Plazo no verificadoBDNS 921430
Subv 2026 a entidades promotoras del Programa de formación y empleo ESCALA. Línea I. Según Resolución de 22 de Julio de 2026
AUTONOMICA · EXTREMADURA · SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE)
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 23:54 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Fomento del Empleo
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 21/09/2026
- Registro en BDNS
- 24/07/2026
- Publicación en diario oficial
- 29/07/2026
Texto oficial de apertura: el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Objeto.Se convocan las subvenciones del ejercicio 2026 de la Línea I aentidades promotoras de losproyectos del Programa de formación y empleo ESCALA, previstas, en elCapítulo I y Capítulo III delDecreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las basesreguladoras de concesión desubvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación yempleo ESCALA y laprimera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos,modificado por Decreto114/2025, de 2 de septiembre.Segundo. BeneficiariasLas entidades locales, sus organismos autónomos y entidades concompetencia en materia depromoción de empleo dependientes o asimiladas a las mismas cuyatitularidad correspondaíntegramente a dichas entidades locales, que sean competentes para laejecución de actividadesde utilidad pública o interés social a ejecutar en el ámbito territorialde la Comunidad Autónomade Extremadura.Las entidades indicadas en el párrafo anterior, previa conformidad conlos municipiosinteresados, podrán presentar solicitudes de ayudas para efectuarproyectos de caráctersupralocal. En este caso, las corporaciones locales que han prestado suconformidad no podránpresentar solicitud simultánea de forma independiente, ni prestar suconformidad a más de unasolicitud, si lo hacen no se tendrá en cuenta su participación enninguna de las solicitudes.En este caso, las entidades locales que formen parte de la agrupación,que tendrán igualmente laconsideración de beneficiarias, deberán formalizar un acuerdo, en el quese recojan loscompromisos de ejecución asumidos por cada entidad miembro de laagrupación, así como, ensu caso, el importe de subvención a aplicar por cada una de ellas. Endicho acuerdo se nombraráun representante o apoderado único de la agrupación, con poderesbastantes para cumplir lasobligaciones que, como beneficiaria, correspondan a la agrupación ycompromiso de nodisolución, hasta transcurrido el plazo de prescripción previsto en losartículos 45 y 70 de la Ley6/2011, de 23 de marzo.Tercero. Bases reguladorasDecreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las basesreguladoras de concesión desubvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación yempleo ESCALA y laprimera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos,modificado por Decreto114/2025, de 2 de septiembre.Cuarto. Cuantía.El importe global de esta convocatoria de la Línea I para el desarrollode proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA es de 37.050.000euros, que serán financiados con cargo alproyecto de gasto 20080252 “Oportunidades de empleo y formación (B)”,con fuente definanciación “Transferencias del Estado”, con la siguiente distribuciónpor aplicaciones yejercicios presupuestarios:Año 2026: 140130000 G/242B/46000 TE24001002 20080252 18.525.000 euros.Año 2027: 140130000 G/242B/46000 TE24001002 20080252 14.820.000 euros.Año 2028: 140130000 G/242B/46000 TE24001002 20080252 3.705.000 euros.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para presentar solicitudes se extenderá desde el día siguienteal de la publicación de estaconvocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura(http://doe.juntaex.es ) hasta el 21de septiembre de 2026.Sexto. Condiciones de proyectos.1.- En virtud de los artículos 14.4 y 32.5 del mencionado decreto, cadaentidad promotora,entendiendo como la misma entidad, las entidades locales y susorganismos autónomos oentidades dependientes, no podrá presentar más de una solicitud y elnúmero máximo departicipantes por proyecto será, según la población a la que afecte elproyecto, el siguiente:- 60 participantes en proyectos que afecten a un ámbito territorial conuna población de más de100.000 habitantes.- 48 participantes en proyectos que afecten a un ámbito territorial conuna población de entre50.000 y menos de 100.000 habitantes.- 36 participantes en proyectos que afecten a un ámbito territorial conuna población de entre20.000 y menos de 50.000 habitantes.- 24 participantes en proyectos que afecten a un ámbito territorial conuna población demenos de 20.000 y más de 10.000 habitantes.- 12 participantes en proyectos que afecten a un ámbito territorial conuna población igualo inferior a 10.000 habitantes.Se tendrán en cuenta las cifras oficiales del Padrón Municipalpublicadas por el Instituto Nacionalde Estadística a la fecha de publicación de la convocatoria.2.- Cuando el itinerario formativo del proyecto vaya dirigido a laobtención por las personasparticipantes de certificados profesionales, se deberá indicar en lasolicitud de qué certificado ocertificados se trata y la entidad promotora deberá estar acreditada einscrita para ello en elRegistro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleode la ComunidadAutónoma de Extremadura o solicitar su acreditación con anterioridad ala finalización del plazoestablecido para presentar la solicitud de subvención para el desarrollodel proyecto en lapresente convocatoria de subvenciones a entidades promotoras.En el caso de que la entidad no esté acreditada o de que la solicitudpresentada no reúna losrequisitos para su acreditación, la especialidad formativa no seráviable, según lo dispuesto en el artículo 23 del referido decreto.3.- Los proyectos de la presente convocatoria irán destinados a laspersonas desempleadas einscritas en los Centros de Empleo del Servicio Extremeño Público deEmpleo mayores de 18 añosque reúnan los requisitos establecidos en el artículo del citadodecreto.Se considerarán personas mayores de 18 años las que cumplan o hayancumplido dicha edad enla fecha de incorporación al proyecto. El resto de los requisitos sedeberán cumplir tanto en lafecha de realización del sondeo o la establecida para el fin de lacaptación de personasinteresadas, así como en la fecha de incorporación.Séptimo. Cuantía de la subvención.La cuantía total máxima de la subvención se determinará en la resoluciónde concesión y estarácompuesta por la suma de los importes de los gastos subvencionables delos módulos A, B, de becas yayudas a la movilidad y de los costes salariales de los contratossuscritos con el alumnado-trabajadorcorrespondientes al año de la convocatoria, establecidos en el artículo38.1 del Decreto 55/2024, de 18de junio, modificado por Decreto 114/2025, de 2 de septiembre, teniendoen cuenta el incremento delos módulos económicos A y B según el apartado 3 del referido artículo38 del Decreto 55/2024, acuyos efectos, se fijan los siguientes módulos:- Módulo A: 120.384,07 euros por especialidad.- Módulo B: 33.224,76 euros por especialidad.- Módulo de becas de asistencia en la etapa formativa inicial a razón de13’50 euros por día lectivo yalumno/a.- Módulo de ayudas a la movilidad en la etapa formativa inicial deproyectos supralocales a razón de0’26 euros/km/día lectivo/alumno/a de localidades distintas a la delcentro de formación. Se tomarácomo referencia para determinar la distancia entre las localidades elresultado más corto utilizando laaplicación Google Maps (https://www.google.maps).- Módulo salario y seguridad social alumnado-trabajador: 75 % delsalario mínimo interprofesionalanualmente establecido, incluida la parte proporcional de dos pagasextraordinarias y, la totalidad delas cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador correspondientespor todos los conceptosestablecidos por la normativa vigente.Octavo. Otros datos.La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad dela información sobre elprocedimiento, se efectuará a través del punto de acceso generalelectrónicohttps://www.juntaex.es/w/0621422 , dentro de la ficha correspondiente altrámite desde dondese habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar lasolicitud, en la formaestablecida en los artículos 4 y 5 del Decreto 55/2024, de 18 de junio.A la solicitud se acompañará la documentación recogida en el artículo 34del mencionado decretopor el que se aprueban las bases reguladoras de concesión desubvenciones destinadas a lafinanciación del Programa de formación y empleo y la primeraconvocatoria a las entidadespromotoras de los proyectos.Los impresos normalizados de los Anexos I bis, II y III deberán sercumplimentados a través de la herramienta informática GETCOTEX, delServicio Extremeño Público de Empleo, ubicado en lapágina http://etcote.juntaextremadura.es/etcote , para serposteriormente firmados ypresentados de conformidad con el primer párrafo de este apartado.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 24/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de 22 de julio de 2026, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2026 de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa de Formación y Empleo ESCALA.Publicado 29/07/2026Decreto 55/2024, de 18 de junio, de bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación y empleo ESCALA y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras de los proyectosInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.