encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 914411

2026Subvenciones entidades. Actuaciones Medio Ambiente.

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE TARRAGONA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TARRAGONA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 02:15 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES51 - CATALUÑA

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
27/06/2026
Fin de solicitudes
24/07/2026
Registro en BDNS
19/06/2026
Publicación en diario oficial
26/06/2026

Texto oficial de apertura: Des de el dia siguiente de la publicación de la convocatòria en el BOPT

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la “Base de Datos Nacional de Subvenciones” (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):DIPUTACIÓN DE TARRAGONA Área de Concertación y Asistencia MunicipalLa Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona en sesión de 16 de junio de 2026, ha aprobado la siguiente convocatoria:Primero. Requisitos específicosPueden ser beneficiarios de esta línea las entidades sin ánimo de lucro, que tengan como objeto la realización de la tipología de proyectos detallados como subvencionable en esta convocatoria y que actúen en los municipios del Camp de Tarragona, las Terres de l’Ebre y el Baix Penedès.No pueden ser beneficiarios las Asociaciones de Defensa Forestal (ADF) ni las protectoras de animales con núcleo zoológico, por estar subvencionadas en otra convocatoria de subvenciones de la Diputación de Tarragona del ejercicio 2026.Los beneficiarios deben tramitar directamente, o a través del ente al cual vinculen el proyecto o actuación (ayuntamiento, consejo comarcal, consorcio o Generalitat de Catalunya), los permisos, autorizaciones o comunicaciones necesarias ante los organismos competentes para llevar a cabo las actuaciones subvencionadas, con carácter previo al inicio de las acciones.Segundo. Objeto y finalidadEl objeto de la presente convocatoria anticipada es regular la concesión de las subvenciones para el desarrollo de actuaciones de protección y mejora del medio ambiente en las comarcas del Camp de Tarragona, Terres de l’Ebre y Baix Penedès, por parte de entidades sin ánimo de lucro.Esta convocatoria consta de las siguientes líneas de actuaciones subvencionables:• Línea 1: Educación, sensibilización y comunicación ambiental• Línea 2: Conservación, mejora y restauración del patrimonio natural• Línea 3: Gestión forestal sostenibleEsta convocatoria anticipada se integra en el Plan estratégico de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomos, mandato 2023-2027 (actualización mayo 2026), en el Eje 3 “Sostenibilidad, preservación del medio ambiente y transición ecológica”, Línea Estratégica 06 “Impulsar la sostenibilidad y la preservación del medio ambiente avanzando hacia la descarbonización”, puesto que contribuye a lograr los objetivos de desarrollo de proyectos y mejora del medio ambiente.La finalidad de esta convocatoria de concesión de subvenciones es apoyar a las entidades sin ánimo de lucro, para la realización de actuaciones para promover la conservación del patrimonio natural, la biodiversidad y la transición ecológica en los municipios del Camp de Tarragona, las Terres de l’Ebre y el Baix Penedès.Las actuaciones subvencionadas están alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible: objetivo número 1 (fin de la pobreza), objetivo número 3 (salud y bienestar), objetivo número 13 (acción climática), porque ayuda a adaptar el territorio a los riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales, y con el objetivo número 15 (vida terrestre), porque promueve la gestión sostenible de los bosques.Tercero. Actuaciones subvencionablesSon objeto de subvención las actuaciones que se enmarquen en alguna de las líneas siguientes:• Línea 1: Educación, sensibilización y comunicación ambiental (gastos corrientes)Actuaciones dirigidas a fomentar el conocimiento, la concienciación, la implicación activa y el cambio de hábitos de la ciudadanía en relación con la protección del medio ambiente, la adaptación al cambio climático y la transición ecológica, así como a promover la conservación del medio natural. Incluye acciones formativas, talleres, campañas de sensibilización, materiales divulgativos, iniciativas de comunicación ambiental y procesos de participación social.• Línea 2: Conservación, mejora y restauración del patrimonio natural (gastos corrientes y de inversión)Actuaciones orientadas a la conservación, restauración y mejora de los ecosistemas terrestres, marinos litorales y de agua continental, así como a la protección, recuperación y seguimiento de hábitats y especies de interés natural, incluidas las especies de fauna marina.Se incluye la ejecución de actuaciones de restauración ecológica, control de especies invasoras, reducción de residuos en el medio natural y marino, mejora de la conectividad ecológica, fomento de la biodiversidad, eliminación de especies exóticas y actuaciones de adaptación al cambio climático en ámbitos de medio natural y mar; así como, proyectos de regulación de uso público asociados en estos espacios.Las actuaciones deben tener una incidencia positiva sobre los hábitats y las especies protegidas y/o amenazadas y/o sobre especies clave para el funcionamiento de los procesos ecológicos o la geodiversitat.• Línea 3: Gestión forestal sostenible (gastos de inversión)Actuaciones encaminadas a ejecutar una gestión forestal sostenible, la prevención de incendios forestales y la adaptación de los ecosistemas forestales al cambio climático.Ejecución de actuaciones de mejora forestal, gestión de la biodiversidad forestal, recuperación de espacios degradados y fomento de la resiliencia de los bosques, así como la ejecución de actuaciones de silvopastoreo.Las actuaciones tendrán que estar siempre contextualizadas en instrumentos de ordenación forestal aprobados por la Generalitat de Catalunya o disponer del permiso previo de la administración competente. También podrán desarrollarse actuaciones en áreas estratégicas de gestión de los perímetros de protección prioritaria de la Generalitat de Catalunya que estén aprobados.Son gastos elegibles aquellos que tengan lugar dentro del plazo de ejecución establecido en la convocatoria anticipada, es decir, desde el 1 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2027.El gasto de personal con medios propios vinculado a la actuación subvencionada, incluida la dirección y la coordinación, será de un límite máximo del 70% del presupuesto elegible del proyecto. Se entiende medio propio el personal que forme parte de la plantilla de la entidad.La dirección y la coordinación de los trabajos no podrá sobrepasar el 5% del presupuesto elegible del total de la actuación, en caso de ser necesario y pudiendo ser con medios propios o externalizados.El coste de bienes o servicios subvencionados, en ningún caso, puede superar su valor de mercado.Será subvencionable el alquiler de maquinaria necesaria para la ejecución del proyecto.En el caso de los bienes inventariables inscribibles en un registro público, será subvencionable el gasto correspondiente a la anotación marginal de la afectación del bien al fin subvencionado, al registro correspondiente.Los gastos elegibles están regulados en la base 23 de las Bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomos.Son gastos no subvencionables:• Gastos de funcionamiento ordinario y administración general de la entidad.• Gastos de mantenimiento.• Gastos de avituallamiento, merchandising o similares.• Gastos de transporte de participantes.• Dietas, ropa, transporte y peajes del personal propio y del voluntariado.• Gastos de subcontratación de las actuaciones subvencionadas a entidades beneficiarias de esta convocatoria.• Gastos de actuaciones en parques y jardines urbanos, ya sean públicos o privados, espacios verdes u otros espacios con mobiliario de ajardinamiento y que sean propios de ajardinamientos o zonas verdes urbanas. • Becas, premios, ayudas.• Gastos de seguros.• Gastos de amortizaciones.• Gastos financieros.Cuarto. Bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomosPor acuerdo del Pleno de la Diputación de Tarragona, de fecha 21 de diciembre de 2018, se aprobó inicialmente las Bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomos, las cuales se han convertido definitivas y se ha publicado el texto íntegro, en el Boletín Oficial de la provincia de Tarragona, en fecha 27 de febrero de 2019.Quinto. Crédito presupuestario y cuantía total máximaCrédito presupuestario al cual se imputan las subvenciones:Aplicaciones presupuestarias: • Línea 1: 2027-1000-172-48002• Línea 2: 2027-1000-172-48002 y 2027-1000-172-78003• Línea 3: 2027-1000-172-78003La cuantía total máxima estimada de las subvenciones convocadas es de 700.000,00 euros con la siguiente dotación máxima para cada línea:• Línea 1: 200.000 €• Línea 2 - Capítol 4: 250.000 €• Línea 2 - Capítol 7: 100.000 €• Línea 3: 150.000 €Estos importes, que tienen una distribución de carácter estimativo, pueden ser ampliados y/o redistribuidos antes de la concesión de la subvención, previa modificación de crédito, si procede, y previo acuerdo de ampliación y/o de redistribución de la cuantía máxima a subvencionar de acuerdo con las solicitudes y las disponibilidades presupuestarias.La autorización y el compromiso del gasto del ejercicio futuro quedan subordinados al crédito que se autorice en el presupuesto 2027, en que se prevé el reconocimiento de la obligación.La concesión de las subvenciones de esta convocatoria anticipada queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio en que se reconozca la obligación.En la actualización de mayo de 2026 del Plan estratégico de subvenciones de la Diputación de Tarragona y de sus organismos autónomos, mandato 2023-2027, se incluyen las actuaciones de inversión y la aplicación presupuestaria 1000-172-78003, no previstas en las anteriores convocatorias. Así mismo, a pesar de que esta aplicación presupuestaria no se encuentra explícitamente en el Anexo I del Plan, esta se incluirá en el momento de la aprobación del Presupuesto del ejercicio 2027, al tratarse de una convocatoria anticipada.Sexto. Financiación de la actuaciónEl porcentaje máximo de financiación, de las actuaciones subvencionables descritas, por beneficiario es del 100% del presupuesto elegible.En todo caso, la cantidad de la subvención no puede exceder de:• Línea 1 - Educación, sensibilización y comunicación ambiental: 15.000 €• Línea 2 -Conservación, mejora y restauración del patrimonio natural: 20.000 €• Línea 3 - Gestión forestal sostenible: 20.000 €Los porcentajes y límites anteriores fijan la cuantía máxima de la subvención. No obstante, la subvención concedida se tiene que determinar en función de las solicitudes presentadas, los criterios de valoración a aplicar y la disponibilidad presupuestaria.El presupuesto elegible para obtener la totalidad de la subvención concedida se determina en el acuerdo de concesión.El importe sobre el valor añadido (IVA) es subvencionable si el beneficiario no se lo puede deducir. Este dato se tiene que hacer constar en la solicitud de subvención.Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para presentar solicitudes electrónicamente es desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria al BOPT y hasta el 24 de julio de 2026.Octavo. Forma de presentación de solicitudesLa solicitud de subvención debe presentarse electrónicamente mediante el trámite específico disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Tarragona (https://seuelectronica.dipta.cat).La solicitud de subvención debe firmarse con un certificado electrónico de representante de persona jurídica.En el momento de realizar el trámite, el solicitante puede no oponerse a que la Diputación pueda consultar por servicios de intermediación de datos públicos los estatutos vigentes y el documento acreditativo de su inscripción en el registro público, así como del NIF.Por otro lado, si se ha presentado en anteriores convocatorias de la Diputación, en los últimos cinco años, y ha presentado los estatutos, el documento acreditativo de su inscripción en el registro público y el NIF y, esta documentación está vigente, la entidad puede no oponerse a que la Diputación consulte esta documentación.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 02/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 02/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Tarragona, 16 de junio de 2026, de convocatoria anticipada del procedimiento para la concesión, en régimen de competencia competitiva, de las subvenciones para entidades sin ánimo de lucro por el desarrollo de proyectos de protección y mejora del medio ambiente, convocatoria 2026.Publicado 26/06/2026Bases generales de subvenciones de la Diputació de Tarragona y de sus Organismos Autónomos