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Plazo no verificadoBDNS 919680

CONVOCATORIA Y APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA PROMOCIÓN DE FIESTAS POPULARES CELEBRADAS EN EL AYUNTAMIENTO DE BETANZOS DURANTE EL 2026

LOCAL · BETANZOS · AYUNTAMIENTO DE BETANZOS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 23:21 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES111 - A Coruña

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
16/07/2026
Publicación en diario oficial
21/07/2026

Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de A Coruña

Texto oficial de cierre: Quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero: Objecto y régimen de concesión de ayudas.El Ayuntamiento de Betanzos quiere, por la presente convocatoria, establecer el procedimiento y criterios para la concesión de subvenciones en el ámbito del tener municipal de Betanzos para la “Organización de fiestas parroquiales” o populares en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de concurrencia y publicidad.La convocatoria ve dirigida a fomentar a labor de las entidades culturales y vecinales así como de las comisiones de fiestas para contribuir a que alcancen los objetivos que les son propios, en relación al impulso de la participación activa de la ciudadanía para celebrar y conservar las fiestas parroquiales de mayor tradición y arraigo, surgidas de la iniciativa popular y que forman parte de nuestra identidad y memoria colectivas.A través de la concejalía delegada en fiestas y eventos se proponen la consecución de los siguientes objetivos: la existencia de una programación festiva estable dentro del ámbito territorial del ayuntamiento de Betanzos, programada y desarrollada por las comisiones de fiestas decada parroquia, y en la que la administración municipal represente un papel secundario, tanto en la elección del tipo de actividades a desarrollar cómo en su puesta en práctica y en su financiación. la participación activa del vecindario en las fiestas cómo medio de propiciar la convivencia entre vecinos. la preservación de tradiciones existentes en las distintas parroquias del ayuntamiento, transmitidas a través de los festejos populares. la difusión de la imagen de Betanzos a través de su oferta festiva, de manera que esta sirva cómo elemento de dinamización de cada una de las parroquias en las que se celebren fiestas, así como de atracción de visitantes de cara los próximos ejercicios.La concesión de las subvenciones se realizará mediante régimen de concurrencia competitiva y será aprobada por resolución de la alcaldía, y según el procedimiento Concesiónprovisional/definitiva previsto en las bases de esta convocatoria.Para la revisión de las solicitudes, el baremo y puntuación de estas, se creará una comisión de valoración que estará compuesta por un mínimo de tres personas que no tengan relación conningún de los solicitantes ni relación directa con los proyectos que se puedan presentar. Dicha comisión será nombrada por Decreto de Alcaldía y emitirá un informe motivado de concesión deacuerdo con la evaluación realizada.Segundo: Personas y entidades beneficiarias.Podrán solicitar estas subvenciones las entidades jurídicamente constituidas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas o colectivos constituidoscon la finalidad de llevar a cabo el objeto de esta convocatoria, siempre que cumplan además los siguientes requisitos:- Estar legalmente constituidas y cuela documentación actualizada.- Carecer de fines de lucro.- Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial del Ayuntamiento de Betanzos o sobre temas de interés para el Ayuntamiento.- No tener pendiente de justificar ninguna subvención concedida, en la convocatoria anterior, por el Ayuntamiento de Betanzos, salvo que se le concediera excepcionalmente prórroga obien hubiera desistido , o justificado a no presentación, se el proceso está finalizado.- No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de subvenciones ni de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para la percepción de ayudas o subvenciones públicas.- Estar al día en sus deberes tributarios con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento, y en sus deberes legales con el personal que preste servicios para las entidades solicitantes.- En el caso de asociaciones: estar inscrita en el registro de asociaciones del Ayuntamiento de Betanzos con fecha anterior al inicio del plazo de presentación de las solicitudes.- Las actividades para las que se solicita la ayuda deberán estar abiertas a todos los ciudadanos, realizarse en espacios accesibles y de uso público o vecinal y tener entradalibre y gratuita. Deben contar además con la correspondiente autorización municipal.- Se excluyen de esta convocatoria las organizadas por particulares, entidades con ánimo de lucro o las destinadas únicamente a socios o a un colectivo particular.- Una misma fiesta so será subvencionada a través de una única comisión/entidad.- La celebración de fiestas debe contar con la comunicación previa realizada al Ayuntamiento de Betanzos.Tercero: Bases Reguladoras.Las bases reguladoras de las presentes ayudas se van a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña y en el Tablón de anuncios de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Betanzos (https://sede.betanzos.gal/sxc/gl/informacion/)Cuarto: Cuantía, duración y finalidad de las ayudas.Se destinarán 10.000,00 euros a las subvenciones para la organización de fiestas parroquiales con cargo a la aplicación presupuestaria 338/489.00.El período para realizar actividades subvencionables es de 6 de diciembre de 2025 a 5 de diciembre de 2026.Quinto: Forma, lugar y plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes, se formularán en el modelo que figura cómo anexo de esta convocatoria y se presentarán únicamente por medios electrónicos a través del formulario de solicitud normalizadode la sede electrónica municipal. (sede.betanzos.gal)Los anexos necesarios para completar la solicitud de esta ayuda estarán disponibles para descarga en la página web municipal (sede.betanzos.gal), junto con el resto de informaciónrelacionada con la convocatoria.El texto de la convocatoria y la información requerida será incluida de manera previa en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. A BDNS dará traslado al BOP de A Coruña del extracto de laconvocatoria para su publicación.El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y tendrá una duración máxima de quince díashábiles.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 16/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO DE JUSTIFICACIÓNPublicado 16/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO DE SOLICITUDPublicado 16/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 16/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN MUNICIPAL DIRIGIDA A LA PROMOCIÓN DE FIESTAS POPULARS PARA El AÑO 2026 DEL AYUNTAMIENTO DE BETANZOS.Publicado 21/07/2026CONVOCATORIA Y APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA PROMOCIÓN DE FIESTAS POPULARES CELEBRADAS EN EL AYUNTAMIENTO DE BETANZOS DURANTE EL 2026