Plazo no verificadoBDNS 917551
FINANCIACION ESTATAL-INC.LAB.PERS.EXC.SOC.-AYUDAS EMPRESAS INSERCION (AY.4)
AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 22:37 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES3 - COMUNIDAD DE MADRID
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 15/07/2026
- Fin de solicitudes
- 28/07/2026
- Registro en BDNS
- 07/07/2026
- Publicación en diario oficial
- 14/07/2026
Texto oficial de apertura: EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN BOCM
Texto oficial de cierre: 10 DIAS HABILES DESDE EL INICIO
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Extracto publicado
BDNSDe conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).Primero. Objeto y bases reguladoras.1. La presente orden, tiene por objeto convocar para el año 2026 subvenciones parafavorecer la inclusión laboral de personas expuestas a factores de vulnerabilidad y/oexclusión social mediante ayudas a las empresas de inserción y sus entidades promotoras,en el marco del Programa Operativo FSE+ 2021/2027 de la Comunidad de Madrid.2. Las bases reguladoras de este programa se encuentran recogidas en la Orden de 8 dejulio de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban lasbases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de inclusión laboral depersonas en situación de exclusión social mediante ayudas a las empresas de inserción.Segundo. Entidades beneficiarias y requisitos.1. Podrán ser beneficiarios de la Ayuda 4 las empresas de inserción con centro detrabajo en la Comunidad de Madrid que cumplan con lo establecido en la Ley 44/2007, de 13de diciembre, para la regulación del régimen de empresa de inserción, y que se encuentreninscritas y calificadas por el Registro Administrativo de Empresas de Promoción eInserción Laboral subvencionables por la Comunidad de Madrid, de acuerdo con loestablecido en los artículos 17 a 22 del Decreto 32/2003, de 13 de marzo, del Consejo deGobierno, por el que se regula la colaboración de las empresas de promoción e inserciónlaboral de personas en situación de exclusión social con la Comunidad de Madrid y seestablecen medidas de fomento de su actividad. También podrán solicitar las ayudas lasempresas de inserción en proceso de calificación que hubieran solicitado la misma concarácter previo a la publicación de la convocatoria, aunque no podrá concederse lasubvención en tanto no obtengan la calificación en el citado Registro.2. Los beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden deberán reunir lossiguientes requisitos generales:a) Hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con laComunidad de Madrid.c) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en lostérminos previstos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones,aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de noviembre.d) No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición debeneficiario de subvenciones públicas.Tercero. Gastos subvencionables y cuantía de la subvención.La ayuda 4 tiene por objeto la financiación parcial, con un tope máximo del 90 por 100, delas inversiones en activo fijo que estén vinculadas a la creación de nuevos puestos detrabajo de personas en inserción, siempre que dicha inversión esté relacionada con lasactividades desarrolladas por la empresa de inserción.Se establece un módulo económico de 15.000 euros por puesto de inserción creado, con unlímite del 90 por 100 del coste total de la inversión realizada subvencionable sin IVA,debiendo justificarse la realización del 100 por 100 de la inversión.Cuarto. Periodo subvencionable y financiación.El periodo subvencionable para las 4 ayudas comprenderá desde 1 de septiembre de 2025 al30 de junio de 2026.La Ayuda 4 estará dotada con 300.000 euros con cargo al Programa 241 M Promoción y Fomentodel Empleo, centro gestor 200150000, subconcepto 77309 de los Presupuestos Generales de laComunidad de Madrid para el año 2026.Será objeto de financiación con cargo a fondos procedentes de la distribución de créditosen materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado para su gestión por lasComunidades Autónomas.Quinto. Publicidad de la convocatoria y plazo de presentación de solicitudes.1. La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en formadel presente extracto, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, quepublicará el texto íntegro de la misma en el Sistema Nacional de Publicidad deSubvenciones.Así mismo, la convocatoria se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid,http://www.comunidad.madrid., dentro del apartado de Ayudas dirigidas a Centros Especialesde Empleo, Empresas de Inserción y otras entidades colaboradoras, en Programa de ayudas alas empresas de inserción.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el díasiguiente al de la publicación de esta convocatoria en forma de extracto en el BoletínOficial de la Comunidad de Madrid.Sexto. Formularios.Los modelos normalizados correspondientes a los formularios previstos en esta convocatoriaserán publicados en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.
Bases y documentación
Otros documentos BOCM-20260714-29_Ay4Publicado 23/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 23/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 2 de julio de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan, para el año 2026, las subvenciones de la Ayuda 4 del programa de inclusión laboral de personas expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social mediante ayudas a las empresas de inserción.Publicado 14/07/2026ORDEN DE 8 DE JULIO DE 2025, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EM#PLEO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA LA INCLUSIÓN LABORAL DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL MEDIANTE AYUDAS A LAS EMPRESAS DE INSERCIÓNInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.