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Plazo no verificadoBDNS 914685

CONVOCATORIA AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE PYMES INNOVADORAS 2026-2027n

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 02:19 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES30 - COMUNIDAD DE MADRID

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Investigación, desarrollo e innovación

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
29/06/2026
Fin de solicitudes
28/07/2026
Registro en BDNS
22/06/2026
Publicación en diario oficial
26/06/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se publica elextracto de la orden por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes para laconvocatoria de ayudas correspondientes al año 2026 para el desarrollo de Pymesinnovadoras de más de 5 años de antigüedad, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans) y en lapágina web institucional de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid).BDNS (ID): 914685Con fecha 26 de junio de 2026 se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madridel Extracto de la Orden 2331/2026, de 11 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia yUniversidades, por la que se convocan para el año 2026 las ayudas para el desarrollo dePymes innovadoras de más de 5 años de antigüedad.Habiéndose constatado la existencia de incidencias técnicas que han afectado alfuncionamiento ordinario del aplicativo electrónico habilitado para la cumplimentación ypresentación de solicitudes durante el plazo establecido al efecto, procede, al amparo delo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las Administraciones Públicas, acordar la ampliación del plazo depresentación de solicitudes aún no vencido, debiendo publicarse en la sede electrónicatanto la incidencia técnica producida como la ampliación concreta acordada.En atención a las circunstancias expuestas, y con la finalidad de salvaguardar el derechode los ciudadanos interesados a concurrir en condiciones de igualdad a las ayudasconvocadas, se considera procedente ampliar el plazo de presentación de solicitudes, a finde neutralizar los efectos derivados de las incidencias técnicas registradas y garantizarel pleno restablecimiento del funcionamiento ordinario del sistema.DISPONGOAmpliar el plazo para la presentación de solicitudes para las ayudas correspondientes alaño 2026 para el desarrollo de Pymes innovadoras de más de 5 años de antigüedad, por unperiodo de siete días hábiles, hasta el día 28 de julio de 2026, inclusive.

BDNS (ID): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden de laconvocatoria de las ayudas de referencia cuyo texto completo puede consultarse en la Basede Datos Nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en la página webinstitucional de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org).Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de las ayudas de la Línea 3, las pymes innovadoras de másde 5 años de antigüedad. En el momento de presentación de la solicitud, deberán tener lacategoría de pequeñas o medianas empresas. Las entidades beneficiarias deberán ser persona jurídica constituida válidamentecomo empresa con forma jurídica societaria, que ejerza de forma habitual una actividadeconómica dirigida al mercado e inscrita en el registro correspondiente y deberán contarcon capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de laayuda que se conceda y que dispongan al menos de un centro de trabajo en la Comunidad deMadrid.Segundo. Objeto. Las ayudas se destinarán a fomentar el crecimiento de pymes innovadoras de más de 5años de antigüedad en la Comunidad de Madrid. El contenido de los proyectos empresariales y de las actividades objeto de estasayudas y de sus resultados deberá ser de aplicación en alguna de las líneas científico-tecnológicas y de innovación tecnológica, consideradas prioritarias para el desarrolloregional por la estrategia regional de investigación e innovación para una especializacióninteligente (S3). Los proyectos se desarrollarán en cualquier municipio del ámbito territorial de laComunidad de Madrid.Tercero. Bases reguladoras.Orden 1915/2022, de 1 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación yUniversidades, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudaspara el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up) y pymesinnovadoras.Cuarto. Cuantía de las ayudas. El crédito presupuestario para financiar esta convocatoria es de 8.500.000 euros conla siguiente distribución por anualidades e importes: 5.000.000 euros en el ejerciciopresupuestario 2026 y 3.500.000 euros en el ejercicio presupuestario 2027.La intensidad de la ayuda será calculada en base a un porcentaje sobre los gastossubvencionables con una cuantía máxima de ayuda por beneficiario y proyecto de 250.000euros.Quinto. Plazos de ejecución de los proyectos.El plazo de ejecución de los proyectos y de realización de las inversiones y actividadesde los mismos, que se computará desde la fecha de inicio de la ejecución del proyectocomunicada por la entidad beneficiaria al órgano instructor será de hasta 24 meses.Los proyectos deberán iniciarse dentro de los 30 días siguientes a contar desde el díasiguiente a la notificación de la orden de concesión.Sexto. Criterios de selección.El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.Las solicitudes que superen los criterios de elegibilidad se valorarán, con hasta unmáximo de 100 puntos, en aplicación de los siguientes criterios de valoración:A) Criterio Calidad científico-técnica y de innovación de los proyectos. Este criterio secalificará con un máximo de 45 puntos.B) Criterio Viabilidad económica y rentabilidad del Plan de Negocio de la empresa,oportunidad tecnológica y viabilidad de mercado del proyecto, y capacidad científico-técnica de la empresa. Este criterio se calificará con un máximo de 45 puntos.C) Criterio Colaboración y cooperación con organismos de investigación y de difusión delconocimiento, impacto socio-económico y medioambiental y coherencia del proyecto. Estecriterio se calificará con un máximo de 10 puntos.Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes. Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esteextracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Bases y documentación

Otros documentosPublicado 16/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 16/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden 2948/2026, de 15 de julio de 2026, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes para las ayudas correspondientes al año 2026 para el desarrollo de Pymes innovadoras de más de 5 años de antigüedad, convocada mediante Orden 2331/2026, de 11 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades.Publicado 17/07/2026Orden Orden 2331/2026, de 11 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2026 las ayudas para el desarrollo de pymes innovadoras de más de 5 años de antigüedad.Publicado 26/06/2026ORDEN 1915/2022, DE 1 DE JULIO, DE LA VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORASPARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE JÓVENESEMPRESAS INNOVADORAS DE BASE TECNOLÓGICA(START-UP) Y PYM