Convocatoria y bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de Fiestas Tradicionales, Patronales, Copatronales, Gastron?micas, Festivales Folcloricos y actividades socioculturales (periodo 2025-2026)
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES114 - Pontevedra
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
22/07/2026
Publicación en diario oficial
24/07/2026
Texto oficial de apertura: O dia seguinte a publicacion do extracto da convocatoria no BOPPO
Texto oficial de cierre: 15 dias habiles dendo o inicio do periodo de admision
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Propuesta de extracto del acuerdo de fecha 3 de julio de 2026 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vigo por el que se aprueba la convocatoria, bases reguladoreas y extracto de subvenciones para fiestas tradicionales, patronales, copatronales, gastronomicas, festivales folcloricos y desarrollo de actividades socioculturales realizadas en el periodo 2025-2026.De conformidad con lo previsto en los articulos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicara el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos Nacional de Subvenciones (BDNS) (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio) e que debera conter, como minimo a seguinte informacion:1.- Objeto: El objeto de las presentes bases es la regulacion de la concesion de subvenciones del Servicio de Fiestas Especiales del area de Parques y Jardines, Comercio y Fiestas Especiales del Ayuntamiento de Vigo, dentro de los limites de los creditos aprobados en los presupuestos municipales, para el desarrollo de programas de Fiestas tradicionales, patronales, copatronales, gastronomicas, festivales folcloricos y desarrollo de actividades socioculturales durante el periodo 2025-2026 y que complementen y/o suplan aquellas de competencia municipal. 2.- Partida economica y creditos: la cuantia de la presente convocatoria asciende a 460.000,00?, con cargo a la partida 3380.489.0000 (transferencias a entidades y comisiones de fiestas) del programa presupuestario de Fiestas para el vigente ejercicio. 3.- Beneficiarios: Podran solicitar subvencion, las entidades juridicas sin anmo de lucro que reunan los requistos recogidos en la convocatoria anual y bases reguladoras de subvenciones para actividades socioculturales realizadas desde el 1 de novimebre de 2025 hasta el 31 de octubre de 2026, ambos dos incluidos, en la ciudad de Vigo. 4.- Bases Reguladoras: Las presentes bases reguladoras seran publicadas en el BOPPO. Estaran a disposicion de los interesados en el servicio de informacion del Ayuntamiento de Vigo, pagina web municipal (www.vigo.org), y servicio de fiestas desde el dia siguiente de publicacion en el Boletin Oficial de la Provincia (BOPPO).5.- Plazo de presentacion de solicitudes: el plazo de presentacion de las solicitudes sera el establecido en la convocatoria, en un periodo de 15 dias habiles, a contar desde el dia siguiente a la publicacion del extracto de la convocatoria en el BOPPO, que ser comunicado desde la base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) que opera como sistema nacional de publicidade du subvencions, en los terminos del art. 30 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Comun de las AAPP.6.- Lugar donde se pueden obtener las bases y formularios: Toda la informacion relativa a la convocatoria estar disponible en el tablon de anuncios de la Casa Consistorial, servicios de informacion del Ayuntamiento de Vigo, pagina web municipal (www.vigo.org) y servicio de Fiestas, desde el dia siguiente al de la publicacion en el boletin Oficial de la Provincia (BOPPO), en cumplimiento de lo establecido en los articulos 13.d) y 16 de la Ley 39/2015 y de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informacion publica y buen gobierno.