Plazo no verificadoBDNS 914508
SUBVENCION FORMACION DESEMPLEADOS 2026_FDE Certificados Línea General
AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 02:16 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES30 - COMUNIDAD DE MADRID
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 01/07/2026
- Fin de solicitudes
- 21/07/2026
- Registro en BDNS
- 22/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 30/06/2026
Texto oficial de apertura: DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: 15 DIAS HABILES DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN EL BOCM
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Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvencioneshttp://www.infosubvenciones.es/bdnstrans y en la página http://www.comunidad.madrid.Primero.- BeneficiariosPodrán ser beneficiarias las entidades solicitantes que imparten ofertas del Sistema deFormación Profesional español de acuerdo a lo establecido para los grados A, B y C en elTítulo VIII del Real Decreto 659/2023, de 18 de Julio; en el artículo 7 de la OrdenEFP/942/2022, de 23 de septiembre.Las entidades de formación deberán estar autorizadas o inscritas en el Registro deEntidades y Centros de Formación Profesional de Grado C y de Formación en el Trabajo de laComunidad de Madrid para la modalidad presencial. La autorización será requisito para laimpartición de Grados C y la inscripción para la impartición de las especialidadesformativas de idiomas del Marco Europeo de Referencia para las lenguas MCER. Así mismo,las entidades de formación que impartan formación profesional de grado C en la modalidadsemipresencial o virtual deberán disponer de centros presenciales en la Comunidad deMadrid. Las entidades que impartan especialidades formativas en la modalidad deteleformación o mixta, cuando la especialidad formativa incluya la realización deactividades presenciales obligatorias, deberán contar con centros de sesiones presencialesen la Comunidad de Madrid. En caso de no ser obligatoria la asistencia presencial, ycuando el domicilio social, o fiscal para el empresario individual, no se ubique en laComunidad de Madrid, la inscripción de la especialidad formativa en la modalidadteleformación se realizará en el Registro Estatal de Entidades de Formación.Las entidades de formación solicitantes de subvención no deberán estar incursas en lasprohibiciones establecidas en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones.Segundo.- ObjetoSe convoca para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva, una línea general desubvenciones para la financiación de acciones formativas en el marco del Sistema deFormación Profesional, impartidas en las modalidades presencial, virtual (teleformación) ysemipresencial (mixta), dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, a realizarpor entidades de formación.La oferta formativa incluye certificados profesionales del Catálogo Nacional de Estándaresde Competencias Profesionales y especialidades de idiomas del Marco Europeo de Referenciapara las lenguas MCER.Tercero.- Bases reguladorasLas bases por las que se regula la concesión de subvenciones para financiar la imparticiónde acciones de formación, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, delsistema de formación profesional, se encuentran recogidas en la Orden EFP/942/2022, de 23de septiembre, publicada en el BOE número 239, de 5 de octubre de 2022.Cuarto.- CuantíaPara la financiación de esta convocatoria se destinarán los fondos recibidos delMinisterio de Educación, Formación Profesional y Deportes, distribuidos territorialmentepara su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en materia deformación profesional para el empleo, imputándose al programa 241A-Formación para elempleo, subconcepto 49103, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.Reservándose 66.000.000,00 euros para la línea general para el año 2026.El importe de la subvención a conceder para cada acción formativa se determinará medianteel producto del número de horas de formación, por quince alumnos y por el importe delmódulo económico fijado para cada especialidad.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el díasiguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 01. SOLICITUDPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 03. ANEXO II C LINEA 1 GENERAL FDECPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 04. ANEXO III ANTICIPO FDECPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 05. ANEXO IV LIQUIDACION FDECPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 06. ANEXO IV F RELACIÓN DE FORMADORES SENIORPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Publicación urgencia BOCM_CERTIFICADOS 2026Publicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 08. ANEXO VI DR EXPERIENCIA EDUCACION FDECPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 09. ANEXO VII ACREDITACION ART 13 3 BIS FDECPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 10. ANEXO VIII RENUNCIAPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 02. Anexo I C OFERTA FORMATIVA LG FDEC 2026Publicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos EXTRACTO PUBLICACION BOCM Certif. LGPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos 07. ANEXO V VALORACION EXPERIENCIA FDECPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden de 18 de junio de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se convocan subvenciones para la financiación de certificados profesionales, dirigidos prioritariamente a trabajadores desempleados, a realizar por entidades de formación, para el año 2026.Publicado 30/06/2026ORDEN EFP/942/2022, DE 23 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE REGULA LA OFERTA FORMATIVA DEL SISTEMA DE FORMACIÓN PORFESIONAL EN EL ÁMBITO LABORAL ASOCIADA AL CATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES EFECTUADA POR LAS ADMINISTRACIONES COMPETENTEInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.