La Junta de Gobierno Local, mediante acuerdos adoptados el día 12 de junio de 2026, aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones a clubes y asociaciones deportivas federadas sin ánimo de lucro, para el año 2026.
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES62 - REGION DE MURCIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
23/06/2026
Publicación en diario oficial
26/06/2026
Texto oficial de apertura: AL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BORM
Texto oficial de cierre: A LOS 20 DÍAS NATURALES, A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DEL ANUNCIO EN EL BORM
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Extracto publicado
La Junta de Gobierno Local, mediante acuerdos adoptados el día 12 de junio de 2026, aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones a clubes y asociaciones deportivas federadas sin ánimo de lucro, para el año 2026, cuyo extracto es el siguiente: 1º.- ObjetoA) Es objeto de la presente convocatoria establecer las bases especificas reguladoras para la concesión de subvenciones a otorgar por la Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Lorca durante el año 2026 a clubes y asociaciones federadas, sin ánimo de lucro, que estén legalmente constituidas y con domicilio social en Lorca, además de desarrollar sus actuaciones en el término municipal de Lorca. Las entidades deberán tener una federación deportiva o especialidad deportiva reconocida por el Consejo Superior de Deportes, con el fin de financiar actuaciones relacionadas con el desarrollo de programas y actividades que promuevan facilitar a todos los ciudadanos el acceso a la práctica deportiva, así como para el desarrollo y promoción de Escuelas Deportivas. B) Las subvenciones a conceder lo serán con cargo a la consignación establecida en el presupuesto del ejercicio 2026, partida de gastos 60.341.489. C) La cuantía máxima a repartir será de DOSCIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS EUROS € “217.500,00” €. Nº Expediente contable 2/2026000005721 2º.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes. Las entidades que deseen tomar parte en esta convocatoria deberán solicitarlo mediante instancia normalizada, según anexo I incluido en las presentes bases, y que les será facilitada en la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Lorca, sita en Alameda de la Constitución, s/n, Casa del Deporte, Lorca, pudiendo igualmente acceder a la misma a través de la página web municipal www.lorca.es. Las solicitudes se presentarán por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo imprescindible que en la instancia aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente.El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. La convocatoria se publicará en la BDNS, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, además se podrán obtener en la web www.deportes.lorca.es 3º.- Otros datosEl texto completo de la convocatoria, los modelos normalizados de solicitud y la referencia a los correspondientes servicios de información están disponibles en:Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Lorca, sita en Alameda de la Constitución, s/n, Casa del Deporte, LorcaPágina web del Ayuntamiento de Lorca, www.lorca.es. Contra los acuerdos de la Junta de Gobierno Local, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de dicha publicación.