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Plazo no verificadoBDNS 914482

Convocatoria de subvenciones a otras entidades culturales y festivas de la localidad año 2026.

LOCAL · ALZIRA · AYUNTAMIENTO DE ALZIRA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 02:15 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
03/07/2026
Fin de solicitudes
31/07/2026
Registro en BDNS
22/06/2026
Publicación en diario oficial
02/07/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Objeto:El objeto de esta convocatoria es definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, obtención, justificación y cobro de las subvenciones que otorga el Ayuntamiento de Alzira, en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones y entidades de la localidad que no tengan subvención nominativa específica de carácter cultural al Presupuesto, para el desarrollo de actividades de carácter cultural.Segundo. Beneficiarios:Podrán acogerse a esta convocatoria y ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en esta, las asociaciones y entidades domiciliadas en el municipio de Alzira, que desenrollan actuaciones de fomento, desarrollo y promoción de la música, el teatro, la danza, la literatura, las artes plásticas y audiovisuales así como cualquier otra disciplina de índole artística o cultural.No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones aquellas entidades que se encuentran en cualquier de las situaciones de prohibición de ostentar tal condición establecida en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.No podrán ser beneficiarias de esta subvención, las asociaciones o entidades que tengan una subvención nominativa de carácter cultural prevista taxativamente al presupuesto aunque el objeto sea diferente.Tercero. Bases reguladoras:El Pleno del Ayuntamiento de Alzira, en la sesión celebrada el día 29 de enero de 2020, ha aprobado definitivamente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira, que contiene las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, y el texto íntegro de la misma ha sido publicado en el Boletín Oficial de la provincia de Valencia nº 29, de fecha 12 de febrero de 2020.Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo para la presentación de solicitudes de subvención será de VEINTE días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València.Quinto.- Cuantía total máxima de las subvenciones convocadas:La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas será de 1.400 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria “3340 48310 Subvenciones Otras Entidades Culturales”, del Presupuesto del Ayuntamiento de Alzira para el año 2026.Sexto.- Documentación:Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alzira, o en las demás formas que contempla el art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Las solicitudes de subvención contendrán la siguiente documentación:a) Instancia firmada por el representante legal de la entidad solicitante, con arreglo al modelo oficial que figura como Anexo I.b) Presupuesto detallado, indicando ingresos y gastos por conceptos.c) Proyecto detallado de la actividad a desenrollar, ya sea el proyecto anual o una actividad concreta y singular, al cual se tendrá que acompañar de cuántos documentos amplían y enriquezcan la información sobre los objetivos a conseguir y medios de que se dispone.Séptimo. Resolución:El órgano competente para la resolución será la Junta de Gobierno Local. El plazo máximo para comunicar la resolución o acuerdo de concesión o denegación de las ayudas será de seis meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.Octavo. Justificación y pago:Para el cobro de las subvenciones reguladas por estas normas se requiere la presentación de la cuenta justificativa, según modelo del Anexo II de esta convocatoria.  

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ajuntament d’Alzira de 27 de mayo de 2026, por el que se convoca las subvenciones a otras entidades culturales i festivas de la localidad año 2025.Publicado 02/07/2026Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alzira.