesión: Se tramitará conforme a lo previsto en el artículo 7 y siguientes de la Orden IPA/53/2021, de 13 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a municipios y mancomunidades de La Rioja para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables (BOR nº 183 de 15 de septiembre), modificada por Orden IPA 24/2022, de 19 de mayo, (BOR nº 97 de 23 de mayo). - Justificación: Las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa recogida en el artículo 12 de la Orden IPA/53/2021, de 13 de septiembre, modificada IPA 24/2022 de 19 de mayo, a medida que vayan finalizando los proyectos subvencionados y como fecha límite el 11 de noviembre de 2026. En el caso de proyectos que se ejecuten con medios propios de las entidades locales, mediante la contratación de personal, se establece como fecha límite el 27 de noviembre de 2026 a efectos de la presentación de la documentación justificativa acreditativa del abono de los documentos de cotización a la seguridad social. En el caso de proyectos ya finalizados a fecha de la publicación del extracto de la presente resolución de convocatoria se atenderá a lo dispuesto en el punto noveno de la misma.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 14/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución 42/2026, de 3 de septiembre, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables 2026 (segunda convocatoria).Publicado 09/09/2026Extracto de la Resolución 37/2026, de 18 de junio, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, de convocatoria de las ayudas para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables 2026.Publicado 22/06/2026Convocatoria municipios y mancomunidades actuaciones Plan CorresponsablesInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.