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Plazo no verificadoBDNS 921566

CONVOCATORIA AYUDAS MUNICIPIOS TE FALTA PUEBLO 2026. INVERSIÓN

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE VALENCIA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 23:57 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
15/09/2026
Registro en BDNS
24/07/2026
Publicación en diario oficial
31/07/2026

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de la publicación en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios los ayuntamientos de la provincia de Valencia cuya población no supere los 15.000 habitantes, de acuerdo con las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del padrón municipal aprobada por el Instituto Nacional de Estadística y vigentes en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, siempre que no tengan reconocida la condición de municipio turístico conforme a la normativa vigente en la fecha de presentación de la solicitud.

No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Objeto

La convocatoria tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a financiar inversiones realizadas durante el ejercicio 2026 en infraestructuras y equipamientos de recursos turísticos.

Las actuaciones subvencionables serán aquellas inversiones destinadas a la puesta en valor de recursos turísticos de carácter natural, paisajístico, histórico-artístico y medioambiental, con la finalidad de configurar productos turísticos más competitivos.

Únicamente serán subvencionables gastos de inversión, inventariables y contabilizables en el capítulo 6 del presupuesto de la entidad beneficiaria. No serán subvencionables los gastos imputables al capítulo 2.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la convocatoria son las contenidas en el Decreto de la Presidencia de la Diputación de Valencia núm. 9152, de 23 de julio de 2026, así como en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Valencia, aprobada por acuerdo del Pleno de 28 de marzo de 2017 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia núm. 101, de 29 de mayo de 2017, con sus posteriores modificaciones.

Cuarto. Cuantía

La cuantía total máxima destinada a esta convocatoria asciende a 900.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 110 43200 76200 del presupuesto de gastos de la Diputación de Valencia para el ejercicio 2026.

La subvención podrá alcanzar hasta el 100 % de los gastos subvencionables de la actuación, con un importe máximo de 8.000 euros por entidad beneficiaria.Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 15 de septiembre de 2026, inclusive.

Las solicitudes y la documentación anexa deberán presentarse exclusivamente por vía telemática, a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Valencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No se admitirán solicitudes presentadas en formato papel.

Sexto. Documentación

La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

a) Resolución de Alcaldía o acuerdo del órgano competente por el que se solicite la subvención, conforme al modelo del Anexo I.

b) Descripción y nombre de la inversión para la que se solicita la subvención, con detalle de los ingresos y gastos, conforme al modelo del Anexo II.

c) Declaración responsable acreditativa de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones, y de que no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conforme al modelo del Anexo III.

d) Documento de alta o modificación de terceros con los datos bancarios, únicamente cuando se haya producido alguna variación respecto de los datos obrantes en la Diputación de Valencia.

e) A efectos de la valoración de las solicitudes deberá aportarse, en su caso, declaración responsable del representante legal de la entidad acreditativa de que la actuación se desarrolla sobre elementos histórico-artísticos, naturales, medioambientales o paisajísticos que cuenten con algún grado de protección o declaración de interés, conforme al modelo del Anexo IV.

En dicha declaración deberá especificarse claramente la afección de la actuación al elemento protegido, así como su calificación. Únicamente se considerarán actuaciones sobre el elemento protegido aquellas que tengan por objeto su mejora, acondicionamiento o puesta en valor turístico.Séptimo. Criterios de valoración

Las solicitudes se valorarán hasta un máximo de 35 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Características de la actuación, hasta un máximo de 15 puntos, cuando recaiga directa y materialmente sobre un elemento histórico-artístico, natural, medioambiental o paisajístico que cuente con algún grado de protección o declaración de interés.

b) Población del municipio, hasta un máximo de 20 puntos, de acuerdo con las cifras oficiales de población vigentes en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Serán desestimadas las solicitudes que no alcancen un mínimo de 10 puntos en la suma de los criterios de valoración.

La cuantía individual de la subvención será el menor de los siguientes importes: la cantidad resultante de aplicar el valor del punto, la cuantía solicitada, el importe del gasto subvencionable presupuestado y el límite máximo de 8.000 euros.

Octavo. Obligaciones de las entidades beneficiarias

Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la base decimoprimera de la convocatoria.

Noveno. Justificación

El plazo máximo para la justificación de la subvención finalizará el 21 de diciembre de 2026.

La justificación se realizará mediante cuenta justificativa simplificada, de conformidad con la base decimocuarta de la convocatoria, y deberá presentarse a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Valencia.

Deberá aportarse, entre otra documentación, material gráfico que acredite la publicidad de la colaboración de la Diputación de Valencia, mediante la inclusión de los logotipos correspondientes, así como acreditación del cumplimiento de las obligaciones de publicidad previstas en la Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana.

Cuando se financien obras deberá aportarse el acta de recepción de las obras o el acta de reconocimiento y comprobación de la obra ejecutada, así como el acta de certificación final de las obras y/o el estado de dimensiones y características de la obra ejecutada.

Cuando se financien otras inversiones, como suministros inventariables, deberá aportarse el acta de recepción y documentación acreditativa suficiente de su ejecución.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 24/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria de subvenciones TE FALTA PUEBLO dirigida a municipios de la provincia de Valencia que no tengan reconocida la condición de municipio turístico y cuya población no supere los 15.000 habitantes, destinadas a financiar inversión en infraestructuras y equipamientos de recursos turísticos realizados durante 2026 en régimen de concurrencia competitivaPublicado 31/07/2026CONVOCATORIA AYUDAS MUNICIPIOS TE FALTA PUEBLO 2026. INVERSIÓN