encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 921773

Resolución del 27 de julio de 2026, de la Concejal-Delegada de Educación de Arroyo de la Encomienda, por la que se convoca la conc. de ayudas, para la adqu.material escolar, libros texto y material informático Educ.Prim., Secund.PMAR y FP Básica, 26-27

LOCAL · ARROYO DE LA ENCOMIENDA · AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 00:03 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES418 - Valladolid

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
01/09/2026
Fin de solicitudes
30/09/2026
Registro en BDNS
27/07/2026
Publicación en diario oficial
30/07/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- Beneficiarios:Familias que tengan miembros matriculados en de Educación Primaria, Secundaria, PMAR y F. P. Básica en centros educativos sostenidos con fondos públicos.Para la concesión de la ayuda será imprescindible que se cumplan los siguientes requisitos:a.- Que el alumnado esté matriculado en Educación Primaria, Secundaria, PMAR y F. P. Básica durante el curso escolar 2026-2027, en centros educativos sostenidos con fondos públicos.b.- Que el alumnado beneficiario de las ayudas esté empadronado en Arroyo de la Encomienda.c.- Que el padre, madre o tutor del alumno que solicite la ayuda, esté empadronado en Arroyo de la Encomienda.Criterios económicos:El límite de ingresos de la unidad familiar, en el periodo impositivo 2025, será el siguiente:Familias no numerosas: Hasta 42.000 €.Familias numerosas: Hasta 55.000 €.Para el cálculo de la renta familiar a efectos de estas ayudas, son miembros computables de la familia los padres y, en su caso, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, quienes tendrán la consideración de sustentadores principales de la familia.En el caso de divorcio o separación legal de los padres, se considerarán miembros computables ambos progenitores, por lo que ambos deberán autorizar a consultar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria el nivel de renta (IRPF 2025). En caso de no autorizar, deben aportar Declaración IRPF 2025 o Certificado de Ingresos 2025 (en caso de no haber presentado declaración).Salvo los casos de monoparentalidad, se computarán las rentas de ambos progenitores.Todas las familias tienen que presentar los ingresos de ambos progenitores y si no los presentasen, previo requerimiento, se les tendrá por desistidos.Segundo.- Objeto y gastos subvencionables:Objeto: concesión de ayudas para la adquisición de material escolar, libros de texto y material informático a las familias de los alumnos empadronados en Arroyo de la Encomienda y matriculados en Primaria, Secundaria, PMAR y FP Básica durante el curso 2026-2027, en centros educativos sostenidos con fondos públicos.La adquisición, del material escolar, libros de texto y material informático deberá realizarse en comercios del municipio de Arroyo de la Encomienda.Gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables los realizados para la adquisición de material escolar, libros de texto y material informático, en comercios del municipio de Arroyo de la Encomienda, entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2026.No se admiten libros de lectura.Se considera material informático: ordenador, tablet, cartuchos, impresoras, funda tablet, disco duro externo, auriculares sencillos, adaptador de red, micro SD, disco duro SSD, cristal templado IPAD, webcam, smartphone, calculadora científica, paquete instalación antivirus, office 365, reposamuñecas y licencias de los libros digitales.Tercero.- Bases reguladoras:Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, aprobada por Acuerdo del Pleno de fecha 24 de febrero de 2021, publicada en el B.O.P de Valladolid nº 88, de 11 de mayo de 2021.Cuarto.- Cuantía.La cuantía global máxima asciende a 95.000,00 euros, a los efectos de lo dispuesto en el art. 58.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.De conformidad con lo señalado en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se fija para esta convocatoria una cuantía adicional por importe de 30.000 euros, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.El importe de la ayuda estará en función de la documentación justificativa que se presente, siendo el importe máximo 100,00 € por alumno. Si la ayuda se solicita telemáticamente, el importe máximo será de 105,00 € por alumno, en virtud del principio de eficiencia administrativa.Quinto.- Solicitud: Podrá presentarse:Presencialmente:- En el Registro municipal del Ayuntamiento ubicado en la Plaza España nº 1 de Arroyo de la Encomienda.- En cualquiera de los registros previstos en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Telemáticamente en la Sede Electrónica/Registro Electrónico.- Con certificado electrónico.- DNI Electrónico.Se presentará una solicitud por cada alumno.Sexto.- El plazo de presentación de solicitudes estará comprendido entre el 1 de septiembre, a las 9:00 horas y el 30 de septiembre de 2026, exclusivamente para solicitudes telemáticas. Entre el 16 y el 30 de septiembre de 2026, para las solicitudes presenciales.Séptimo.- Justificación de la ayuda concedida.Se realizará mediante la aportación de facturas, que acrediten la adquisición de material escolar, libros de texto y material informático en comercios del municipio de Arroyo de la Encomienda, así como la justificación de su pago.En la factura deben figurar los extremos señalados en la cláusula octava de la convocatoria.La documentación justificativa se presentará junto con la solicitud y Anexo I.Octavo.-  Procedimiento de pago de la ayuda.Las ayudas se abonarán mediante transferencia bancaria al IBAN indicado en la solicitud, de la que deberá ser titular el padre, madre o tutor que figure en el ANEXO como solicitante de la ayuda.El pago de la transferencia constituye la aceptación de la subvención y de la realización de su notificación.Noveno.- Compatibilidad:Las ayudas concedidas en virtud de la presente convocatoria, son compatibles con cualquier otra para la misma finalidad otorgada por otras Administraciones Públicas o entidades de naturaleza pública o privada.En todo caso será de aplicación lo señalado en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Bases y documentación

Solicitud Ayudas Material Escolar, Libros Texto y Material Informático. Alumnado de Primaria, Secundaria, PMAR y FP Básica, Curso 26-27Publicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 27/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución nº 3699, de 27 de julio de 2026, de la Concejala-delegada de Educación del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, por la que se aprueba la Convocatoria de ayudas para la adquisición de material escolar, libros de texto y material informático para los alumnos de Educación Primaria, Secundaria, PMAR y F. P. Básica, curso 2026-2027.Publicado 30/07/2026