Plazo no verificadoBDNS 914506
SUBVENCION FORMACION DESEMPLEADOS EELL 2026_FDA Especialidades
AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 02:16 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES30 - COMUNIDAD DE MADRID
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 01/07/2026
- Fin de solicitudes
- 21/07/2026
- Registro en BDNS
- 22/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 30/06/2026
Texto oficial de apertura: DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: 15 DIAS HABILES A CONTAR DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOCM
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Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvencioneshttp://www.infosubvenciones.es/bdnstrans y en la página http://www.comunidad.madrid.Primero.- BeneficiariosPodrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades locales, sus organismosautónomos o sus sociedades o entidades públicas empresariales dependientes o vinculadas ylas mancomunidades de municipios de la Comunidad de Madrid, que tengan entre sus cometidosla promoción del empleo o desarrollo de la formación profesional para el empleo y quecumplan los requisitos dispuestos en el artículo 14.2 de la Ley 30/2015, de 9 deseptiembre (de acuerdo a los regulado en la Disposición derogatoria única de la LeyOrgánica 3/2022, de 31 de marzo) y en el artículo 6 de la Orden TMS/368/2019, de 28 demarzo.Las entidades de formación tendrán que estar inscritas en el Registro de Entidades yCentros de Formación Profesional de Grado C y de Formación en el Trabajo de la Comunidadde Madrid para la modalidad presencial. Así mismo, deberán estar inscritas las entidadesque impartan especialidades formativas en la modalidad de teleformación o mixta, cuandolos centros asociados, en los que se desarrollen las sesiones de formación presencial ylas pruebas finales de evaluación de carácter presencial, estén ubicados en la Comunidadde Madrid. En caso de no ser obligatoria la asistencia presencial, y cuando el domiciliosocial, o fiscal para el empresario individual, no se ubique en la Comunidad de Madrid, lainscripción de la especialidad formativa en la modalidad teleformación se realizará en elRegistro Estatal de Entidades de Formación.Las entidades de formación solicitantes de subvención no deberán estar incursas en lasprohibiciones establecidas en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones.Segundo.- ObjetoSe convocan para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para lafinanciación de especialidades formativas en el marco del Sistema de FormaciónProfesional, impartidas en las modalidades presencial, virtual (teleformación) y/osemipresencial (mixta), dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, a realizarpor entidades locales.La oferta formativa incluye especialidades formativas del Catálogo EspecialidadesFormativas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).Tercero.- Bases reguladorasLas bases por las que se regula la concesión de subvenciones para financiar la imparticiónde especialidades formativas, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados,se encuentran recogidas en la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, publicada en el BOEnúmero 78, de 1 de abril de 2019.Cuarto.- CuantíaPara la financiación de esta convocatoria se destinan los fondos recibidos del ServicioPúblico de Empleo Estatal, distribuidos territorialmente para su gestión por lascomunidades autónomas con competencias asumidas en materia de formación profesional parael empleo, e imputándose al programa 241A-Formación para el empleo, subconcepto 49103, delos Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid. Quedan reservados 500.000,00 eurospara el año 2026.El importe de la subvención a conceder para cada acción formativa se determinará medianteel producto del número de horas de formación, por quince alumnos y por el importe delmódulo económico fijado para cada especialidad.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días desde el día siguiente de lapublicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad deMadrid.
Bases y documentación
Otros documentos Publicación Urgencia BOCM_ESPECIALIDADES 2026Publicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 01. SOLICITUD FDAE 2026Publicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 03. ANEXO II E FDAEPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos EXTRACTO PUBLICACION BOCM EELL EspecPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 05. ANEXO IV LIQUIDACIÓN FDAEPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 06. ANEXO V ACREDITACION ART 13 3 BIS FDAE 2026Publicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 07. ANEXO VI RENUNCIA FDAEPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 02. ANEXO I E - OFERTA FORMATIVA FDAE 2026Publicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 04. ANEXO III ANTICIPO FDAEPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden de 18 de junio de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se convocan subvenciones para la financiación de especialidades formativas, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, a realizar por entidades locales, para el año 2026.Publicado 30/06/2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.