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Plazo no verificadoBDNS 917024

Convocatoria concesión de subvenciones área de cultura

LOCAL · COMARCA DE VALDEJALÓN · COMARCA DE VALDEJALÓN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 22:27 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES243 - Zaragoza

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
03/07/2026
Publicación en diario oficial
10/07/2026

Texto oficial de apertura: Al día siguiente a la Publicación en el BOP Zaragoza

Texto oficial de cierre: fin de justificación

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

NORMAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA COMARCA DE VALDEJALÓN, PARA ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA CULTURA QUE SE REALICEN DURANTE EL EJERCICIO 2026.La presente convocatoria de subvenciones se realiza en régimen de concurrencia competitiva y se corresponde con la línea de subvención Cultura, comprendida dentro de Art.9 CULTURA, del Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2024-2027 publicado en el BOPZ núm. 65 de fecha 20 de marzo de 2024, y las modificaciones posteriores, rigiéndose por la Ordenanza General de Subvenciones de la Comarca de Valdejalón, publicada en el BOPZ núm. 114 de fecha 22 de mayo de 2019 en cuanto no contradiga lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Texto refundido de la ley de Subvenciones de Aragón, Ley 7/1999, de 2 de abril, de Administración Local de Aragón, y el Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón.Primero. - Objeto y período de ejecución de la actividad.Objeto: El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones para la realización de proyectos y actividades que tengan por objeto la promoción y fomento de la cultura, en su más amplia acepción, por asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con domicilio social en alguno de los municipios de la Comarca.Será condición indispensable que el programa o actividad objeto de subvención se desarrolle en alguno o algunos de los municipios que integran la Comarca de Valdejalón y beneficie directamente a entidades sin ánimo de lucro con domicilio social en algún municipio comarcal. Cabrá realizarse actuaciones fuera del territorio la Comarca siempre que fomenten los valores culturales y el desarrollo de la competencia comarcal en el ámbito de la cultura.Segundo. Período de ejecución de la actividad.Podrán ser objeto de subvención los gastos realizados y efectivamente pagados entre el 01 de enero y el 27 de noviembre de 2026.Tercero. - Cuantía de la subvención y financiación de las actividades subvencionadas.1. El importe total de la subvención a conceder por la Comarca de Valdejalón no superará el 80% del programa/actividad subvencionable, debiendo justificarse la subvención concedida en la forma y por el importe definido en la base decimotercera. El importe máximo de la subvención concedida por la comarca de Valdejalón a cada asociación o entidad sin ánimo de lucro no podrá superar el importe de 4.000,00 €.2. Esta subvención no será compatible con otras subvenciones concedidas por parte de la Comarca de Valdejalón. Cada asociación o entidad sin ánimo de lucro solo podrá concurrir a una línea de subvenciones de las aprobadas por la Comarca de Valdejalón.3. Esta subvención será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos destinados a la misma actividad procedentes de otras Administraciones o Entidad Públicas, en cuyo caso, la suma de las mismas no podrá suponer más de 80% del coste de la actividad subvencionada. Si la suma de ayudas públicas superase dicho porcentaje, la aportación de la Comarca se reducirá hasta cumplir con ese porcentaje.Cuarto. - Beneficiarios.Podrán solicitar subvención las Entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que estén legalmente constituidas e inscritas en el registro competente, que tengan su domicilio social en alguno de los municipios de la Comarca, y que realicen actividades de interés cultural en el año 2026.Quinto. – Plazo de presentación.El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Las solicitudes de subvención y la documentación a que se hace mención en el apartado anterior, deberán ser dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Comarca de Valdejalón, Avd/ María Auxiliadora,2 50.100 La Almunia de Dª Godina, y deberán presentarse electrónicamente a través del registro electrónico de la Comarca o correspondiente registro electrónico.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 03/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria de subvenciones concurrencia competitiva del área de cultura de la Comarca de ValdejalónPublicado 10/07/2026