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Plazo no verificadoBDNS 920182

Convocatoria y bases que rigen las SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL 2026-2027.

LOCAL · ZARAGOZA · AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 23:30 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES - ESPAÑA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
20/07/2026
Publicación en diario oficial
23/07/2026

Texto oficial de apertura: Al día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOPZ

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOPZ

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

- Eliminar la base decimoquinta 1 d), relativa a la documentación a presentar para formular la solicitud.- La cláusula vigésimoquinta apartado 7, queda redactada del siguiente tenor literal:?Únicamente podrá subvencionarse el importe del IVA de las facturas aportadas cuando dicho impuesto represente un coste real y no sea deducible, es decir, cuando la entidad no haya procedido a su compensación. En caso que se hubiera imputado IVA como gasto subvencionable, la entidad deberá aportar documentación acreditativa del carácter no deducible de dicho impuesto (declaración responsable y, en su caso, modelos 303, 390 o aquello que estuviera obligada a presentar).?En los documentos de pago y en las relaciones a entregar como documentación justificativa, se incluirá solamente la cuantía imputable a la que se eleve el IVA soportado y no deducible?El resto de Bases aprobadas permanecen invariables.

Primero. Beneficiarios.Podrán ser beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que, reuniendo los requisitos generales establecidos en el artículo 11 de la Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y de su Sector Público, cumplan a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, las condiciones recogidas en las bases de la convocatoria, que deberán mantenerse hasta la completa ejecución del proyecto subvencionado.Segundo. Objeto.El objeto de la presente convocatoria es la financiación mediante concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de proyectos de intervención social propuestos por entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que se desarrollen en la Ciudad de Zaragoza durante los años 2026 y 2027. Estas subvenciones irán destinadas a proyectos de acción social que complementen y/o suplan territorial o funcionalmente la actuación del Área de Políticas Sociales y que contribuyan a algunos de los objetivos estratégicos recogidos en la Base Tercera de la convocatoria.Tercero. Bases Reguladoras.Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de las Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y del Sector Público aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el 26 de septiembre de 2016 y publicada en el BOPZ n.º 236 de 13 de octubre 2016, y las bases que rigen la presente convocatoria.Cuarto. Cuantía.La presente convocatoria se cifra un presupuesto de 3.372.518,00 ?, que será atendido con cargo a la aplicación presupuestaria 2026-ACS-2315-48000 ?Subvenciones y Convenios en Materia de Acción Social? del Presupuesto General Municipal para el año 2026, documento contable de retención de crédito núm. 262509.La cuantía de la subvención será la cantidad a percibir por la entidad solicitante por el proyecto subvencionado y vendrá determinada por la cantidad solicitada y la aplicación de los criterios previstos en las bases.Quinto. Plazo de solicitud.El plazo para la presentación de las solicitudes y de la documentación que debe acompañarla será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón, Sección Provincia de Zaragoza (BOPZ).

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 10/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO del Decreto de la Consejera de Medio Ambiente y Movilidad de fecha 6 de agosto de 2026, dictado en virtud de delegación conferida mediante acuerdo del Gobierno de Zaragoza de fecha 29 de julio de 2026, acordando lo siguiente respecto de las Bases de la convocatoria pública de subvenciones en Materia de Acción Social para el ejercicio 2026-2027, aprobadas por el Gobierno de Zaragoza en sesión de 17 de julio de 2026 (Expte.: 46927/2026).Publicado 14/08/2026EXTRACTO del acuerdo del Gobierno de Zaragoza, adoptado con fecha 17 de julio de 2026, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones en materia de acción social y sus bases reguladoras, para el ejercicio 2026-2027 (Expte.: 46927/2026)Publicado 23/07/2026Ordenanza General Municipal de Subvenciones