Extracto publicado
La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio adoptó el 1 de junio de 2026 la siguiente resolución: Resolución de aprobación de la convocatoria de los premios Mallorca de fotografía contemporánea 2026 Hechos1. El 8 de abril de 2026 se ha emitido memoria justificativa sobre la tramitación de la convocatoria de los premios Mallorca de fotografía contemporánea 2026. El mismo 8 de abril la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio ha dictado resolución para iniciar el expediente correspondiente para tramitar los premios.2. Al expediente de referencia consta la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 20.33210.48100 en el ejercicio 2006 para tramitar la convocatoria del premio Mallorca de fotografía contemporánea 2026.3. En la aplicación presupuestaria 20.33210.22699 hay de crédito presupuestario adecuado y suficiente en concepto de honorarios para los miembros de los jurados de los premios, por un importe total de 2.400,00 €.4. En fecha 29 de mayo de 2026 la Intervención Delegada del Centro la Misericordia ha fiscalizado favorablemente el expediente. Fundamentos de derecho1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca.2. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003 general de subvenciones.3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.4. El decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.5. El Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca, el Decreto de organización del Consell de Mallorca y las Bases de ejecución del presupuesto del Consell de Mallorca del año 2026.6. De acuerdo con el previsto en el artículo 28.1.m) de la Ley 4/2022, de 8 de junio, de consejos insulares, corresponde al Consejo Ejecutivo la aprobación de las convocatorias de ayudas y subvenciones.El acuerdo del Consejo Ejecutivo de 28 de mayo de 2025 de delegación de atribuciones del Consejo Ejecutivo en los consejeros ejecutivos y consejeras ejecutivas. (BOIB n.º 69 de 31 de mayo de 2025)Por todo esto, dicto la siguiente:Resolución1. Aprobar la convocatoria de los premios Mallorca de fotografía contemporánea 2026.2. Autorizar un gasto de 15.000,00 € a cargo a la aplicación presupuestaria 20.33210.48100 del ejercicio 2026 para tramitar la convocatoria de los premios Mallorca de fotografía contemporánea 2026.3. Autorizar un gasto total de 2.400,00 € a cargo de la aplicación presupuestaria 20.33210.22699, para atender los honorarios de los miembros de los jurados de los premios de la convocatoria mencionada.4. Ordenar la publicación en el BOIB de esta convocatoria y trasladar esta información a la base de datos Nacional de Subvenciones.Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación. El recurso puede interponerse formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante el Pleno del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio Convocatoria de los Premios Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026 1. Objeto y finalidadEsta convocatoria tiene por objeto conceder los premios Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026, en régimen de concurrencia competitiva.La finalidad es reconocer la obra de los autores de fotografía contemporánea que se presenten y otorgar dos premios que impliquen una aportación económica.Este reconocimiento supone un estímulo a la creación artística en materia de fotografía contemporánea, fomentando la creación en esa disciplina artística. 2. Aceptación e interpretación de las normas que rigen los premiosEl hecho de presentar un proyecto a los Premios Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026 implica aceptar las normas de esta convocatoria.El órgano instructor tiene la facultad de interpretar esta convocatoria a propuesta del jurado. 3. Régimen jurídicoLa concesión del Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026 se realiza mediante procedimiento de concurrencia competitiva entre las solicitudes presentadas en plazo que cumplen los requisitos para acceder. 4. PremiosEn esta convocatoria se establecen dos premios:• Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026• Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026Estas dos modalidades son excluyentes: un mismo proyecto sólo podrá ser galardonado con uno de los premios.En este sentido, debe explicarse que todos los proyectos presentados optan y pueden ganar el Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026. En cambio, sólo los autores/as nacidos en Mallorca o que residan en Mallorca desde, como mínimo, dos años anteriores al momento de presentación de la solicitud optan y pueden ganar el Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026, en caso de que no hayan ganado el Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026. 4.1. Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026El premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026 está dotado con 10.000,00 € para el proyecto ganador, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.33210.48100 del presupuesto del Consell de Mallorca para el ejercicio 2026.El fotógrafo ganador o la fotógrafa ganadora debe ceder al Consell de Mallorca, sin ninguna clase de contraprestación económica, los derechos de reproducción, exposición, edición y distribución del proyecto premiado en cualquier soporte, formato o medio para actividades y publicaciones de la misma institución sin limitación temporal.Además, posteriormente, el Consell de Mallorca, a través de la Dirección Insular de Cultura, organizará y producirá una exposición del proyecto premiado, que formará parte del programa de actividades y exposiciones de la Dirección Insular de Cultura. La exposición tendrá lugar en un espacio expositivo del Consell de Mallorca antes de que finalice el año 2027.La dirección técnica y la producción de la exposición se ejecutarán por la Dirección Insular de Cultura del Consejo de Mallorca en todo lo referente a la contratación y selección de proveedores. El comisariado y la coordinación se proyectarán y desarrollarán por los técnicos del Archivo del Sonido y de la Imagen.La muestra podrá itinerar durante los dos años posteriores a la finalización de la exposición organizada por el Consell de Mallorca, según las condiciones de transporte, seguro y comisariado que estipule el propio Consell de Mallorca. Una vez terminada la itinerancia, un máximo de tres obras fotográficas de las producidas para la muestra pasarán a formar parte del Fondo de Arte Contemporáneo del Consell de Mallorca.Por otra parte, el proyecto premiado en la categoría Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026 será incluido en la edición y distribución de las obras ganadoras de los Premios Mallorca para la promoción de las obras y de los autores. El Consell de Mallorca también editará el proyecto ganador del Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026 y lo promocionará a través de la editorial a la que se haya adjudicado este encargo por concurso público. 4.2. Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026El Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026 está dotado con 5.000,00 € para el proyecto ganador, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.33210.48100 del presupuesto del Consell de Mallorca para el ejercicio 2026.Pueden optar a este premio, los proyectos presentados por autores nacidos en Mallorca o que residan en Mallorca desde, al menos, dos años anteriores al momento de presentación de la solicitud.El fotógrafo ganador o la fotógrafa ganadora debe ceder al Consell de Mallorca, sin ningún tipo de contraprestación económica, los derechos de reproducción, exposición, edición y distribución del proyecto premiado en cualquier soporte, formato o medio para actividades y publicaciones de la misma institución, sin limitación temporal.Además, posteriormente, el Consell de Mallorca, a través de la Dirección Insular de Cultura, organizará y producirá una muestra con una selección del proyecto premiado (de una a tres obras fotográficas), que formará parte del programa de actividades y exposiciones de la Dirección Insular de Cultura. La exposición tendrá lugar en un espacio expositivo del Consell de Mallorca antes de que finalice el año 2027.La dirección técnica y la producción de la exposición se ejecutarán por la Dirección Insular de Cultura del Consell de Mallorca en todo lo referente a la contratación y selección de proveedores. El comisariado y la coordinación se proyectarán y desarrollarán por los técnicos del Archivo del Sonido y de la Imagen.Una vez terminada la exposición, un máximo de tres obras fotográficas de las producidas para la muestra pasarán a formar parte del Fondo de Arte Contemporáneo del Consell de Mallorca. 5. Requisitos y condiciones de participaciónPueden participar en esta convocatoria de premios las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:- Que presenten la solicitud de participación en plazo.- Que no se encuentren incursas en las causas de prohibición establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca.- Las personas ganadoras para poder recibir los premios deben acreditar que están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado, y con las obligaciones tributarias del Consell de Mallorca.- Que el proyecto presentado cumpla todos los requisitos y condiciones de presentación establecidos en esta convocatoria.- Es una sola convocatoria con dos premios. Todos los proyectos presentados optan al Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026. Sólo los proyectos presentados por autores nacidos en Mallorca o que residan en Mallorca desde, al menos, dos años anteriores al momento de presentación de la solicitud optan al Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026.- Los proyectos que se presentan deben ser inéditos y no deben haberse premiado en otro certamen.- Los proyectos que se presenten tampoco pueden haber sido editados (como libro o catálogo) o expuestos, en su totalidad, en un espacio público o privado.- Los proyectos deben presentarse en un único documento en formato PDF ( con un peso máximo de 30 Mb) e incluir los siguientes elementos:1. Documento de solicitud cumplimentado y firmado.2. Un currículum profesional y artístico del autor o autora.3. El proyecto fotográfico que debe incluir el título, una sinopsis conceptual y cualquier otra información, documento o material relevante que defina el proyecto.4. Un portafolios con las fotografías que conforman el proyecto. El número de imágenes no será menor de 15; en todo caso debería justificarse un número inferior.5. Un segundo portafolios con no menos de 30 imágenes de otros proyectos o series del fotógrafo o fotógrafa.- Las obras presentadas que no se adapten a las condiciones anteriores serán excluidas.- En caso de que se opte al Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc, es necesario presentar una declaración responsable que indique que la persona solicitante nació en Mallorca o que reside en la isla desde, como mínimo, dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, así como la documentación acreditativa de este hecho. 6. Presentación y envío de proyectosLos proyectos deben presentarse en el plazo de 60 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Se enviarán en el formato y con el contenido tal y como se recoge en el apartado 5, mediante el enlace que se habilitará en la web https://web.conselldemallorca.cat/ca/asim , rellenando el formulario correspondiente con los datos personales. 7. Jurado y concesión del premioEl jurado del premio está formado por cuatro miembros de reconocido prestigio en el ámbito de la fotografía contemporánea. Una persona del Archivo del Sonido y de la Imagen actuará como secretaria, con voz y sin voto.Miembros del jurado- Marta Martín Nuñez o persona que la sustituya.- Miquel Frontera Serra o la persona que la sustituya.- Montse Torras Planas o persona que la sustituya.- Natasha Christia o la persona que la sustituya.- Secretario: Pau Pérez-Villegas Ordovás o la persona que le sustituya.El jurado excluirá las obras presentadas que no cumplan con los requisitos establecidos en los puntos 5 y 6 de esta convocatoria.Los honorarios del jurado serán de 600€ (sin IVA) para cada miembro. Si estos deben desplazarse fuera de la isla para la reunión, el Consell de Mallorca asumirá los gastos del traslado y del alojamiento, si es necesario. 8. Criterios de valoraciónLos criterios de valoración que tendrá en cuenta el jurado de los proyectos presentados son los siguientes:- La solidez y el carácter innovador del proyecto.- La calidad técnica y conceptual, la estética y la propuesta formal.- La inserción y proyección del proyecto en el discurso de la fotografía contemporánea.- El jurado valorará el currículo y la trayectoria del autor o autora.La puntuación máxima que puede tener el proyecto es de 100 puntos, que se ponderan según se señala a continuación:1. La solidez y el carácter innovador del proyecto (máximo 35 puntos).2. La calidad técnica y conceptual, la estética y la propuesta formal (máximo 35 puntos).3. La inserción y proyección del proyecto en el discurso de la fotografía contemporánea (máximo 20 puntos).4. El currículo y la trayectoria del autor o autora (máximo 10 puntos). Se concederán:a. 4 puntos a los artistas de trayectoria emergente.b. 8 puntos a los artistas de trayectoria emergente y una proyección nacional consolidada.c. 10 puntos a los artistas con proyección nacional e internacional consolidada.Los miembros del jurado, de forma individual, valorarán y puntuarán todos los proyectos presentados. Una vez puntuados, se realizará una preselección de los proyectos que hayan llegado o superado la puntuación de 70 puntos.Los miembros del jurado, conjuntamente, volverán a valorar y puntuar a los proyectos preseleccionados. De esta última votación saldrán los proyectos ganadores. Previa deliberación del jurado, el proyecto con mayor puntuación y mejor valorado recibirá el Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026. El proyecto con la segunda mejor puntuación y mejor valorado, de los presentados por autores nacidos en Mallorca o que residan en Mallorca desde, como mínimo, dos años anteriores al momento de presentación de la solicitud, recibirá el Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026. 9. Concesión de los premiosLos premios se otorgan a los proyectos mejor considerados en cada una de ambas categorías, a criterio del jurado.Sin embargo, si el jurado cree, también por unanimidad, que ninguno de los proyectos alcanza la calidad mínima para ser galardonado, los premios pueden quedar desiertos.Cuando el jurado decida los proyectos ganadores de ambas categorías, emitirá un informe sobre la reunión y las valoraciones, proponiendo a la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio la concesión de los premios.Ambas categorías son incompatibles y ningún proyecto puede recibir los dos premios a la vez. Es decir, si un artista mallorquín o una artista mallorquina o residente en Mallorca es la persona mejor valorada y obtiene el premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026, no puede obtener también el Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026.El veredicto, que es inapelable, se hará público en un acto de entrega que tendrá lugar antes del 31 de diciembre de 2026. Las personas ganadoras se comprometen a estar presentes en el acto de entrega de los premios.Los importes de los premios se abonarán en un solo ingreso en una cuenta bancaria a nombre de los ganadores. 10. NormativaLas bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca y de los organismos autónomos dependientes, publicada en el BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017, modificada por acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 y aprobada definitivamente el 1 de agosto de 2018 (BOIB núm. 96, de 4 de agosto de 2018). 11. Instrucción y resolución del procedimientoEl órgano competente para aprobar y resolver esta convocatoria será la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio. El órgano instructor será el secretario técnico del Departamento de Cultura y Patrimonio.La resolución vendrá determinada por la valoración hecha por el jurado.El incumplimiento no subsanable de cualquier requisito establecido en esta convocatoria o el hecho de incurrir en alguno de los supuestos aplicables en función de la naturaleza de estos premios, previstos en el artículo 56 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca, provoca la revocación de la concesión y, consiguientemente, el reintegro total o parcial de las mismas. De igual modo, el acuerdo de concesión podrá modificarse en los casos en que se alteren las condiciones o se obtengan ayudas concurrentes.La resolución se notificará a la persona premiada. Asimismo, se informará al resto de participantes del resultado.Una vez resuelto el procedimiento se requerirá a la persona ganadora que aporte la información bancaria para tramitar el correspondiente pago.El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de este procedimiento será de seis meses, a contar a partir del día que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, transcurridos los cuales sin que se haya dictado la resolución, se entenderán desestimadas todas las solicitudes. 12. Recursos1. Contra la resolución que aprueba esta convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse el recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación. El recurso puede interponerse formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante el Pleno, que es el órgano competente para resolverlo.Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante la sección Contencioso Administrativa del Tribunal de Instancia, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponerse el recurso contencioso administrativo ante la sección Contencioso-Administrativa del Tribunal de Instancia, sin limitación de tiempo.No obstante lo anterior, puede interponerse, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.2. Contra la resolución de concesión de esta convocatoria que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse el recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación. El recurso puede interponerse formalmente ante la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio o ante el Consejo Ejecutivo, que es el órgano competente para resolverlo.Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante la sección Contencioso Administrativa del Tribunal de Instancia, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante la sección Contencioso-Administrativa del Tribunal de Instancia , sin limitación de tiempo.No obstante lo anterior, puede interponerse, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio adoptó el 1 de junio de 2026 la siguiente resolución: Resolución de aprobación de la convocatoria de los premios Mallorca de fotografía contemporánea 2026 Hechos1. El 8 de abril de 2026 se ha emitido memoria justificativa sobre la tramitación de la convocatoria de los premios Mallorca de fotografía contemporánea 2026. El mismo 8 de abril la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio ha dictado resolución para iniciar el expediente correspondiente para tramitar los premios.2. Al expediente de referencia consta la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 20.33210.48100 en el ejercicio 2006 para tramitar la convocatoria del premio Mallorca de fotografía contemporánea 2026.3. En la aplicación presupuestaria 20.33210.22699 hay de crédito presupuestario adecuado y suficiente en concepto de honorarios para los miembros de los jurados de los premios, por un importe total de 2.400,00 €.4. En fecha 29 de mayo de 2026 la Intervención Delegada del Centro la Misericordia ha fiscalizado favorablemente el expediente. Fundamentos de derecho1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca.2. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003 general de subvenciones.3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.4. El decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.5. El Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca, el Decreto de organización del Consell de Mallorca y las Bases de ejecución del presupuesto del Consell de Mallorca del año 2026.6. De acuerdo con el previsto en el artículo 28.1.m) de la Ley 4/2022, de 8 de junio, de consejos insulares, corresponde al Consejo Ejecutivo la aprobación de las convocatorias de ayudas y subvenciones.El acuerdo del Consejo Ejecutivo de 28 de mayo de 2025 de delegación de atribuciones del Consejo Ejecutivo en los consejeros ejecutivos y consejeras ejecutivas. (BOIB n.º 69 de 31 de mayo de 2025)Por todo esto, dicto la siguiente:Resolución1. Aprobar la convocatoria de los premios Mallorca de fotografía contemporánea 2026.2. Autorizar un gasto de 15.000,00 € a cargo a la aplicación presupuestaria 20.33210.48100 del ejercicio 2026 para tramitar la convocatoria de los premios Mallorca de fotografía contemporánea 2026.3. Autorizar un gasto total de 2.400,00 € a cargo de la aplicación presupuestaria 20.33210.22699, para atender los honorarios de los miembros de los jurados de los premios de la convocatoria mencionada.4. Ordenar la publicación en el BOIB de esta convocatoria y trasladar esta información a la base de datos Nacional de Subvenciones.Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación. El recurso puede interponerse formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante el Pleno del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio Convocatoria de los Premios Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026 1. Objeto y finalidadEsta convocatoria tiene por objeto conceder los premios Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026, en régimen de concurrencia competitiva.La finalidad es reconocer la obra de los autores de fotografía contemporánea que se presenten y otorgar dos premios que impliquen una aportación económica.Este reconocimiento supone un estímulo a la creación artística en materia de fotografía contemporánea, fomentando la creación en esa disciplina artística. 2. Aceptación e interpretación de las normas que rigen los premiosEl hecho de presentar un proyecto a los Premios Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026 implica aceptar las normas de esta convocatoria.El órgano instructor tiene la facultad de interpretar esta convocatoria a propuesta del jurado. 3. Régimen jurídicoLa concesión del Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026 se realiza mediante procedimiento de concurrencia competitiva entre las solicitudes presentadas en plazo que cumplen los requisitos para acceder. 4. PremiosEn esta convocatoria se establecen dos premios:• Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026• Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026Estas dos modalidades son excluyentes: un mismo proyecto sólo podrá ser galardonado con uno de los premios.En este sentido, debe explicarse que todos los proyectos presentados optan y pueden ganar el Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026. En cambio, sólo los autores/as nacidos en Mallorca o que residan en Mallorca desde, como mínimo, dos años anteriores al momento de presentación de la solicitud optan y pueden ganar el Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026, en caso de que no hayan ganado el Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026. 4.1. Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026El premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026 está dotado con 10.000,00 € para el proyecto ganador, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.33210.48100 del presupuesto del Consell de Mallorca para el ejercicio 2026.El fotógrafo ganador o la fotógrafa ganadora debe ceder al Consell de Mallorca, sin ninguna clase de contraprestación económica, los derechos de reproducción, exposición, edición y distribución del proyecto premiado en cualquier soporte, formato o medio para actividades y publicaciones de la misma institución sin limitación temporal.Además, posteriormente, el Consell de Mallorca, a través de la Dirección Insular de Cultura, organizará y producirá una exposición del proyecto premiado, que formará parte del programa de actividades y exposiciones de la Dirección Insular de Cultura. La exposición tendrá lugar en un espacio expositivo del Consell de Mallorca antes de que finalice el año 2027.La dirección técnica y la producción de la exposición se ejecutarán por la Dirección Insular de Cultura del Consejo de Mallorca en todo lo referente a la contratación y selección de proveedores. El comisariado y la coordinación se proyectarán y desarrollarán por los técnicos del Archivo del Sonido y de la Imagen.La muestra podrá itinerar durante los dos años posteriores a la finalización de la exposición organizada por el Consell de Mallorca, según las condiciones de transporte, seguro y comisariado que estipule el propio Consell de Mallorca. Una vez terminada la itinerancia, un máximo de tres obras fotográficas de las producidas para la muestra pasarán a formar parte del Fondo de Arte Contemporáneo del Consell de Mallorca.Por otra parte, el proyecto premiado en la categoría Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026 será incluido en la edición y distribución de las obras ganadoras de los Premios Mallorca para la promoción de las obras y de los autores. El Consell de Mallorca también editará el proyecto ganador del Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026 y lo promocionará a través de la editorial a la que se haya adjudicado este encargo por concurso público. 4.2. Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026El Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026 está dotado con 5.000,00 € para el proyecto ganador, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.33210.48100 del presupuesto del Consell de Mallorca para el ejercicio 2026.Pueden optar a este premio, los proyectos presentados por autores nacidos en Mallorca o que residan en Mallorca desde, al menos, dos años anteriores al momento de presentación de la solicitud.El fotógrafo ganador o la fotógrafa ganadora debe ceder al Consell de Mallorca, sin ningún tipo de contraprestación económica, los derechos de reproducción, exposición, edición y distribución del proyecto premiado en cualquier soporte, formato o medio para actividades y publicaciones de la misma institución, sin limitación temporal.Además, posteriormente, el Consell de Mallorca, a través de la Dirección Insular de Cultura, organizará y producirá una muestra con una selección del proyecto premiado (de una a tres obras fotográficas), que formará parte del programa de actividades y exposiciones de la Dirección Insular de Cultura. La exposición tendrá lugar en un espacio expositivo del Consell de Mallorca antes de que finalice el año 2027.La dirección técnica y la producción de la exposición se ejecutarán por la Dirección Insular de Cultura del Consell de Mallorca en todo lo referente a la contratación y selección de proveedores. El comisariado y la coordinación se proyectarán y desarrollarán por los técnicos del Archivo del Sonido y de la Imagen.Una vez terminada la exposición, un máximo de tres obras fotográficas de las producidas para la muestra pasarán a formar parte del Fondo de Arte Contemporáneo del Consell de Mallorca. 5. Requisitos y condiciones de participaciónPueden participar en esta convocatoria de premios las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:- Que presenten la solicitud de participación en plazo.- Que no se encuentren incursas en las causas de prohibición establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca.- Las personas ganadoras para poder recibir los premios deben acreditar que están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado, y con las obligaciones tributarias del Consell de Mallorca.- Que el proyecto presentado cumpla todos los requisitos y condiciones de presentación establecidos en esta convocatoria.- Es una sola convocatoria con dos premios. Todos los proyectos presentados optan al Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026. Sólo los proyectos presentados por autores nacidos en Mallorca o que residan en Mallorca desde, al menos, dos años anteriores al momento de presentación de la solicitud optan al Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026.- Los proyectos que se presentan deben ser inéditos y no deben haberse premiado en otro certamen.- Los proyectos que se presenten tampoco pueden haber sido editados (como libro o catálogo) o expuestos, en su totalidad, en un espacio público o privado.- Los proyectos deben presentarse en un único documento en formato PDF ( con un peso máximo de 30 Mb) e incluir los siguientes elementos:1. Documento de solicitud cumplimentado y firmado.2. Un currículum profesional y artístico del autor o autora.3. El proyecto fotográfico que debe incluir el título, una sinopsis conceptual y cualquier otra información, documento o material relevante que defina el proyecto.4. Un portafolios con las fotografías que conforman el proyecto. El número de imágenes no será menor de 15; en todo caso debería justificarse un número inferior.5. Un segundo portafolios con no menos de 30 imágenes de otros proyectos o series del fotógrafo o fotógrafa.- Las obras presentadas que no se adapten a las condiciones anteriores serán excluidas.- En caso de que se opte al Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc, es necesario presentar una declaración responsable que indique que la persona solicitante nació en Mallorca o que reside en la isla desde, como mínimo, dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, así como la documentación acreditativa de este hecho. 6. Presentación y envío de proyectosLos proyectos deben presentarse en el plazo de 60 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Se enviarán en el formato y con el contenido tal y como se recoge en el apartado 5, mediante el enlace que se habilitará en la web https://web.conselldemallorca.cat/ca/asim , rellenando el formulario correspondiente con los datos personales. 7. Jurado y concesión del premioEl jurado del premio está formado por cuatro miembros de reconocido prestigio en el ámbito de la fotografía contemporánea. Una persona del Archivo del Sonido y de la Imagen actuará como secretaria, con voz y sin voto.Miembros del jurado- Marta Martín Nuñez o persona que la sustituya.- Miquel Frontera Serra o la persona que la sustituya.- Montse Torras Planas o persona que la sustituya.- Natasha Christia o la persona que la sustituya.- Secretario: Pau Pérez-Villegas Ordovás o la persona que le sustituya.El jurado excluirá las obras presentadas que no cumplan con los requisitos establecidos en los puntos 5 y 6 de esta convocatoria.Los honorarios del jurado serán de 600€ (sin IVA) para cada miembro. Si estos deben desplazarse fuera de la isla para la reunión, el Consell de Mallorca asumirá los gastos del traslado y del alojamiento, si es necesario. 8. Criterios de valoraciónLos criterios de valoración que tendrá en cuenta el jurado de los proyectos presentados son los siguientes:- La solidez y el carácter innovador del proyecto.- La calidad técnica y conceptual, la estética y la propuesta formal.- La inserción y proyección del proyecto en el discurso de la fotografía contemporánea.- El jurado valorará el currículo y la trayectoria del autor o autora.La puntuación máxima que puede tener el proyecto es de 100 puntos, que se ponderan según se señala a continuación:1. La solidez y el carácter innovador del proyecto (máximo 35 puntos).2. La calidad técnica y conceptual, la estética y la propuesta formal (máximo 35 puntos).3. La inserción y proyección del proyecto en el discurso de la fotografía contemporánea (máximo 20 puntos).4. El currículo y la trayectoria del autor o autora (máximo 10 puntos). Se concederán:a. 4 puntos a los artistas de trayectoria emergente.b. 8 puntos a los artistas de trayectoria emergente y una proyección nacional consolidada.c. 10 puntos a los artistas con proyección nacional e internacional consolidada.Los miembros del jurado, de forma individual, valorarán y puntuarán todos los proyectos presentados. Una vez puntuados, se realizará una preselección de los proyectos que hayan llegado o superado la puntuación de 70 puntos.Los miembros del jurado, conjuntamente, volverán a valorar y puntuar a los proyectos preseleccionados. De esta última votación saldrán los proyectos ganadores. Previa deliberación del jurado, el proyecto con mayor puntuación y mejor valorado recibirá el Premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026. El proyecto con la segunda mejor puntuación y mejor valorado, de los presentados por autores nacidos en Mallorca o que residan en Mallorca desde, como mínimo, dos años anteriores al momento de presentación de la solicitud, recibirá el Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026. 9. Concesión de los premiosLos premios se otorgan a los proyectos mejor considerados en cada una de ambas categorías, a criterio del jurado.Sin embargo, si el jurado cree, también por unanimidad, que ninguno de los proyectos alcanza la calidad mínima para ser galardonado, los premios pueden quedar desiertos.Cuando el jurado decida los proyectos ganadores de ambas categorías, emitirá un informe sobre la reunión y las valoraciones, proponiendo a la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio la concesión de los premios.Ambas categorías son incompatibles y ningún proyecto puede recibir los dos premios a la vez. Es decir, si un artista mallorquín o una artista mallorquina o residente en Mallorca es la persona mejor valorada y obtiene el premio Mallorca de Fotografía Contemporánea 2026, no puede obtener también el Premio Mallorca de Fotografía Talent Illenc 2026.El veredicto, que es inapelable, se hará público en un acto de entrega que tendrá lugar antes del 31 de diciembre de 2026. Las personas ganadoras se comprometen a estar presentes en el acto de entrega de los premios.Los importes de los premios se abonarán en un solo ingreso en una cuenta bancaria a nombre de los ganadores. 10. NormativaLas bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca y de los organismos autónomos dependientes, publicada en el BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017, modificada por acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 y aprobada definitivamente el 1 de agosto de 2018 (BOIB núm. 96, de 4 de agosto de 2018). 11. Instrucción y resolución del procedimientoEl órgano competente para aprobar y resolver esta convocatoria será la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio. El órgano instructor será el secretario técnico del Departamento de Cultura y Patrimonio.La resolución vendrá determinada por la valoración hecha por el jurado.El incumplimiento no subsanable de cualquier requisito establecido en esta convocatoria o el hecho de incurrir en alguno de los supuestos aplicables en función de la naturaleza de estos premios, previstos en el artículo 56 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca, provoca la revocación de la concesión y, consiguientemente, el reintegro total o parcial de las mismas. De igual modo, el acuerdo de concesión podrá modificarse en los casos en que se alteren las condiciones o se obtengan ayudas concurrentes.La resolución se notificará a la persona premiada. Asimismo, se informará al resto de participantes del resultado.Una vez resuelto el procedimiento se requerirá a la persona ganadora que aporte la información bancaria para tramitar el correspondiente pago.El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de este procedimiento será de seis meses, a contar a partir del día que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, transcurridos los cuales sin que se haya dictado la resolución, se entenderán desestimadas todas las solicitudes. 12. Recursos1. Contra la resolución que aprueba esta convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse el recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación. El recurso puede interponerse formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante el Pleno, que es el órgano competente para resolverlo.Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante la sección Contencioso Administrativa del Tribunal de Instancia, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponerse el recurso contencioso administrativo ante la sección Contencioso-Administrativa del Tribunal de Instancia, sin limitación de tiempo.No obstante lo anterior, puede interponerse, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.2. Contra la resolución de concesión de esta convocatoria que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse el recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación. El recurso puede interponerse formalmente ante la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio o ante el Consejo Ejecutivo, que es el órgano competente para resolverlo.Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante la sección Contencioso Administrativa del Tribunal de Instancia, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante la sección Contencioso-Administrativa del Tribunal de Instancia , sin limitación de tiempo.No obstante lo anterior, puede interponerse, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.