Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 15/07/2026
- Publicación en diario oficial
- 18/07/2026
Texto oficial de apertura: DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BORM
Texto oficial de cierre: VEINTICINCO DÍAS NATURALES DESDE EL INICIO
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
AlcantarillaExtracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 7 de julio de 2026, por el que se convocan subvenciones destinadas a la Organización y Desarrollo de Programas y Actuaciones Deportivas en el Municipio de Alcantarilla temporada 2025-26.De conformidad con lo previsto en los arts. 17.3 y 20.8.a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la web municipal www.alcantarilla.esPrimero. Beneficiarios:Podrán solicitar subvención los Clubes Deportivos, Asociaciones Deportivas, y Deportistas Individuales, domiciliados en el término municipal de Alcantarilla (las Entidades tendrán su domicilio social en Alcantarilla).Segundo. Objeto:Podrán obtener subvención económica las actividades deportivas encuadradas en los programas que seguidamente se indica (temporada 2025-26), clasificadas según se detalla para su adecuado tratamiento y estudio.Bloque 1. Actividades que impliquen la participación de forma continuada en competiciones oficiales, según los distintos formatos de federaciones ya sean colectivas o individuales: ligas, pruebas clasificatorias y puntuables de ranking, circuitos zonales etc., tanto a nivel local, autonómico, nacional como internacional, en categoría sénior o absoluta, se excluyen los equipos que participan en la máxima categoría absoluta nacional.Bloque 2:A.- Actividades que impliquen la participación de forma continuada en competiciones oficiales, según los distintos formatos de federaciones ya sean colectivas o individuales: ligas, pruebas clasificatorias y puntuables de ranking, circuitos zonales etc., en categorías de benjamín a juvenilB.- Actividades deportivas de carácter competitivo y/o físico-recreativo no federadas con fines de singular interés.Bloque 3. Programa a Deportistas, no profesionales, con proyección deportiva del municipio de Alcantarilla. Para reconocer los resultados deportivos y posibilitar la práctica deportiva y el perfeccionamiento técnico de aquellos deportistas, no profesionales, capaces de destacar en una especialidad.Aquellas solicitudes que presenten las Entidades deportivas o deportistas individuales y que incluyan actividades fuera de las directrices y/o contenidos que se indican, no se tendrán en consideración, desestimándose sin más trámiteTercero. Bases Reguladoras:Bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la organización y desarrollo de programas y actuaciones deportivas en el municipio de Alcantarilla, aprobado por acuerdo de Pleno Municipal de fecha 30 de noviembre de 2017 y publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, núm. 51, de 2 de marzo de 2018Cuarto. Cuantía:Se fijan las siguientes cuantías máximas para tipo de actividad o programa:Para el Bloque 1, 43.000,00 Euros (CUARENTA Y TRES MIL EUROS)Para el Bloque 2, 55.000,00 Euros (CINCUENTA Y CINCO MIL EUROS)Para el Bloque 3, 2.000,00 Euros (DOS MIL EUROS)El importe máximo de la suma de Subvenciones concedidas ascenderá a 100.000,00 Euros (CIEN MIL EUROS), con cargo al vigente presupuesto de 2026, aplicación presupuestaria 2026/10302/3410/48900, con retención de crédito número 202600009714.En todo caso, la cuantía que se conceda no podrá exceder de la solicitada, que no podrá ser, en ningún caso, mayor que el 50 % del importe total del presupuesto de la actividad a desarrollar.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo para la presentación de solicitudes será de 25 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.Sexto. Otros datos:Para la valoración de las solicitudes se presentará un proyecto, que incluirá la información indicada en el punto 10 “CRITERIOS DE VALORACIÓN” de la convocatoria, conforme a los modelos publicados junto a la misma, en función del tipo de programa o actividad para el que se solicita la subvención.El pago de la subvención se realizará como un pago anticipado equivalente al 100% de la subvención concedida, que supondrá una entrega de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.En caso de no distribuir los importes máximos fijados para cada actividad o programa, se podrá asignar la cuantía restante a las demás actividades o programas en función de las solicitudes presentadas. Alcantarilla, 10 de julio de 2026. Francisca Terol Cano, Alcaldesa.