Plazo no verificadoBDNS 916439
Ayudas públicas destinadas a estudios obligatorios - curso escolar 2025/2026
LOCAL · BENIPARRELL · AYUNTAMIENTO DE BENIPARRELL
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 22:16 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 01/07/2026
- Publicación en diario oficial
- 10/07/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP Valencia
Texto oficial de cierre: 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Edicto sobre Resolución Alcaldía n.º 2026-0612 de aprobación de la convocatoria de ayudas públicas destinadas a Estudios Obligatorios curso escolar 2025/26.El Ayuntamiento de Beniparrell ha dictado la Resolución de Alcaldía 2026-0612 de fecha 17 de junio de 2026, cuya parte dispositiva es la siguiente:Convocatoria de Ayudas Públicas destinadas a Estudios Obligatorios curso escolar 2025/2026 con los siguientes requisitos:OBJETO DE LA SUBVENCIÓN.Las presentes bases tienen como objeto establecer las normas por las que han de regirse la solicitud y concesión de ayudas destinadas a la adquisición de libros de texto y material escolar para todos los jóvenes empadronados en Beniparrell que estén cursando ESTUDIOS OBLIGATORIOS durante el curso escolar 2025/2026.Este programa va dirigido a la enseñanza obligatoria que la constituyen la educación primaria y secundaria.El procedimiento asignado para la concesión de las distintas solicitudes será en régimen de concurrencia competitiva.BENEFICIARIOS.Podrán acogerse a esta convocatoria todos los alumnos/as que cumplan los siguientes requisitos:Estar empadronado en Beniparrell (mínimo un año).Estar cursando enseñanza obligatoria (infantil, primaria y secundaria) curso 2025/2026 en centros educativos de la Comunidad Valenciana.No estar matriculado en el CEIP Blasco Ibáñez de Beniparrell.Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Beniparrell.No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.CUANTÍA DE LAS AYUDAS.Se valorará las ayudas en base a la totalidad de gastos presentados y admitidos como válidos. En el caso de que el gasto sea menor, únicamente se podrá conceder y abonar la cuantía por el valor justificado.Las ayudas consistirán en una cantidad fija (50,00 €) y una cantidad variable hasta de 50,00 € más, que se valorará según lo siguiente:Ingresos de la unidad familiar: Cantidad máxima asignada: 20 € por 12 puntos de este apartado,Se tendrá en cuenta la renta per cápita de la unidad familiar, según declaración de la renta del ejercicio inmediatamente anterior (ejercicio 2024), de acuerdo con la siguiente escala referenciada al Salario Mínimo Interprofesional (pagas extras incluidas):Renta anual (unidad familiar) Equivalencia Puntos Equivalencia EurosHasta 7.561-€ año 12 puntos 20,00 €De 7.561.01 a 8.640.-€/año 10 puntos 16,00 €De 8.640.01 a 9.720.-€/año 8 puntos 14,00 €De 9.720,01 a 10.800.-€/año 6 puntos 12,00 €De 10.800,01 a 11.880-€/año 4 puntos 8,00 €De 11.880,01 a 12.960-€/año 3 puntos 6,00 €De 12.960,01 a 14.040.-€/año 2 puntos 4,00 €De 14.040,01 a 15.120.-€/año 1 puntos 2,00 €A partir de 15.120,01.-€/año 0 puntos 0,00 €La renta anual de la unidad de convivencia se calculará sumando los miembros de la unidad y las rentas correspondientes a cada uno de ellos, en función de un informe de convivencia emitido.Por unidad familiar. Cantidad máxima asignada 20 € por 12 puntos.Por unidad familiar en la que conste descendientes o ascendientes en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad a su cargo, entendiéndose como tales: los menores de 26 años que no perciban rentas, las personas con una discapacidad reconocida de al menos el 33%, o menores en acogida.Todo ello según el siguiente baremo:Situaciones familiares contempladas Equivalencia Puntos Equivalencia EurosUnidad familiar monoparental con uno o varios hijo/hija o más. 5 puntos 10,00 €Unidad familiar integrada por progenitores o tutores legalesy dos o más hijo/hijas a cargo; o unidad familiar integrada por progenitoreso tutores legales y un hijo/hija con discapacidad reconocida de al menos el 33%. 10 puntos 20,00 €Unidad familiar integrada por progenitores o tutores legalesy 3 o más personas a cargo. 10 puntos 20,00 €Será necesario que se acredite la convivencia.Por circunstancias laborales de progenitores o tutores legales. Cantidad asignada 10,00 €.Por situación de desempleo de larga duración (mayor a 12 meses) de alguno de los padres o tutores legales. Será necesario que se acredite mediante informe laboral y que se acredite la convivencia. No obstante, el importe de la ayuda, sumado al de las otras ayudas que, en su caso, pueda recibir el beneficiario para la misma finalidad, no podrá ser de tal cuantía que supere el coste total de los gastos derivados de los estudios. En caso de que la totalidad de las instancias presentadas superen el importe consignado en la partida, deberá realizase un reparto equitativo entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos, de forma que los importes concedidos podrán ser inferiores al importe máximo establecido, distribuyéndose la totalidad de la consignación presupuestaria entre las solicitudes, presentadas en tiempo y forma.DOCUMENTACION APORTAR.Solicitud, debidamente cumplimentada y firmada. Fotocopia documento acreditativo de estar matriculado en enseñanza obligatoria en un centro educativo durante el curso escolar 2025/2026.Relación de gastos:Original de las facturas relacionadas con los gastos subvencionables (con fecha entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de mayo de 2026).Certificado de titularidad de cuenta bancaria.Renta anual del 2024 de la unidad de convivencia (solo presentar en caso de obtener puntuación).Informe de convivencia (solo presentar en caso de obtener puntuación).Informe laboral (solo presentar en caso de obtener puntuación).El modelo normalizado de solicitud, así como el resto de la documentación podrán encontrarse en la web del Ayuntamiento de Beniparrell: www.beniparrell.esPLAZOS PRESENTACIÓN SOLICITUDES.Las solicitudes podrán presentarse tanto por Registro de Entrada de 9:00h. a 10:00h. (solicitando cita previa), como mediante medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento: https://beniparrell.sedelectronica.esEl plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del Extracto de la convocatoria en Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.PROCEDIMIENTO CONCESION.El procedimiento asignado para la concesión de las distintas solicitudes será en régimen de concurrencia competitiva.FINANCIACIÓN.La presente convocatoria de subvenciones se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 320/48902 “TRANSFERENCIAS: AYUDAS MATERIAL ESCOLAR” Del Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2026, con una cuantía total máxima de las subvenciones convocadas de QUINCE MIL EUROS (15.000,00€).PAGO.Una vez aceptada y revisada toda la documentación presentada, la comisión evaluadora asignará a cada solicitud aprobada una cantidad económica y se procederá al pago de la misma mediante transferencia bancaria al número de cuenta que conste en el certificado de titularidad bancaria que se debe aportar.OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS.Los beneficiarios de la subvención estarán sometidos a las siguientes obligaciones:Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control.Comunicar al Ayuntamiento cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las subvenciones recogidas en las presentes normas. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las subvenciones podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión y eventualmente a su revocación.Reintegrar los fondos recibidos en caso de no cumplir con los requisitos y condiciones y obligaciones establecidas en las normas, así como los supuestos regulados en el artículo 37 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones (LGS), y en particular, por obtener la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido, o mostrar resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero prevista en el artículo 14 de la LGS.Con carácter específico los beneficiarios estarán sometidos a las obligaciones que se relacionan a continuación:Comunicar al Ayuntamiento si reciben otras subvenciones, ayudas o ingresos que financien total o parcialmente las actividades subvencionadas.
Bases y documentación
Solicitud ayuda estudios obligatorios curso escolar 2025-2026Publicado 01/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 01/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto sobre bases reguladoras destinadas a estudios obligatorios, curso escolar 2025/2026Publicado 10/07/2026Bases reguladoras de ayudas públicas destinadas a sufragar parte de los costes por estudios obligatorios - curso escolar 2025/2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.