CerradaBDNS 918375
PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO AGRARIO 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE JAÉN · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 22:55 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES616 - Jaén
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 02/06/2026
- Fin de solicitudes
- 30/08/2026
- Registro en BDNS
- 09/07/2026
- Publicación en diario oficial
- 13/07/2026
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Extracto publicado
EXTRACTOCONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO AGRARIO 2026AnuncioBDNS (¿.)De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/____)PLS-2026/335Primero: BeneficiariosPodrán ser beneficiarios de las subvenciones del Programa de Fomento de Empleo Agrario 2026 los municipios de la provincia de Jaén que sean beneficiarios de la subvención del Programa de Fomento de Empleo Agrario para los costes laborales de los proyectos o actuaciones aprobados por el SEPE. Atendiendo a la naturaleza específica y la singularidad del Programa de Fomento de Empleo Agrario y en concordancia con el art. 3.2 la Orden de 14 de junio de 2016, los municipios quedan exceptuados de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Segundo: ObjetoDe conformidad con el art. 4 de la Orden de 14 de junio de 2016, la subvención estará destinada a financiar los gastos originados por la adquisición de los materiales empleados en los proyectos de obras y servicios que lleven a cabo las entidades locales en el marco del PFEA. Tercero: Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para la presentación del Anexo I, que tiene la condición de solicitud, será hasta el 30 de Julio de 2026, en cualesquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiéndose aportar copia de la memoria de los servicios o de los proyectos técnicos de obra aprobados por el SEPE, en formato electrónico e incorporando firma electrónica del redactor.Cuantía Total Estimada:La acción de cooperación económica al PFEA 2026 de la Diputación Provincial de Jaén asciende a 11.432.862,35 euros, que es el 45% del importe asignado a los municipios de la provincia por la Comisión Regional de Seguimiento para mano de obra, financiándose con una aportación de la Junta de Andalucía del 75% en concepto de subvención y una aportación de la Diputación Provincial de Jaén del 25% restante.Quinto: Aplicación presupuestariaLas subvenciones que se concedan a los municipios por la Diputación con cargo al PFEA 2026 se imputarán a las aplicaciones presupuestarias 2026.510.4593.76201 y 2027.510.4593.76202 del Presupuesto. Los créditos e ingresos de este programa se asocian al proyecto de gastos 2026/IA/6.Sexto: AsignacionesDe conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 de la Orden 14 de junio de 2016, la cantidad a subvencionar por cada proyecto de obra o servicio estará sujeta a los siguientes límites:a) El 45% de la aportación del SEPE en los proyectos de obras. b) El 10% de la aportación del SEPE en los proyectos de servicios. No obstante, en el caso de proyectos de obras se podrá superar el porcentaje establecido, siempre que la suma de las subvenciones de los proyectos no sobrepase la cuantía resultante de aplicar un 45% sobre la subvención total concedida por el SEPE para costes salariales y cotizaciones empresariales.Séptimo: Otros datos de InterésDocumentación para la solicitud:Anexo I y proyecto técnico o memoria técnica.Pago:El primer pago de las subvenciones se atenderá con cargo a los créditos presupuestarios del ejercicio 2026 y se materializará con la Resolución de concesión de subvención.El segundo pago, correspondiente al importe restante, se realizará en el primer semestre del 2027.Plazos de ejecución y justificación: Los proyectos de obras y servicios deberán quedar ejecutados antes del 30 de septiembre del 2027, salvo que se conceda una prórroga por el SEPE, en cuyo caso el plazo de ejecución quedará ampliado, automáticamente, hasta la fecha en que dicha prórroga concluya.Los Ayuntamientos beneficiarios presentarán la documentación justificativa del empleo de las cantidades percibidas en el plazo de 3 meses desde la finalización del plazo de ejecuciónJaén, a 25 de junio de 2026 El Diputado-Delegado del Área de Infraestructuras Municipales, JOSE LUIS AGEA MARTÍNEZ.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 09/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO AGRARIO 2026Publicado 13/07/2026RESOLUCION/ACUERDO DE CONCESION DE LA SUBVENCION PARA EL AÑO 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.