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Plazo no verificadoBDNS 915037

Ayudas para impulsar proyectos industriales que sean estratégicos para la reindustrialización de la Comunitat Valenciana. Ejercicio 2026. STRATG.

AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · SECRETARIA AUTONÓMICA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y CONSUMO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 02:27 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Industria y Energía

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
03/07/2026
Fin de solicitudes
24/07/2026
Registro en BDNS
23/06/2026
Publicación en diario oficial
02/07/2026

Texto oficial de apertura: 03/07/2026

Texto oficial de cierre: 24/07/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con el que prevén los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/convocatoria/XXXXXX

Primero. Objeto.
El objeto de la presente resolución es convocar para el ejercicio 2026, ayudas en régimen de concurrencia competitiva, para impulsar la realización de proyectos en la Comunitat Valenciana, que se puedan considerar estratégicos para la reindustrialización de la Comunitat Valenciana, por concurrir dos o más de las siguientes circunstancias:
1. Por suponer un impulso decisivo en la Comunitat Valenciana de los sectores emergentes de la industria aeroespacial, de defensa y seguridad, la construcción industrializada, la generación de hidrógeno verde o la producción o el diseño de semiconductores: se considerará que reúne esta circunstancia si se aporta información y datos creíbles que acrediten que tanto las solicitantes como el proyecto propuesto, tienen las características necesarias para liderar un crecimiento significativo de estos sectores en la Comunitat Valenciana, más allá del crecimiento en la propia solicitante y sus empresas proveedoras.
2. Por su capacidad de generar empleo en el territorio: se considerará que reúne esta circunstancia cuando se justifique adecuadamente, con información creíble, que el proyecto generará al menos 100 empleos directos en la Comunitat Valenciana, entre 2026 y 2028.
3. Por generar determinadas externalidades positivas de gran relevancia sobre la actividad económica o en la Comunitat Valenciana: se considera que reúne esta circunstancia cuando se acredite con información fiable, que el proyecto puede suponer el inicio de una nueva actividad industrial relevante en el territorio, la introducción de una innovación que afecte no solo a una empresa sino a todo el sector, la atracción de inversión extranjera relevante, la relocalización en nuestro territorio de industrias que se habían deslocalizado, u otras externalidades positivas debidamente justificadas.
4. Por su capacidad para movilizar una gran inversión en la Comunitat Valenciana: se considera que reúne esta circunstancia cuando se acredite con información fiable, que el proyecto supondrá un presupuesto subvencionable en la solicitud de, al menos, 10 millones de euros entre 2026 y 2028.
5. Por suponer un impulso de la descarbonización de la industria. Se considerará que reúne esta circunstancia cuando se acredite con información fiable, que el proyecto puede conllevar un avance sustancial en la descarbonización de las fuentes de energía utilizadas en los procesos productivos en un sector industrial de la Comunitat Valenciana.

Segundo. Financiación.
1. Para el ejercicio 2026 las ayudas convocadas se financiarán con cargo a la línea S0166 del programa presupuestario 722A00, capítulo 7 de los presupuestos de la Generalitat 2025 prorrogados para 2026, hasta un importe global máximo de 12.653.146,13 euros, procedentes de fondos propios de la Generalitat, de acuerdo con el siguiente desglose por anualidades:
Ejercicio 2026: 5.501.367,88 euros
Ejercicio 2027: 3.850.957,52 euros
Ejercicio 2028: 3.300.820,73 euros.
2. Las anualidades correspondientes a ejercicios futuros quedarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los correspondientes presupuestos de la Generalitat.

Tercero. Beneficiarias.
1. Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las empresas privadas industriales, así como las asociaciones empresariales y las agrupaciones empresariales innovadoras que estén directamente vinculadas a la industria de la Comunitat Valenciana, que vayan a desarrollar en el territorio de la Comunitat Valenciana los proyectos que se puedan considerar estratégicos para la reindustrialización, conforme a los criterios establecidos en el resuelvo primero y tengan, a fecha de presentación de la solicitud, al menos, a una persona trabajadora contratada por cuenta ajena. Quedan por tanto excluidas como posibles beneficiarias las personas físicas y las comunidades de bienes, así como las solicitantes que no consten registradas como empresas en la seguridad social, las cuales serán directamente inadmitidas sin necesidad de requerimiento previo de subsanación.
2. A los efectos de esta convocatoria, se entenderá por empresa privada a toda entidad que realice una actividad económica independientemente de su forma jurídica, que no forme parte del sector público, tenga personalidad jurídica propia y diferenciada, y que acredite estar válidamente constituida e inscrita en el Registro Mercantil, Registro de Cooperativas o en el Registro de Sociedades Laborales en el momento de presentar la solicitud de ayuda.
3. A los efectos de esta convocatoria:
-Se considerarán pequeñas empresas o entidades las que empleen a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocio anual o cuyo balance general anual no supere los 10.000.000 de euros.
-Se considerarán como medianas a las empresas o entidades que empleen entre 50 y 249 personas y que, además, o bien tengan un volumen de negocio anual superior a 10 millones de euros e igual o inferior a 50.000.000 euros, o bien un balance general superior a 10.000.000 euros e igual o inferior a 43.000.000 euros.
-Se considerarán grandes empresas o entidades a las que, teniendo en cuenta todos los datos de empresas asociadas o vinculadas, ocupen 250 o más personas, o aquellas que, ocupando a menos personas, superen simultáneamente los dos límites anteriores de volumen de negocio y de balance general.
En el caso de empresas o entidades vinculadas o asociadas, se aplicarán las reglas para el cálculo de los efectivos y los importes financieros establecidas en el anexo I del Reglamento UE n.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014.
4. A los efectos de esta convocatoria, se considerará que la beneficiaria desarrolla o va a desarrollar un proyecto industrial en la Comunitat Valenciana, si este se ejecuta o se va a ejecutar en uno o varios de los establecimientos productivos situados en un mismo municipio de la Comunitat Valenciana, con independencia de dónde se encuentre el domicilio social de la empresa o entidad, y la actividad principal del proyecto propuesto para subvencionar se enmarca claramente en uno o varios de los siguientes CNAE admitidos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2025):
a) Grupo de actividades C «Industria Manufacturera» (códigos del 10 a 33).
b) CNAEs vinculados al sector de semiconductores (códigos 6210, 6310, 7112 y 7210) siempre que la actividad a subvencionar esté vinculada al diseño y/o producción de semiconductores en el territorio de la Comunitat Valenciana.
5. En el caso de empresas, la vinculación del proyecto industrial con alguna de dichas actividades deberá justificarse motivadamente en la memoria descriptiva, y mediante la acreditación de un CNAE industrial de los admitidos en la nota informativa del registro mercantil o, en su caso, en el informe de seguridad social, establecidos en las letras a) y b) del apartado 5 del resuelvo noveno. La ausencia en los documentos citados de uno de los CNAE industriales admitidos, supondrá la inadmisión de la solicitud por no reunir los requisitos de la convocatoria, sin necesidad de requerimiento previo.
6. En el caso de las asociaciones empresariales y agrupaciones empresariales innovadoras, la vinculación del proyecto industrial con alguna de dichas actividades deberá justificarse motivadamente en la memoria descriptiva, y mediante la acreditación de que la mayoría de las empresas industriales que las componen tienen uno de los CNAE admitidos. En todo caso, solo podrán obtener la condición de beneficiarias si tienen personalidad jurídica propia y diferenciada y tienen su establecimiento o domicilio social en la Comunitat Valenciana.
7. Cada beneficiaria solo podrá presentar una solicitud de ayuda. En caso de presentarse más de una solicitud, se considerará admisible únicamente la última solicitud que tenga entrada en la sede electrónica de la Generalitat.
8. La insuficiente justificación de la vinculación de la solicitante y del proyecto con la actividad industrial conllevarán la inadmisión de la solicitud y la exclusión de su evaluación, sin necesidad de que la Administración requiera previamente a la entidad solicitante para la subsanación de tal defecto.

Cuarto. Bases reguladoras
Esta convocatoria se rige por la Orden 1/2024, de 30 de enero, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para impulsar la reindustrialización de la economía de la Comunitat Valenciana (DOGV 9781, 05.02.2024).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 hasta el 24 de julio de 2026, ambos días incluidos. Solo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en el Registro electrónico de la Generalitat hasta las 23:59:59 horas del último día de plazo de presentación (hora oficial peninsular española).

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 15/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 15/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Resolución de la consellera de Industria, Turismo, Innovación y Comercio, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2026, de ayudas para impulsar proyectos industriales que sean estratégicos para la reindustrialización de la Comunitat Valenciana. STRATG 2026Publicado 02/07/2026Orden 1/2024, de 30 de enero, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para impulsar la reindustrialización de la economía de la Comunitat Valenciana