Convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la Dinamización del Comercio Local en Santa Cruz de La Palma, para la anualidad 2026.
LOCAL · SANTA CRUZ DE LA PALMA · AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA PALMA
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES707 - La Palma
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
24/07/2026
Publicación en diario oficial
29/07/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación de la convocatoria en BOP
Texto oficial de cierre: Diez (10) días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación en BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Decreto de Alcaldía número 2153/2026 de 22 de julio de 2026, por la que se aprueba por la que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la Dinamización del Comercio Local en Santa Cruz de La Palma, para la anualidad 2026. Primero.- Objeto Regular las subvenciones del área de Desarrollo Local en régimen de concurrencia competitiva y en la modalidad de gastos corrientes destinadas a proyectos de dinamización de la actividad comercial local por parte de asociaciones empresariales sin ánimo de lucro en el municipio de Santa Cruz de La Palma para la anualidad 2026. Segundo.- Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las Asociaciones Empresariales legalmente constituidas que cumplan todos los requisitos que se señalan a continuación: Carecer de ánimo de lucro.Tener domicilio social en Santa Cruz de La Palma.Tener ámbito de actuación exclusivamente municipal.Tener sus estatutos debidamente inscritos en el registro correspondiente.Estar al corriente en sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social.Haber justificado todas las ayudas recibidas anteriormente del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma. Todos los requisitos anteriormente mencionados deben quedar acreditados, a través de la documentación preceptiva que se fije en la convocatoria. No podrán ser beneficiarias de subvención las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tercero.- Gastos subvencionables Se considerarán actividades subvencionables la realización de cualquier tipo de evento orientado a la dinamización comercial del municipio, que se dirija al público en general y haya sido organizado por quienes reúnan la condición de beneficiarios, conforme a lo estipulado en la Base segunda. Cuarto.- Periodo de realización de actividad subvencionada Las actividades subvencionadas han de ejecutarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y 31 de diciembre de 2026, siendo dicho plazo improrrogable. Quinto.- Bases reguladoras El Pleno de la Corporación de fecha 10 de abril de 2026, aprueba la Modificación de la base número cinco (5) y el primer párrafo de la número siete (7) y de la 7.3. de las Bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones destinadas a la Dinamización del Comercio Local de Santa Cruz de La Palma, siendo publicadas con carácter definitivo en el BOP número 72, de fecha 17 de junio de 2026. Cuarto.- Cuantía Se destina a esta convocatoria un importe global de 14.000,00 €, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 2026.4311.48915 destinada a subvenciones a Asociaciones Empresariales del presupuesto municipal actualmente en vigor. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife Sexto.- Plazo de justificación La justificación técnica y económica de la subvención concedida deberá efectuarse por las entidades beneficiarias, con anterioridad al 28 de febrero de 2027. Séptimo.- Otros datos Las Asociaciones Empresariales que deseen acogerse a la presente convocatoria deberán presentar la solicitud según el modelo que consta en el Anexo I de las Bases reguladoras, acompañado de la documentación que se relaciona en las Bases.