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Plazo no verificadoBDNS 918105

Acuerdo del Consejo Ejecutivo, de 29 de junio de 2026, relativo a la convocatoria de las ayudas para acciones para mejorar el conocimiento, salvaguarda y difusión del patrimonio histórico, incluido el patrimonio cultural inmaterial de Menorca, año 2026

LOCAL · CONSEJO INSULAR DE MENORCA · CONSELL INSULAR DE MENORCA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 22:49 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES533 - Menorca

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
15/07/2026
Fin de solicitudes
13/08/2026
Registro en BDNS
09/07/2026
Publicación en diario oficial
14/07/2026

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB

Texto oficial de cierre: 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. BeneficiariosSegún las diferentes líneas de ayudas, pueden ser beneficiarias:- Línea 1. Restauraciones de bienes del patrimonio histórico1. Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas que sean titulares de un bien mueble o inmueble integrante del patrimonio histórico de Menorca, o que tengan autorización del titular.2. Los beneficiarios que hayan obtenido una ayuda anterior del Consejo Insular de Menorca para la restauración de bienes muebles o inmuebles deben justificar la finalización de los trabajos o presentar el compromiso de entrega a que hace referencia la base 7.3.B letra c correspondiente a la Línea 1.- Línea 2. Intervenciones arqueológicas y paleontológicas1. Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presente un proyecto firmado por un arqueólogo profesional con experiencia que asuma la dirección de los trabajos de acuerdo con lo que establece el Reglamento de intervenciones arqueológicas y paleontológicas de las Illes Balears.2. Los que hayan sido beneficiarios de una ayuda anterior para intervenciones arqueológicas deben haber entregado al CIM el informe o la memoria de la campaña anterior o presentar el compromiso de entrega a la que hace referencia la base 7.3.B letra e correspondiente a la Línea 2.3. Una misma entidad o equipo no puede solicitar más de una ayuda para el mismo yacimiento.4. No haber sido sancionado con carácter firme por incumplimiento de las obligaciones o condiciones establecidas en el otorgamiento de intervenciones arqueológicas o paleontológicas anteriores, de acuerdo con lo que establece el art. 109 de la Ley 12/1998, del patrimonio histórico de las Illes Balears.- Línea 3. Investigaciones de tipo histórico1. Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presente un proyecto firmado por una persona responsable con titulación superior universitaria especializada en la materia objeto de la investigación histórica, arqueológica o paleontológica.2. También pueden optar las asociaciones vinculadas al estudio, la salvaguardia y la difusión del patrimonio histórico.3. Los solicitantes de la ayuda únicamente pueden presentar un proyecto por convocatoria.4. Los beneficiarios que hayan obtenido una ayuda anterior del Consejo Insular de Menorca para investigaciones de tipo histórico, arqueológico y paleontológico deben justificar la finalización de los trabajos o presentar el compromiso de entrega a que hace referencia la base 7.3.B letra g correspondiente a la Línea 3.- Línea 4. Publicaciones científicas1. Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presenten un proyecto firmado por una persona responsable con titulación superior universitaria especializada en la materia objeto de la investigación.2. También pueden optar las asociaciones vinculadas al estudio, la salvaguardia y la difusión del patrimonio histórico, incluido el patrimonio cultural inmaterial.3. Los solicitantes de la ayuda únicamente pueden presentar un proyecto por convocatoria.4. Los beneficiarios que hayan obtenido una ayuda anterior del Consejo Insular de Menorca por publicaciones científicas deben justificar la finalización de los trabajos o presentar el compromiso de entrega a que hace referencia la base 7.3 B letra f) correspondiente a la Línea 4.- Línea 5. Organización y realización de jornadas y actividades de difusión1. Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presente un proyecto firmado por una persona responsable con titulación superior universitaria especializada en la materia objeto de la realización de las jornadas y/o actividades de difusión.2. También pueden optar las asociaciones vinculadas al estudio, la salvaguardia y la difusión del patrimonio histórico que presenten el mencionado proyecto.3. Quedan excluidas de esta convocatoria las actividades que hayan recibido una ayuda dentro de otra convocatoria del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes del CIM.4. Los solicitantes de la ayuda únicamente pueden presentar un proyecto por convocatoria.5. Los beneficiarios que hayan obtenido una ayuda anterior del Consejo Insular de Menorca para organizar y llevar a cabo jornadas o actividades de difusión deben justificar la finalización de los trabajos o presentar el compromiso de entrega a que hace referencia la base 7.3.B letra c correspondiente a la Línea 5.- Línea 6. Acciones de salvaguardia, conocimiento y difusión del patrimonio cultural inmaterial1. Pueden ser beneficiarias las asociaciones y entidades vinculadas al estudio, la salvaguardia y la difusión del patrimonio cultural inmaterial que presenten un proyecto que se adecue a lo que establece la base 4 para esta línea.2. También pueden optar las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presente un proyecto firmado por una persona responsable con titulación superior universitaria especializada en la materia objeto de la realización de la acción de salvaguardia o difusión, o con experiencia demostrable en la gestión del patrimonio cultural inmaterial de Menorca.3. Quedan excluidas de esta convocatoria las actividades que hayan recibido una ayuda dentro de otra convocatoria del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes del CIM.4. Los solicitantes de la ayuda únicamente pueden presentar un proyecto por convocatoria.Segundo. ObjetoMejorar el conocimiento, la salvaguardia y la difusión del patrimonio cultural inmaterial (PCI) de Menorca promoviendo la elaboración de planes de salvaguardia para los elementos del PCI en riesgo de desaparición, así como también apoyar económicamente a las actividades que significan ampliar y mejorar el conocimiento y la salvaguardia del patrimonio histórico a través de intervenciones arqueológicas, paleontológicas, investigaciones de tipo histórico, restauración de bienes y la difusión de los mismos.Tercero. Bases reguladorasEsta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de día 8 de abril de 2024 y publicadas en el BOIB núm. 58, de 2 de mayo de 2024.Cuarto. CuantíaEl importe global máximo de la convocatoria es de 530.000 € (quinientos treinta mil euros), de acuerdo con el siguiente desglose:                                                                                                                                         2025                                   2026                              TOTAL                                                                                        Línea 1. Restauraciones                                                                                                60.000 €                             60.000 €                         120.000 €Línea 2. Intervenciones                                                                                               143.500 €                            143.500 €                         287.000 €Línea 3. Investigaciones                                                                                               30.000 €                              30.000 €                           60.000 €Línea 4. Publicaciones                                                                                                   9.000 €                                9.000 €                            18.000 €Línea 5. Jornadas y actividades de difusión PH                                                            7.500 €                                7.500 €                            15.000 €Línea 6. Acciones de salvaguarda y difusión del Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI)30.000 €                                                                        30.000 € TOTAL                                                                                                                         280.000 €                             250.000 €                          530.000 €Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales a partir del día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.Sexto. Otros datosLos importes máximos por solicitud y convocatoria son los siguientes:-Línea 1. Restauraciones: 12.000 euros.-Línea 2. Intervenciones: 18.000 euros.-Línea 3. Investigaciones: se concederán ayudas por un importe máximo de 6.000 euros cada uno.-Línea 4. Publicaciones: 6.000 euros para publicaciones monográficas o compilaciones de artículos y 2.000 euros por artículos en revistas científicas.-Línea 5. Jornadas y actividades de difusión del patrimonio histórico: 5.000 euros.-Línea 6. Acciones de salvaguardia, conocimiento y difusión del patrimonio cultural inmaterial: 3.000 euros.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 15/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 15/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 29 de junio de 2026, relativo a la convocatoria de las ayudas del Consell Insular de Menorca para acciones para mejorar el conocimiento, salvaguarda y difusión del patrimonio histórico, incluido el patrimonio cultural inmaterial de Menorca, año 2026 (exp. 2112-2026-000001)Publicado 14/07/2026Bases que rigen la concesión de ayudas a acciones para mejorar el conocimiento, la salvaguardia y la difusión del patrimonio histórico, incluido el patrimonio cultural inmaterial de Menorca