Plazo no verificadoBDNS 914523
SUBVENCIONES A COMISIONES DE FESTEJOS EN JUNTAS MUNICIPALES Y VECINALES 2026
LOCAL · ZARAGOZA · AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 02:16 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES - ESPAÑA
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 26/06/2026
- Fin de solicitudes
- 24/07/2026
- Registro en BDNS
- 22/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 25/06/2026
Texto oficial de apertura: desde el día siguiente publicación boletí oficial
Texto oficial de cierre: 20 días después de la publicación en el BOPZ
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), y en el portalcorporativo municipal (https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/27460).Primero. Beneficiario.Podrán ser entidades beneficiarias las Comisiones de Festejos y excepcionalmente lasentidades reconocidas como tales que, reuniendo los requisitos generales establecidosen la Ordenanza, cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria y?Que desarrollen su actividad en el territorio Municipal de Zaragoza.?Que estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas, en el mo-mento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.?Que, en el caso de tratarse de una entidad reconocida, hayan justificado lassubvenciones de años anteriores otorgadas por el Ayuntamiento de Zaragoza yse haya manifestado favorablemente la conformidad a las mismas por elConcejal Presidente, el Consejero de Participación Ciudadana y Régimen Interioru Órgano Municipal competente según proceda.Segundo. Objeto.Pueden ser objeto de subvención los programas de fiestas desarrollados porComisiones de Festejos constituidas o que se constituyan o, excepcionalmente, unaasociación existente en el barrio o distrito, siempre que unas u otra obtengan elreconocimiento de la Junta Municipal o Vecinal correspondiente.El ámbito de actuación no superará el del barrio o distrito, aunque dentro de los mismospodrán reconocerse distintas Comisiones para ámbitos territoriales diferenciados ycuyas actividades se realicen íntegramente dentro de dicho ámbito.Tercero. Bases Reguladoras.Las subvenciones se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General deSubvenciones (en adelante LGS); por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,Reglamento de la LGS (en adelante RLGS); el Decreto Legislativo 2/2023, de 3 demayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley deSubvenciones de Aragón; por la Ordenanza General Municipal de Subvenciones,aprobada por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de 26 de septiembre de 2016 ypublicada en BOPZ con fecha 13 de octubre de 2016; por las bases de ejecución delPresupuesto Municipal; el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento deZaragoza, así como por el resto de normas de derecho administrativo que resulten deaplicación.Cuarto. Cuantía.La cantidad global máxima prevista para esta convocatoria asciende a 208.300 ?, quepodrá ser atendida con cargo a las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto Gene-ral Municipal para el 2026.La cuantía máxima a conceder a cada entidad beneficiaria no podrá superar el 100% delos gastos subvencionables presentado con el límite general de 20.746,00 ?, o en sucaso, el límite del presupuesto disponible.La cantidad mínima a conceder será de 500 euros.Quinto. Plazo de solicitud.El plazo para la presentación electrónica de las solicitudes será de 20 días hábilescontado desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en elBoletín Oficial de la Provincia.Las solicitudes se presentarán exclusivamente en el Registro General Electrónico delAyuntamiento de Zaragoza (https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/27460) através del certificado de representante de persona jurídica, o también mediante DNIelectrónico de la persona representante de la entidad, acompañado en este último caso,del respectivo poder de representación que ostenta.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 22/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de Gobierno de Zaragoza de fecha 18 de junio de 2026 por el que se aprueba la convocatoria de Subvenciones a Comisiones de Festejos en Juntas Municipales y Vecinales año 2026.Publicado 25/06/2026Ordenanza General Municipal de SubvencionesInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.