Plazo no verificadoBDNS 917339
AYUDAS POS+ADIC. 2026 PARA GASTOS SOCIALES
LOCAL · BOIRO · AYUNTAMIENTO DE BOIRO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 22:33 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES111 - A Coruña
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 06/07/2026
- Publicación en diario oficial
- 09/07/2026
Texto oficial de apertura: 16/06/2026
Texto oficial de cierre: 15/10/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.—Objeto y finalidad.El objeto de estas normas es regular la concesión de ayudas económicas extraordinarias y no periódicas destinadas a atender situaciones de necesidad social, conforme a los principios de publicidad, objetividad, igualdad y libre concurrencia. Las ayudas corresponden a las medidas previstas en los apartados b), f) y g) del POS+ADICIONAL 1/2026:a) Ayudas económicas para obras menores de reparación, adaptación o mejora en la vivienda habitual relacionadas con la accesibilidad, la eliminación de barreras arquitectónicas o la mejora de la autonomía personal.b) Adaptación funcional de la vivienda para personas con dependencia reconocida.c) Servicios de respiro familiar y conciliación de la vida laboral y personal. La finalidad de estas ayudas es cubrir necesidades básicas y atender situaciones de emergencia social, fomentando la inclusión y la cobertura de necesidades esenciales.Segundo.—Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios los miembros de unidades de convivencia cuyos recursos económicos sean insuficientes para cubrir los gastos necesarios destinados a prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social.A los efectos de estas normas, se entenderá por unidad de convivencia aquella definida en el artículo 11 de la Ley 10/2013, de 27 de noviembre, de inclusión social de Galicia. Los miembros de la unidad de convivencia del solicitante también se considerarán destinatarios de la ayuda. Tercero.- Bases reguladoras.Las bases reguladoras de esta convocatoria fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el 16 de junio de 2026 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de A Coruña, n.º 125, el 6 de julio de 2026.https://bop.dacoruna.gal/bopportal/publicado/2026/07/06/2026_0000004427.html Cuarto.- CuantíaLa dotación económica total destinada a esta convocatoria asciende a SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (69.624,50 €), distribuidos entre las siguientes líneas de actuación: LÍNEA 1. Ampliación y financiación de partidas presupuestarias municipales para ayudas de emergencia social: 41.874,50 € -Línea 1.b. Ayudas económicas para la realización de pequeñas reparaciones o reformas en la vivienda relacionadas con la accesibilidad: 14.000,00 € LÍNEA 2. Adaptación funcional de la vivienda para personas en situación de dependencia: 20.000,00 € LÍNEA 3. Servicios de respiro familiar y conciliación de la vida laboral y familiar: 7.750,00 €La distribución de los fondos tiene carácter orientativo y podrá ser redistribuida entre las distintas líneas en función de las necesidades existentes y de la disponibilidad presupuestaria. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente. Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.En general, el plazo de presentación permanecerá abierto hasta el 15 de octubre de 2026 o hasta que se agoten los fondos disponibles. Sexta.- Documentación y presentación de solicitudes.Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: Formulario de solicitud (Anexo I).  Documento de identificación del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia. Certificado colectivo de empadronamiento o autorización para verificar dicha información. Acreditación de ingresos laborales, nóminas o ingresos derivados de pensiones o prestaciones públicas/privadas de la unidad familiar. Extractos bancarios de los últimos doce meses de todas las cuentas bancarias de la unidad de convivencia. En caso de no poder acreditarse los movimientos bancarios, declaración jurada sobre los ingresos económicos mensuales de la unidad familiar. Copia del recibo del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), contrato de alquiler o copia de la factura/recibo en caso de residir en un establecimiento turístico. Presupuesto o factura proforma del gasto solicitado. Cualquier otra documentación que el departamento de Servicios Sociales considere relevante para valorar la situación social.Adicionalmente, solo para la Línea 1.b y la Línea 2: Nota simple del Registro de la Propiedad, escritura pública o cualquier otro documento que acredite la propiedad de la vivienda. Certificado de dependencia, discapacidad, movilidad reducida o condiciones médicas, entre otros.Las solicitudes se presentarán utilizando el modelo normalizado (Anexo I) y podrán tramitarse en el Registro General del Ayuntamiento, a través de la sede electrónica municipal o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 06/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 06/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSAYUDAS POS + PARA GASTOS SOCIALESPublicado 09/07/2026AYUDAS POS+ADIC. 2026 PARA GASTOS SOCIALESInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.