Plazo no verificadoBDNS 918623
Bases reguladoras y convocatoria de la ayuda para sufragar parcialmente los gastos de adquisición de tarjeta bonometro y fomentar el uso del transporte ferroviario de personas mayores de 65 o con un grado de discapacidad igual o superior al 64%, 2026/2027
LOCAL · MELIANA · AYUNTAMIENTO DE MELIANA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 23:00 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Subvenciones al transporte
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 25/09/2026
- Registro en BDNS
- 10/07/2026
- Publicación en diario oficial
- 21/07/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Personas Beneficiarias.Las personas beneficiarias de esta ayuda deben cumplir los siguientes requisitos:1. Tener cumplidos 65 años o más a fecha 31 de octubre de 2026, o estar en posesión del certificado de minusvalía con un grado igual o superior al 64%.2. Estar censado/a en el municipio de Meliana con al menos 1 año de antigüedad a fecha 31 de octubre de 2026.3. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social y con las obligaciones tributarias del Ayuntamiento de Meliana.4. No estar incurso/a en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.5. No incurrir en ninguna de las causas de exclusión o incompatibilidad especificadas en la base décima.Estos requisitos tendrán que reunirse en la fecha de la solicitud de la ayuda.Segundo. Objeto y régimen jurídico.El objeto se contempla en el apartado uno de las bases.Régimen jurídico: Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.Tercero. Cuantía de la ayuda.El crédito de las ayudas reguladas en las presentes bases será con cargo al capítulo IV, aplicación presupuestaria 05.92400.48000 “Aportació municipal targetes FGV” de los presupuestos generales del Ayuntamiento de Meliana.El importe total del programa será de 22.000 €.Para el período 2026/2027 el coste del título de transporte de FGV será de 116.40 € para mayores de 65 años y de 87,30 € para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 64%, más 2 € por gasto de reactivación de tarjetas ya emitidas y 4 € en caso de expedición de tarjetas nuevas.La aportación de las personas beneficiarias será de 50 €, y la parte subvencionada por el Ayuntamiento por la tarjeta será de 66,40€ en el caso de personas mayores y de 37,30€ para personas con una discapacidad igual o superior al 64%, más la cantidad de 2 € en caso de reactivación y 4 € en caso de tarjeta nueva.La cuantía de la subvención será destinada a sufragar parcialmente los gastos de adquisición del abono de transporte de personas mayores de 65 años y personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 64%La cuantía de las ayudas se descontará de los precios establecidos en el Convenio Firmado por el Ayuntamiento y FGV, y las personas beneficiarias habrán de satisfacer al Ayuntamiento de Meliana la parte que les corresponde (50 €).Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será el indicado en la base 5.Las solicitudes se presentarán en el Centro de Servicios Sociales de Atención Primaria del Ayuntamiento de Meliana, calle Ramón y Cajal 4, 46133 Meliana (Valencia) o por medios electrónicos en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Meliana conforme a los dispuesto en el artículo 14, La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.De conformidad con lo especificado en la Ley General de Subvenciones, las administraciones concedentes comunicarán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones el texto de la convocatoria y la información requerida por la Base de Datos. La BDNS trasladará al diario oficial correspondiente el extracto de la convocatoria para su publicación.La convocatoria de estas ayudas se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, a través de la BDNS, según el procedimiento legalmente establecido.Sexto. Documentación a presentar.Las solicitudes debidamente cumplimentadas han de acompañarse de la siguiente documentación:a) Instancia-solicitud (según modelo adjunto como anexo I).b) La presentación de la instancia comportará a autorización por la persona solicitante para que el Ayuntamiento pueda obtener de forma directa, a través de certificaciones telemáticas, las certificaciones de la AEAT y TGSS.c) DNI, NIE o pasaporte.d) Certificado de discapacidad igual o superior al 64%e) En el caso de primera emisión o renovación de tarjeta caducada: fotografía reciente en formato JPG (solo presentación a través de la Sede Electrónica).
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 10/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSBases reguladoras y convocatoria de la ayuda para sufragar parcialmente los gastos de adquisición de tarjeta bonometro y fomentar el uso del transporte ferroviario de personas mayores de 65 o con un grado de discapacidad igual o superior al 64%, 2026/2027Publicado 21/07/2026Bases reguladoras y convocatoria de la ayuda para sufragar parcialmente los gastos de adquisición de tarjeta bonometro y fomentar el uso del transporte ferroviario de personas mayores de 65 o con un grado de discapacidad igual o superior al 64%, 2026/2027Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.