PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/10/2026
Registro en BDNS
21/07/2026
Publicación en diario oficial
27/07/2026
Texto oficial de apertura: el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en elartículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de laconvocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de DatosNacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es) y en elpresente Diario Oficial de Extremadura.Primero. Objeto.Se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2026 para lafinanciación de la realización de proyectos del Programa de formación yempleo Pasarela Empresa.Segundo. BeneficiariasPodrán ser beneficiarias según las condiciones recogidas en las basesreguladoras: las agrupaciones de una entidad promotora y una o variasempresas adheridas, que presenten una solicitud conjunta, mediante unconvenio que acredite la correspondiente agrupación, en el que serecojan los compromisos de ejecución asumidos por cada entidad miembrode la agrupación, así como, en su caso, el importe de subvención aaplicar por cada una de ellas.En el caso de que una entidad cumpla con las condiciones requeridas paraser entidad promotora y empresa adherida, podrá presentar una solicitudde forma individual, en cuyo caso se sustituirá el convenio por unadeclaración responsable en la que consten los compromisos que asuma.Tercero. Bases reguladorasDecreto 126/2025, de 9 de septiembre, por el que se aprueban las basesreguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la realización delprograma de formación y empleo Pasarela Empresa y la primeraconvocatoria (DOE nº 187 de 29 de septiembre de 2025).Cuarto. Importe de la convocatoria.1. El importe global de esta convocatoria es de 3.000.000 euros, confuente de financiación “Transferencias del Estado”, con la siguientedistribución por aplicaciones y ejercicios presupuestarios:AÑO Aplicación presupuestaria Importe2026 140130000G/242B/47000 TE24007006 20260490 200.000 euros2026 140130000G/242B/48000 TE24007006 20260490 225.000 euros2026 140130000 G/242B/47000 TE24008001 20250441 100.000 euros2026 140130000 G/242B/48000 TE24008001 20250441 100.000 euros2027 140130000G/242B/47000 TE24007006 20260490 200.000 euros2027 140130000G/242B/48000 TE24007006 20260490 225.000 euros2027 140130000G/242B/47000 TE24007006 2026048 1.750.000 euros2027 140130000 G/242B/47000 TE24008001 20250441 100.000 euros2027 140130000 G/242B/48000 TE24008001 20250441 100.000 euros2. El importe individualizado de cada subvención estará formado por lasuma de los módulos de formación, de experiencia laboral, de gestión yacompañamiento y de becas de asistencia y de ayudas a la movilidad en laetapa formativa inicial, según se establece en el artículo 28 delDecreto 126/2025, de 9 de septiembre.3. Las subvenciones a las empresas adheridas para el módulo deexperiencia laboral están acogidas al Reglamento (UE) n.° 2023/2831, dela Comisión, de 13 de diciembre de 2023 (DOUE serie L, 2023/2831, de 15de diciembre de 2023), relativo a la aplicación de los artículos 107 y108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas demínimis.En consecuencia, el importe del total de las ayudas acogidas al régimende minimis que pueda concederse a una determinada empresa no serásuperior a 300.000 € durante cualquier periodo de tres años que seevaluará de forma continua en cada nueva concesión.Quedan excluidas de esta convocatoria las empresas sujetas al Reglamento(UE) n.° 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUEnúm. L352, de 24 de diciembre de 2013)Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para presentar solicitudes se extenderá desde el día siguienteal de la publicación de la convocatoria y su extracto en el DiarioOficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) hasta el día 31 deoctubre de 2026.Sexto. Otros datos.La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad dela información sobre el procedimiento, se efectuará a través del puntode acceso general electrónicohttps://www.juntaex.es/w/0721625?inheritRedirect=true , dentro de laficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso ala sede electrónica asociada para presentar la solicitud.