PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
26/06/2026
Publicación en diario oficial
07/07/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la fecha de publicación.
Texto oficial de cierre: Un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Línea II: Subvenciones a las entidades asociativas trabajadores ytrabajadoras autónomas.De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del artículo16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la ComunidadAutónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional deSubvenciones(https://www.infosubvenciones.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) asícomo en el presente Diario Oficial de Extremadura(http://doe.juntaex.es).Primero. Objeto.Las presentes subvenciones tienen por objeto apoyar el funcionamiento delas entidades asociativas del autoempleo, como medida de promoción de laeconomía social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura,para que puedan conseguir de forma eficaz el cumplimiento de los finesque les son propios, esto es la defensa y promoción de sus miembros y dela actividad e intereses que representen.Segundo. Beneficiarias.Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas, de acuerdo conlos requisitos y condiciones establecidos en la orden de basesreguladoras, las entidades asociativas de la Comunidad Autónoma deExtremadura con ámbito de actuación autonómico y sede en Extremadura,integradas en su totalidad por trabajadores y trabajadoras autónomas.No podrán obtener la condición de beneficiarias las federaciones yconfederaciones de entidades asociativas, ni las organizacionesprofesionales y/o empresariales agrarias.Tercero. Bases reguladoras.Mediante la Orden de 11 de abril de 2024 se establecen las basesreguladoras de subvenciones a Entidades Asociativas de la EconomíaSocial y el Autoempleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm.75, de 18 de abril).Cuarto. Cuantía máxima y financiación.El importe total del crédito destinado a esta convocatoria será de357.583,28 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 120100000G/325A/48000 TE24001001 y código de proyecto 20100166 “Ayudas entidadesasociativas”, siendo la fuente de financiación Transferencia del Estadopor importe de 357.583,00 euros.El importe del crédito destinado a esta Línea II será de 97.466,18euros, con cargo a la aplicación presupuestaria y proyecto indicados.Las entidades beneficiarias podrán obtener una subvención de hasta45.000,00 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.La solicitud podrá presentarse en el plazo de un mes, a contar desde eldía siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria y delpresente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.Sexto. Otros datos.Las entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse a través demedios electrónicos con la administración competente para la tramitaciónde las presentes subvenciones.Las solicitudes de subvención y de abono estarán disponibles en elportal web de información al ciudadano de la Junta de Extremadura,www.juntaex.es, y se presentarán de forma electrónica a través delRegistro Electrónico General de la Sede Electrónica de la Junta deExtremadura,https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf, o en elregistro electrónico de cualquiera de las entidades a las que se refiereel artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.