Plazo no verificadoBDNS 915493
Programa de cooperación BenOurense para el servicio de ayuda en el hogar – SAF básico para el ejercicio 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE OURENSE · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE OURENSE
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 02:34 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES113 - Ourense
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- 01/07/2026
- Fin de solicitudes
- 21/07/2026
- Registro en BDNS
- 25/06/2026
- Publicación en diario oficial
- 30/06/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Objeto Constituye el objeto de este Programa: BenOurense SAF básico, la regulación de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a las entidades locales de la provincia de Ourense de menos de 20.000 habitantes que presten el servicio de atención en el hogar básico (SAF básico). Se incluyen también las mancomunidades intermunicipales que gestionen servicios sociales de un conjunto de municipios con menos de 20.000 habitantes, al tratarse de meras entidades instrumentales de los ayuntamientos que ejercen competencias delegadas por aquellos. El presente programa se estructura en dos acciones:1°) Acción 1. Digitalización del SAF. Asistencia económica con objeto de facilitarle a las entidades locales la gestión digitalizada del SAF a través de una herramienta informática contratada por la entidad local.2°) Acción 2.- Cofinanciación SAF Básico. Asistencia económica para la cofinanciación de la prestación del servicio de ayuda en el hogar básico - SAF básico.Para la concesión de estas ayudas se reserva un crédito, dentro de la partida presupuestaria 23111 46200 de 1.550.000,00 €BeneficiariosAcción 1. Digitalización del SAF. Serán beneficiarias las entidades locales, de menos de 20.000 habitantes, que presten el SAF, y que gestionen ya o decidan gestionar digitalmente el SAF haciendo uso de una herramienta informática contratada por la entidad local. Para que esta digitalización sea subvencionable, la herramienta informática contratada tendrá que ofrecer, como mínimo, las prestaciones recogidas en el anexo I de estas bases.Serán subvencionables los gastos derivados de la prestación de este servicio/suministro y que se recojan en la/s factura/s emitidas a las entidades locales por la empresa responsable de la prestación de dicho servicio/abastecimiento, de acuerdo con lo establecido en la base III.1.Acción 2. Cofinanciación del SAF Básico. La Diputación podrá reconocerles subvención a través de este Programa, en atención al dispuesto en el artículo 31.3 del Decreto 99/2012, de 16 de marzo, modificado por el Decreto 148/2014, de 6 de noviembre, a las entidades locales de la provincia de Ourense de menos de 20.000 habitantes, que presten el servicio de ayuda en el hogar básico- SAF básico, tanto en los supuestos de gestión directa como de gestión indirecta del servicio.Cuantías de las subvencionesAcción 1: Digitalización del SAFLa cuantía económica se reconocerá por entidad local adherida a esta línea de subvención que preste servicio de SAF Básico y está destinada a la digitalización de la gestión del servicio de ayuda en el hogar.El importe máximo destinado a esta línea de subvención será de 205.000,00 €, que se repartirá entre todas las entidades locales adheridas y la cuantía máxima resultante no podrá ser superior la 2.500,00 € para las entidades locales de hasta 5.000 habitantes, y de 3.500,00 € para las entidades locales de más de 5.000 habitantes.Acción 2: Cofinanciación de la prestación del SAF básico:En el caso de la Acción 2, la cuantía está determinada por un tramo fijo lineal, un tramo fijo según el grado en el que el ayuntamiento esté clasificado en atención a la “prioridad demográfica”, y un tramo variable, calculado segundo la ratio de cobertura de unidades de convivencia establecido en el anexo III del Decreto 99/2012, según la población y la clasificación de cada ayuntamiento.Procedimiento de adhesión de los ayuntamientos. PlazoLos ayuntamientos interesados en participar deberán comunicarle su adhesión a la Diputación Provincial, mediante una resolución de la Alcaldía (u órgano delegado, si es el caso), en la que se manifieste expresamente la asunción de los deberes y compromisos previstos en el Programa, y una declaración responsable de otras ayudas y subvenciones concedidas para el mismo servicio por la Diputación de Ourense.El plazo de presentación de la adhesión será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOP del extracto de esta convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. No se admitirá ninguna solicitud de adhesión formulada en fecha posterior.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 25/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 25/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSPrograma de cooperación BenOurense para el servicio de ayuda en el hogar – SAF básico para el ejercicio 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.