Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 15/07/2026
- Publicación en diario oficial
- 27/07/2026
Texto oficial de apertura: El día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria al BOPG
Texto oficial de cierre: 10 días hábiles desde la publicación
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1.- Indicación de la aprobación de las Bases Reguladoras y diario oficial donde se ha publicado.Por acuerdo del Pleno de fecha 18 de mayo de 2026 fueron aprobadas las bases reguladoras de las ayudas municipales para actividades de ocio de verano dirigidas a niños y jóvenes con diversidad funcional y estas fueron expuestas al público mediante anuncio al BOPG n.º 102 de 29 de mayo de 2026. La aprobación definitiva se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona n.º 130 de fecha 9 de julio de 2026.2.- Cuantía total máxima de las subvenciones a otorgar y consignación presupuestariaEl presupuesto máximo que se destinará este año 2026 por la concesión de la subvención objeto de la presente convocatoria será de 500,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 01 231 48011.El porcentaje de la beca concedida se determinará en función de la demanda y disponibilidad presupuestaria e irá regido hasta fin de presupuestos.3.- Objeto, condiciones y finalidades de las subvencionesEl objeto de estas bases es la regulación del otorgamiento- por parte del Ayuntamiento de Sant Julià de Ramis y de acuerdo con la disposición presupuestaria- de ayudas económicas para necesidades socioeconómicas o educativas especiales para los niños y jóvenes de Sant Julià de Ramis y Medinyà. El objetivo es garantizar la participación en igualdad de condiciones de niños y jóvenes con diversidad funcional en actividades de ocio de verano, promover la inclusión social y comunitaria, favorecer la autonomía, evitar situaciones de discriminación y apoyar a las familias, para el ejercicio 20264.-BeneficiariosPueden ser personas beneficiarias los niños y adolescentes empadronados en el municipio de Sant Julià de Ramis, con un grado de diversidad funcional igual o superior al 33%, acreditado mediante resolución del CAD o tarjeta acreditativa de discapacidad. Así mismo, hará falta que, por sus necesidades específicas de apoyo o atención especializada, las actividades municipales ordinarias no puedan garantizar una atención adecuada, y que estén inscritos en actividades de ocio o casales de verano adaptados a sus necesidades.5.- Procedimiento de concesión El procedimiento de concesión de las subvenciones objeto de esta convocatoria es el de concurrencia competitiva.5.1.- Presentación de las solicitudes y plazoEl plazo de presentación de solicitudes por el programa de ayudas municipales para actividades de ocio de verano dirigidas a niños y jóvenes con diversidad funcional, se iniciará el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria al BOPG y finalizará en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación.Las solicitudes se tendrán que presentar debidamente llenadas a la OAC del Ayuntamiento, al OAC del Espacio de las Personas o a la OAC de la oficina de Medinyà, el plazo será lo fijado en la convocatoria anual de las ayudas.Las soIicitudes también se pueden hacer llegar, dentro deI plazo de presentación de soIicitudes, vía correo administrativo tal como prevé Ia IIei 39/2015, de 1 de Octubre, deI Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúbIiques5.2.- Documentos que tienen que acompañar a la solicitudA las solicitudes se tiene que adjuntar Ia documentación siguiente, mediante fotocopia o originaI de:- DNI (NIE y permiso de residencia en caso de ser extranjero), deI padre, madre o tutor que presenta Ia soI·Iicitud- DNI (NIE y permiso de residencia en caso de ser extranjero), de I'niño o adoIescent por quien se pregunta Y'ayuda.- VoIant de convivencia Recibido deI CasaI o Actividad a Ia que ha sido inscrito Y'niño o adoIescent, conforme se ha pagado Ia totaIitat o un parciaI de I'actividad- N.º deI cuenta corriendo donde se tendrá que reaIitzar Ia transferencia ay beneficiario.- Certificados que acrediten Ia diversidad funcional de I'niño o adoIescent.- En caso de representación IegaI o acoIIiment de Ia persona beneficiaria, Ia documentación acreditativa de este hecho.Aun así, eIs Servicios SociaIs MunicipaIs poden soI·Iicitar que se adjunte quaIsevoI aItre documento5.3.- Rectificación de defectos u omisiones en la documentaciónSi la solicitud no reúne los requisitos establecidos en estas bases y/o en la convocatoria, se requerirá su enmienda que se tendrá que hacer en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicando que de no hacerlo supondrá el cierre del expediente por dejación, previa resolución que se dictará en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.5.4.- Órganos competentes para la instrucción y la propuesta de concesiónUna vez presentadas Ias soIicitudes junto con Ia documentación anexa,El ayuntamiento Ies revisará. Si hay aIguna que no reúne eIs requisitos que estabIeixen estas bases,el ayuntamiento requerirá al interesado/da porque en un plazo de 10 días hàbiIs enmiende eI defecto o adjunte eIs documentos preceptivos, con Ia indicación que, si no lo hace, se considerará que cesa su petición, previa resoIució de Ia Junta de Gobierno LocaI del Ayuntamiento de Sant Julià de Ramis, de acuerdo con eI que dispone el artículo 68 de Ia LIei 39/2015, de 1 de Octubre, deI Procedimiento Administrativo Común de Ies Administraciones PúbIiques.El órgano colegiado será una Comisión formada por:- Anna Casas Cuní, Técnica Medio de Gestión o la persona en quien delegue.- Maria Cairó Muñoz, Secretaria Interventora o la persona en quien delegue.- Pere Pujolràs Feixas, regidor de Educación, Cultura, Fiestas y Turismo de Sant Julià de Ramis o la persona en quien delegue.- Susana Baró Feliu, regidora de Servicios Sociales, Juventud y Gobierno Abierto o la persona en quien se delegue.- Montse Illa Creixell, Educadora Social SBAS Sdt o la persona en quien delegue.- Silvia Juan Parramon, Educadora Social SBAS Sdt o la persona en quien delegue6.- Criterios de otorgamientoLos establecidos en el artículo 7.º de las bases reguladoras aprobadas por el Pleno de la corporación de fecha 18 de mayo de 2026 y publicadas mediante anuncio al BOPG n.º 130 de 9 de julio de 2026.7.- Plazo de resolución y de notificaciónEI plazo máximo para resolver Ia soIicitud es de 3 meses a contar de Ia fecha de finaIització deI plazo de presentación de soIicitudes. Si transcurrido este plazo no se ha dictado y notificado resoIució exprés, se entenderá desestimada Ia soIicitud. El Ayuntamiento de Sant Julià de Ramis, enviará el acuerdo a Ias famíIias, con Ia resoIució de su soIicitud de ayuda.El órgano competente para Ia concesión podrá, discrecionaIment, dejar desierto el procedimiento o no agotar eI crédito totaI previsto. En caso de que el crédito presupuestario sea insuficiente para atender todas las solicitudes con derecho a percibir el 100% de la ayuda, el importe se distribuirá de forma proporcional entre las personas beneficiarias del mismo tramo.La resolución de la convocatoria pone fin a la vía administrativa. Contra esta procede interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Girona, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la notificación. Alternativamente, y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación.8.- Pago y Justificación de estas ayudasLa tramitación del pago de estas ayudas económicas se iniciará a partir de la notificación de la resolución de otorgamiento, una vez comprobada que la persona beneficiaria está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.9.- Publicitado Esta convocatoria se publicará al tablón de anuncios del Ayuntamiento y al sitio web del Ayuntamiento, y el extracto de esta, de acuerdo con el que prevé el artículo 17.3 b) de la Ley 38/2003, general de subvenciones, se publicará al Boletín Oficial de la Provincia de Girona.